El litoral español está deslindado en un 93% de su longitud, tras la aplicación de la Ley de Costas de 1988. Desde ese año hasta 2003, se llevó a cabo la mayor parte de este proceso, con el deslinde de 4.659 kilómetros, mientras que desde 2004 a 2008 se deslindaron 3.830 kilómetros. El pasado año se hizo lo propio con 768 kilómetros y desde enero, en otros 506 kilómetros de litoral, según un informe sobre la aplicación de la Ley de Costas trasladado al Consejo de Ministros por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM).
La titular del MARM, Elena Espinosa, recordó que la Constitución de 1978 “reconoce la calificación de dominio público marítimo-terrestre, que resulta incompatible con enclaves de titularidad privada sobre el mismo”. El instrumento técnico para la delimitación del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT), según establece la Ley de Costas de 1988, es el deslinde, que declara la existencia, la extensión y los linderos de los bienes del DPMT en un determinado tramo de costa.
Esta herramienta se ejerce a través de un procedimiento en el que se incorporan informes periciales, alegaciones de particulares a los que se notifica personalmente, e informes de otras administraciones. La decisión puede revisarse en vía administrativa y contencioso-administrativa, como garantía para evitar errores y arbitrariedades. El 96% de los recursos presentados ante las instancias judiciales han sido parcial o totalmente rechazados por éstas, desde que se aplica esta figura.
La Ley de Costas de 1988 precisa el alcance de los bienes que tienen la calificación de dominio público marítimo-terrestre dicha. También regula su utilización y establece las limitaciones a las propiedades colindantes, así como las potestades administrativas para su protección, todo ello «con el objetivo de garantizar su integridad física y su libre acceso y uso público».
La norma de Costas contempla además el otorgamiento de títulos para la ocupación del DPMT, basándose en el principio general de que sólo se puede ocupar el mismo para aquellas instalaciones que por su naturaleza no puedan tener otra ubicación, «cuestión que puede ser revisada por los Tribunales, a instancia de cualquier persona legitimada».
Adquisición de fincas
Por otra parte, El MARM, a través de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, lleva a cabo en la costa española obras de interés general, que se agrupan en torno a tres objetivos: el control de la regresión de la costa, la protección y recuperación de los sistemas litorales y la dotación para el acceso y uso público de la costa. Entre los años 2008 y 2010, el ministerio ha destinado a estas actuaciones 779 millones de euros.
Además, el MARM contempla un programa de adquisición de fincas cuyo objetivo es la incorporación de terrenos de elevado valor ecológico, o sometidos a presión urbanística, colindantes con el DPMT, de forma que quede garantizada la conservación y protección del mismo. Desde el año 2005, Medio Ambiente ha destinado más de 75 millones de euros a este programa.