Como usuario de metro, autobús o tren debes saber que hay conductas en los transportes públicos que suponen una infracción y conllevan un apercibimiento y una multa. Incluso si la falta es muy grave, pueden desalojarte del vehículo e impedirte viajar. Hay infracciones recogidas en la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT); otras acciones (y sus correspondientes multas) dependen de cada comunidad autónoma o de cada ayuntamiento. Sin embargo, coinciden en penalizar acciones como viajar sin billete o con el de otra persona, que son las más comunes por las que se ponen multas. Además, como explicamos en este artículo, está también sancionado fumar o comer en el vehículo, pedir limosna, molestar al conductor o a los pasajeros y realizar actos que deterioren el equipamiento o instalaciones.
Tipos de infracciones en transporte público
✅ No llevar billete o usarlo mal
Las causas más habituales que son motivo de sanción en el transporte público son «no llevar título de transporte válido o llevar el título de otra persona en el metro o el bus, además de la utilización incorrecta del título de transporte«, apuntan desde Metro de Madrid.
✅ Faltas contra la seguridad
El Reglamento de Regulación del Servicio de Metro Sevilla señala actitudes consideradas infracciones, que «coinciden con las actitudes sancionables en la mayoría de localidades y medios de transporte público», según Carolina Moreno, de Metro de Sevilla. Destacan «las que afecten a la seguridad», como las siguientes:
- Bajar a las vías o introducirse en los túneles.
- Introducir objetos o materiales que puedan ser peligrosos o molestos para los usuarios.
- Intentar entrar o salir del tren después de que haya sonado la señal acústica o subir y bajar del vehículo cuando ya esté en movimiento.
- Manipular los mecanismos de apertura o cierre de las puertas de acceso al vehículo o de cualquiera de sus compartimentos previstos para su accionamiento exclusivo por el personal de la empresa transportista.
- Impedir o forzar la apertura o cierre de las puertas de acceso a los vehículos o usar sin causa justificada los elementos de parada de emergencia.
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✅ Molestar al resto de viajeros
Molestar al resto de viajeros o distraer al conductor son conductas sancionables, aunque muchos usuarios lo desconocen.
✅ Alterar el orden público
En bus, metro, tranvía… no se permite circular sobre patines, por ejemplo, ni utilizar equipos de música o radio sin auriculares. Todo comportamiento que implique peligro para la integridad física de los demás usuarios o que pueda considerarse molesto u ofensivo para el personal de la compañía conllevará una sanción.
✅ Fumar, comer o estar bebido
No se puede fumar ni comer en el transporte público. Presentar síntomas de embriaguez y consumir estupefacientes (o estar bajo sus efectos) también son una infracción. Todas ellas tendrán su correspondiente multa.
✅ Mendigar
Está prohibido distribuir publicidad y prensa gratuita en el bus o el metro, así como fijar carteles. Tampoco se permite mendigar, organizar sorteos o juegos de azar, ni vender bienes o servicios, según apunta Moreno.
✅ Grabar imágenes o sonido
En ningún caso se permite grabar imágenes y sonido en las instalaciones, salvo que se cuente con autorización para ello.
✅ Otras conductas sancionables
- Abandonar el vehículo o acceder a éste fuera de las paradas en su caso establecidas al efecto, salvo causa justificada.
- Realizar, sin causa justificada, cualquier acto susceptible de distraer la atención del conductor o entorpecer su labor cuando el vehículo se encuentre en marcha.
- Viajar en lugares distintos a los habilitados para los usuarios.
- Toda acción injustificada que pueda implicar deterioro o causar suciedad en los vehículos o estaciones de transporte.
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Multas por no llevar billete en metro, tren o autobús
Las infracciones llevan aparejadas, por lo general, una sanción. En el caso de las señaladas en la LOTT es «de 200 euros, con una reducción del 30 % por pronto pago”, comentan fuentes de Metro de Madrid.
En caso del resto de infracciones, cada gobierno autonómico o ayuntamiento (los responsables del transporte público) incluye diversas acciones que consideran infracciones leves o graves. Algunos ejemplos de estas multas son los siguientes:
➡️ Barcelona
Si viajas sin título válido, hay una multa mínima de 100 euros, y tienes 30 días para abonarlos desde la fecha de la intervención. Es posible beneficiarse de una bonificación del 50 % del importe en caso de menores de edad o, siendo mayor de 18 años, si se paga la multa en el momento de la intervención o los dos días hábiles siguientes.
➡️ Bilbao
En Bilbao, las infracciones leves serán sancionadas con apercibiendo o multa de hasta 200 euros, según recoge el Reglamento del Servicio público de transporte urbano de viajeros y viajeras por autobús de la Villa de Bilbao (Bilbobus).
➡️ Madrid
En Madrid, según la web de la comunidad donde se indican los derechos como consumidor en los transportes públicos, no llevar billete válido supone pagar una multa que dependerá del transporte que se utilice:
- Autobuses urbanos: 20 veces el importe del billete.
- Autobuses interurbanos y Metro de Madrid. La multa es de 80 euros. Si se paga en el momento o en un plazo de 15 días, el importe baja a 40 euros.
- Cercanías Renfe: el triple del importe del título de transporte sencillo, del recorrido máximo de las zonas de cada línea.
➡️ Sevilla
En el transporte público andaluz las infracciones se sancionarán según su gravedad, y para la graduación de las multas «se tendrán en cuenta la repercusión social de la infracción, la intencionalidad y el daño causado, en su caso», explica Carolina Moreno desde Metro de Sevilla.
En el caso concreto de este suburbano, las infracciones leves suponen una multa de hasta 270 euros; las graves, de 270,01 euros a 1.380 euros; y las muy graves, de 1.380,01 euros a 2.760 euros.
Consecuencias de no pagar una multa de metro
Los que viajan sin billete en el metro, el bus, tranvía o cercanías y no abonan la correspondiente multa no quedan impunes. En general, si el infractor se niega a pagar esas cantidades, los inspectores pueden ponerlo en conocimiento de un órgano administrativo superior (Consorcio Territorial de Transportes u organismo similar), que abrirá un procedimiento sancionador.
Por ejemplo, en Barcelona, si no se abona la percepción mínima en el plazo de 30 días, el expediente se envía a la Administración, que puede incoar un expediente sancionador e imponer una multa de hasta 600 euros.
Al acceder a un transporte público conviene tener en cuenta que siempre es posible ser expulsado, si así lo considera la autoridad competente. Puede ser motivo de expulsión cualquier circunstancia que suponga peligro para los viajeros, los trabajadores o la circulación de los trenes o autobuses.
Por ejemplo, como indican desde Metro de Madrid, en un medio de transporte público “se puede expulsar a cualquier viajero que repita insistentemente alguna de las conductas sancionables” o que realice cualquier conducta que la autoridad competente (Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Local y seguridad interna) considere peligrosa.