Por desgracia, cada año se producen miles de accidentes de tráfico en las carreteras y la probabilidad de verse implicado en uno de ellos, bien como causante o como víctima, es elevada. Por tanto, es importante saber qué hacer si nos encontramos involucrados en un accidente de circulación como conductores.
En primer lugar, una vez pasado el sobresalto inicial, debemos determinar quien es el culpable del accidente intentando resolver el problema con educación y espíritu de colaboración. Para ello los conductores implicados deben rellenar en el mismo lugar de los hechos y siempre conjuntamente el parte amistoso de accidente que facilitan las compañías aseguradoras.
La declaración amistosa de accidente está diseñada para utilizarse en los accidentes de tráfico en los que intervienen dos vehículos y los daños producidos únicamente son materiales. En dicho documento se describe claramente cómo se produjo el accidente, dónde se localizan los daños en los vehículos y se consignan los datos de las partes, de los automóviles y de los seguros. Así desde el momento en que ambas partes rellenan y firman la declaración están determinando la culpabilidad de cada uno.
En el caso de no llegar a un acuerdo, o si el conductor contrario manifiesta una actitud poco colaborativa, se niega a darnos sus datos, por ejemplo porque su vehículo carezca de seguro o él esté bajo los efectos del alcohol, se debe solicitar la presencia policial, igualmente si los daños materiales son de especial relevancia o hay que lamentar daños personales
Los agentes de policía elaborarán el correspondiente atestado que constituye la prueba fundamental para determinar el responsable del accidente y de esta forma poder reclamar la reparación de los daños sufridos a las compañías aseguradoras bien extrajudicialmente o bien iniciando las correspondientes acciones legales.
De cualquier forma y para curarse en salud, es conveniente que el conductor afectado tome datos como el DNI, domicilio y teléfono de contacto de algún conductor o peatón que haya presenciado el accidente por si su intervención fuese necesaria como futuro testigo.
Si alguno de los ocupantes del vehículo ha sufrido lesiones como consecuencia de la colisión debe acudir a un centro de salud para que la asistencia médica realice la pertinente intervención y expida un informe médico forense. Este parte médico sirve como prueba de los daños sufridos a la hora de reclamar una posible indemnización a la compañía de seguros. En estos casos, los expertos aconsejan acudir a la vía penal para interponer una denuncia en un plazo de seis meses desde la fecha del incidente.
Sin embargo, se debe acudir a la vía civil cuando sólo se hayan causado daños materiales o lesiones leves y en el caso de que la denuncia por la vía penal haya sido archivada porque los hechos denunciados no sean constitutivos de falta o delito. Para reclamar por esta vía se dispone de un plazo de un año a contar desde la fecha del accidente o bien desde que finalizó la vía penal.
Asimismo el conductor implicado debe acudir a su propia compañía de seguros a dar parte de que se ha producido el accidente de tráfico en un plazo máximo de siete días según la ley, salvo que su póliza particular establezca un periodo superior.
En el supuesto de que se desconozca el vehículo causante del accidente que haya provocado daños a personas o si el causante de los perjuicios es un automóvil no asegurado, los afectados deberán dirigirse al Consorcio de Compensación de Seguros.
Por último, es aconsejable designar a un abogado y procurador de su elección para un mejor asesoramiento sobre la indemnización que se puede exigir, la viabilidad de iniciar o no acciones legales y para resolver cualquier tipo de duda relacionada con el supuesto concreto. También es importante saber que si en la póliza del seguro del vehículo tiene contratada la cobertura de defensa jurídica la compañía aseguradora se hará cargo de los gastos del abogado.
Igualmente, si en la póliza posee seguro de ocupantes los viajeros tienen el derecho de obtener una indemnización con cargo a dicha cobertura además de recibir también la correspondiente a la de la entidad aseguradora del vehículo contrario responsable del accidente. En este caso puede concederse más de una indemnización que la mayoría de las veces no se reclama por desconocimiento.