La correcta visión es clave dentro de la conducción para prevenir la siniestralidad vial, pero la legislación actual tanto en España como en Europa debería desarrollar aún más la oftalmología dentro de los reconocimientos médicos para prorrogar u obtener el permiso de conducir. Ésta fue la conclusión de la conferencia impartida por el doctor José María Pérez y Pérez, Coordinador de Relaciones con Centros de Reconocimientos Médico-Psicotécnicos de la Sociedad Española de Medicina de Tráfico (SEMT), en el IX Ciclo de Conferencias Fórvm CEA (Comisariado Europeo del Automóvil), celebrado la semana pasada.
La directiva comunitaria 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre indica que «para una correcta seguridad vial es preciso una adecuada capacidad visual»; y para testar esa capacidad, el conductor o aspirante a serlo tiene que ser explorado por una autoridad médica competente, prestando especial atención a la agudeza visual, campo visual, visión mesópica (nocturna) y las enfermedades oculares progresivas, según dijo Pérez y Pérez.
Este especialista explicó que por debajo de una visión de 0,5 se considera no apto para la conducción (1 es el total de la visión y 0,1 se cataloga como ceguera laboral). Sin embargo, a una persona con una visión de 0,5 que con gafas llegaría al 1, el oftalmólogo no puede obligarle a llevar unas lentes con las que mejoraría su visión dado que se encuentra en el mínimo exigido. A su juicio, la ley debería exigir la máxima visión y no considerar un mínimo de agudeza visual.
De los 23 millones de conductores que hay en nuestro país, una media de tres millones pasan por un centro de reconocimiento médico al año, lo que supone que en una década se explora preventiva y evaluativamente al 50% de la población activa.