España no será indemnizada, de momento, por el desastre originado por el «Prestige» en 2002. Una juez de Nueva York ha desestimado la demanda que interpuso nuestro país contra la empresa estadounidense American Bureau of Shipping (ABS), que certificó que el petrolero era apto para transportar combustible.
La denuncia fue presentada en el Tribunal Federal de Manhattan en mayo de 2003. España pedía a ABS y a otras empresas afiliadas compensaciones por considerar que habían actuado de forma negligente al clasificar como apto al buque que se hundió frente a las costas de Galicia.
Por su parte, la empresa estadounidense solicitó que no se tuviera en cuenta esta demanda porque no se había probado su culpabilidad respecto al vertido. Además, argumentaba que la Convención Internacional de Responsabilidad Civil para Daños por Contaminación de Petróleo (CLC), firmada por España, impide que un país reclame compensaciones en ese sentido en países no firmantes de la misma, como es el caso de Estados Unidos.
Tras estudiar las alegaciones de ambas partes, la juez ha aceptado la moción de la parte demandada teniendo en cuenta que las reclamaciones de España ante ese Tribunal Federal no están permitidas por la CLC.
En este tipo de incidentes, la citada convención impone estrictas pero limitadas responsabilidades al propietario del petrolero y excluye de las mismas a terceros, con excepción de si concurren determinadas circunstancias.
La juez recuerda que la CLC requiere que quien resulte afectado por un vertido de combustible debe buscar compensaciones en sus tribunales o en los de otros países implicados, y que hayan suscrito dicha convención, algo que no ha hecho Estados Unidos. Por ello, concluye que «el tribunal carece de la jurisdicción necesaria» para atender las reclamaciones españolas.