El casco es obligatorio para circular en bicicleta o moto, según el artículo 118 Reglamento General de Circulación. Esta normativa especifica que «los conductores de bicicletas y, en su caso, los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas, salvo en rampas ascendentes prolongadas, o por razones médicas que se acreditarán conforme establece el artículo 119.3, o en condiciones extremas de calor».
Además, se debe tener en cuenta que llevar el casco puesto correctamente puede reducir en un 85% las lesiones en la cabeza. Pero, ¿cuál es el que mejor se adapta a las necesidades de cada usuario?
En primer lugar es necesario saber que no hay cascos polivalentes. Es decir, que cada actividad requiere un casco específico. No se debe emplear uno de bicicleta para moto o viceversa.
Se debe mirar las etiquetas y comprobar que está homologado con las normas europeas.
En los cascos para motocicletas conviene que la visera sea clara, antivaho y a prueba de rayones.
Es muy importante probarse varios modelos y tallas hasta conseguir uno que se ajuste perfectamente a la cabeza. El punto ideal se encuentra en tenerlo bien sujeto, pero con cierta holgura, sin que se mueva al girar la cabeza. En el caso del casco para bicicletas, no debe resbalarse y debe quedar asentado sobre la frente, encima de las cejas.
Los especialistas aconsejan renovar el casco cada cinco años aproximadamente y siempre que haya sufrido daños en su estructura. Si sufre una caída de una altura superior a un metro y medio o se ha tenido un accidente conviene consultar con un experto para comprobar que su estado está en condiciones de proteger al usuario.