El mal estado del asfalto fue el responsable «en su integridad» de un accidente mortal ocurrido hace nueve años en la provincia de Jaén. Así lo dictamina el Tribunal Supremo (TS) en una sentencia que resuelve en favor del recurso que interpusieron los familiares de las dos víctimas del siniestro.
El TS entiende que el asfalto «presentaba deficiencias» y que la «culpa» de su mal estado es «en su integridad» de la Administración. Así, determina que el Estado deberá pagar a las familias de las víctimas una indemnización de un total de 160.000 euros.
El Supremo acepta en su sentencia el recurso que interpusieron los familiares de los fallecidos en contra de una resolución del Consejo de Ministros del 15 de julio del año 2005, que estimaba parcialmente la reclamación de indemnizaciones.
Aquella resolución establecía para los herederos una indemnización del 50% del total solicitado. Entendía que se debía compartir la culpa entre el deficiente estado de la calzada y la conducción inadecuada, aunque no aportaba prueba alguna de que la conducción no fuera correcta.
Por el contrario, el Alto Tribunal señala ahora que debido al estado del asfalto «no cabe exigir al perjudicado que asuma los perjuicios derivados del daño sufrido en un 50% sobre la base de una inadecuada conducción».