Las Naciones Unidas redactaron a principios de los 80 una norma denominada R44 en la que se establecían cuatro categorías. Las homologaciones europeas se basan en esta clasificación con ligeras variaciones dependiendo del país, pero todas aseguran la efectividad y la seguridad del dispositivo.
Grupo 0: de 0 a 9 meses y hasta 10 kilos. Se trata de una sillita acolchada que se coloca en el sentido inverso a la marcha, preferiblemente, en el asiento trasero. Nunca la coloque en el asiento delantero si el vehículo está dotado de airbag del pasajero, ya que en caso de accidente la bolsa de aire puede aprisionar al niño contra el respaldo causándole lesiones e impidiéndole respirar.
La razón para situar al niño en el sentido inverso a la marcha es que en caso de accidente la fuerza del impacto se reparte uniformemente por todo el cuerpo, evitando la mayor parte de las posibles lesiones.
Dentro de este grupo se incluye el denominado 0+ que alcanza hasta los 18 meses y 13 kilos de peso.
Grupo 1: de 9 meses a tres años y de 9 a 18 kilos. Es una silla acolchada que se puede colocar en el asiento delantero o trasero y, en este último, tanto en el sentido de la marcha como a la inversa.
Grupo 2: de 3 a 6 años y de 15 a 25 kilos. Es un cojín elevador que permite el uso del cinturón de seguridad del vehículo, evitando en caso de colisión el efecto submarino, es decir, que el niño se deslice por debajo del cinturón. Algunos modelos llevan respaldo y protecciones laterales. Su uso se limita al asiento trasero.
Grupo 3: de 6ª a 12 años y de 22 a 36 kilos. Se trata de un cojín de dimensiones menores que el del grupo II. Su uso es similar.
En todo caso, cuando coloquemos un SRI debemos asegurarnos de colocarlo adecuadamente, seguir las instrucciones de montaje y verificar que se encuentra correctamente anclado.