La empresa química Cray Valley Ibérica, antigua Resisa, de Sant Celoni (Barcelona), y su ex director industrial Martín Cucurella Cruixent han sido condenados a indemnizar de forma solidaria con 2.867.573,69 euros al Ayuntamiento de Blanes (Girona) por contaminar los acuíferos del río Tordera. La sentencia emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Granollers estima parcialmente la demanda del Ayuntamiento de Blanes, que reclamaba 10 millones de euros por los daños y perjuicios causados a esta población desde 1996 por la contaminación industrial del río.
El fallo, contra el que se puede presentar recurso, considera acreditada la relación entre el «comportamiento» de la empresa y los efectos contaminantes de los dioxanos y dioxalanos, y prueba que estas sustancias, al producir unos efectos organolépticos, producen un «menoscabo» en la potabilidad del agua.
El juez cree que «se puede constatar una considerable probabilidad de que se haya producido una contaminación organoléptica con dioxanos y dioxalanos» que, además, considera «imputable» a Cray Valley.
La sentencia establece que la empresa deberá pagar, en concepto de indemnización, todas las cantidades que se han invertido hasta la fecha en la potabilización del agua que abastece a la población de Blanes mediante un sistema de filtros de carbón activo instalados en la planta potabilizadora municipal.
El juez desestima, no obstante, otras cantidades reclamadas en la demanda para mantener la planta de filtros de carbón activo hasta 2015, fecha mínima que se considera necesaria para limpiar la polución.
Efectos nocivos
Por la vía penal, la Audiencia de Barcelona condenó a seis meses de cárcel y al pago de una multa de unos 30.000 euros a dos de los directivos de la citada empresa. Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó la condena.
Según quedó probado en la sentencia condenatoria, los vertidos de Resisa fueron los causantes del mal olor, sabor y aspecto del agua de Tordera que abastecía Blanes, que no pudo usarse ni consumirse durante mucho tiempo. Además, las noticias sobre los efectos nocivos de los vertidos causaron alarma social y perjudicaron gravemente al sector turístico, y el Ayuntamiento se vio obligado a adecuar la planta potabilizadora municipal
Relación probada
El alcalde de Blanes, Joan Saula, valoró positivamente la sentencia, considera que queda probada la relación entre los vertidos y la contaminación y que se responsabilice a la empresa. Sin embargo, considera que la indemnización sólo repara el daño económico provocado hasta ahora.
De acuerdo con la sentencia, la empresa debe indemnizar al municipio con la citada cantidad en concepto de «las cantidades que ha tenido que invertir hasta la fecha en la potabilización del agua que abastece la población de Blanes». No obstante, el juez ha absuelto al jefe del Departamento de Medio Ambiente de la empresa, Alberto M.M., al considerar que su actuación no tuvo incidencia en la contaminación.
El Ayuntamiento reclamó hasta 10 millones de euros por daños y perjuicios, sin embargo el juez no ha considerado que deba estimarse la demanda respecto al totalidad de las cantidades. Además, el Consistorio de Blanes realizó más reclamaciones como los daños y perjuicios causados al turismo y a la imagen de la población «el tiempo en que las aguas estuvieron contaminadas».
El juez reconoce como probado este descenso de la actividad turística, pero considera que no se puede contabilizar económicamente el perjuicio causado por la contaminación.