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La nueva normativa de etiquetado llega con la entrada en vigor por completo del Real Decreto 1055/2022, que establece un marco general que las comunidades autónomas deben adaptar y complementar. ¿Y qué supone para los consumidores este nuevo etiquetado? Los puntos clave de la ley son los siguientes:
¿De qué están hechos los envases y dónde se reciclan?
Los envases podrán marcarse para indicar el material del que están compuestos y si son reciclables. También deben indicar el contenedor al que deben tirarse. Aunque el real decreto no establece un formato oficial para el etiquetado, la organización sin ánimo de lucro Ecoembes ha creado un sistema de símbolos voluntario que las empresas pueden adoptar. Una ventaja de este sistema es que los logos ya son familiares para los consumidores, lo que facilita su implementación.
🔵 Contenedor azul
Para poder reciclar, en este contenedor se desechan el papel y el cartón.
🟡 Contenedor amarillo
Aquí van las botellas y envases de plástico, los envases metálicos como latas o bandejas de aluminio, los briks, los envases de madera, como las cajas de frutas, y los de cerámica, como los de la crema catalana o natillas, y las bandejas de corcho blanco.
🟢 Contenedor verde
Las botellas de vidrio, los frascos o tarros de alimentos, como los de mermeladas, se tiran a este contenedor.
🟤 Contenedor marrón
La basura orgánica, como los restos de alimentos (pieles de frutas, espinas de pescado, plantas, cáscaras de huevo o posos) o servilletas y papel de cocina usados se desechan en el contenedor marrón.
👉 Si un envase contiene varios materiales…
Si un envase contiene varios materiales que se puedan separar fácilmente, cada uno deberá estar etiquetado con el logotipo de su respectivo contenedor. En caso de que no se puedan separar, el envase indicará el material predominante y, por tanto, el contenedor al que debe ser desechado todo el producto.
🔘 Contenedor gris
En algunas comunidades autónomas existe un contenedor específico para la fracción “resto”, que no está contemplado en la normativa nacional. Este contenedor puede variar dependiendo de la localidad, aunque normalmente es gris o verde oscuro (si bien este último color está en desuso para evitar confusiones con el del vidrio). Está destinado a residuos que no pueden ser reciclados ni compostados.
Sin embargo, debe ser la última opción para desechar residuos domésticos. Los materiales de este contenedor se envían a plantas de tratamiento mecánico-biológico, en las que se intenta recuperar materiales reciclables como el plástico PET o el PEAD, cartón, briks, latas y aluminio, o bien se depositan en el vertedero. “Es importante que, si nuestro municipio dispone de contenedor de materia orgánica, depositemos los residuos de este tipo ahí y no en el de restos (basura normal)”, comenta Cristina Muñoz, portavoz de Ecoembes.
🟠 Contenedor naranja
Si no existe un contenedor específico para la fracción “resto”, los residuos deben depositarse en el contenedor naranja, destinado a basura doméstica no reciclable ni compostable, cuyo destino habitual son los vertederos.
💡 Si tienes dudas sobre dónde hay que desechar un producto, puedes preguntarle a AIRE, el chatbot de Ecoembes.
¿Qué hacer con los productos de un solo uso?
Los envases de productos de un solo uso, como compresas, tampones, toallitas húmedas, productos de tabaco con filtros y vasos para bebidas, deberán estar etiquetados de la siguiente manera:
❗ Compresas y tampones
- Un símbolo gráfico de un inodoro tachado.
- El texto: “El producto contiene plástico”.
- Indicaciones sobre los efectos negativos de tirar el producto al inodoro o al medio ambiente.
🧻 Toallitas húmedas
- Un símbolo similar al de las compresas.
- El texto: “Contiene plástico”.
- Advertencias sobre no tirar las toallitas húmedas al inodoro.
🚬 Productos de tabaco con filtros
- Un símbolo para no tirar las colillas en el medio ambiente.
- El texto: “Filtro hecho de plástico”.
- Información sobre el impacto ambiental negativo de tirar las colillas.
🥤 Vasos para bebidas
- Un símbolo para no tirar estos productos en la naturaleza.
- El texto: “Hecho parcialmente de plástico”.
- Recomendaciones sobre reciclaje y eliminación adecuada.
¿Qué mensajes ya no se pueden poner?
A partir de ahora ningún producto podrá poner que es “ecológico”, “verde” o “biodegradable”, si no está respaldado por criterios ambientales específicos y si pueden inducir a error al consumidor sobre la reciclabilidad del producto.
Además, los envases no pueden mostrar símbolos o logotipos de sistemas de reciclaje o gestión de residuos que no correspondan al sistema al que ese envase esté oficialmente vinculado.
Un ejemplo. Etiquetar un producto como “papel ecológico, procedente de bosques sostenibles” sería engañoso, si el papel no proviene de bosques certificados o si su producción no sigue estándares ambientales. La afirmación correcta sería: “Papel fabricado con pulpa de madera procedente de bosques gestionados de forma sostenible según la certificación FSC”. Esta formulación ofrece datos verificables sobre la procedencia y sostenibilidad del producto.
Más información voluntaria
La normativa sobre envases y residuos en España permite a las empresas incluir información adicional de forma voluntaria en sus envases. Pueden ser detalles sobre la sostenibilidad del producto, instrucciones específicas para su reciclaje, información sobre el impacto ambiental o cualquier otro dato que pueda ser útil para el consumidor y que no esté obligado por la normativa.
“Dentro de la información voluntaria que se puede incluir en los envases está aquella destinada a informar acerca de a qué Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) pertenece ese envase. Por ejemplo, en el caso de los envases que son gestionados a través del SCRAP de Ecoembes, se trata del símbolo del punto verde (compuesto por dos flechas), que hasta la entrada en vigor de esta normativa era obligatorio y ahora es opcional”, asegura la portavoz de Ecoembes.
“El resto de información opcional (como el material del que está compuesto el envase, su porcentaje de reciclabilidad o la cantidad de material reciclado que incorpora) no tiene un símbolo específico, de modo que la compañía que comercializa el envase puede expresarlo como prefiera, siempre que la información sea veraz y pueda acreditarse”, concluye Cristina Muñoz.
Esta información adicional puede ayudar a las empresas a destacar su compromiso con el medio ambiente y a informar mejor a los consumidores sobre cómo pueden contribuir a la reducción de residuos. En cualquier caso, esta información debe ser auditada y certificada por entidades externas, garantizando así su veracidad y el cumplimiento con los estándares establecidos.
Ventajas del nuevo etiquetado ambiental
La inclusión del símbolo de reciclaje en los envases ofrece beneficios para todos.
- Refuerza el compromiso ambiental de las empresas, mejorando la reputación de sus productos al tiempo que las ayuda a cumplir con normativas cada vez más exigentes en materia de sostenibilidad.
- Para los consumidores, proporciona información clara y verificable, lo que facilita la toma de decisiones más conscientes y responsables.
- Además, este tipo de etiquetado fomenta la producción y el consumo de productos respetuosos con el medio ambiente, contribuyendo a la reducción de la huella ecológica, la contaminación y el uso excesivo de recursos naturales.
- También incentiva una economía circular, en la que los residuos se convierten en recursos, promoviendo un ciclo más sostenible y eficiente a largo plazo.