España formará parte a partir de septiembre del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas. En marcha desde 2006, este órgano cuenta en la actualidad con 47 miembros, encargados de fortalecer la promoción y la protección de los derechos humanos en el mundo. Aplica mandatos temáticos y anima a los estados que violan las libertades fundamentales a trabajar por su defensa.
Imagen: Leandro Neumann Ciuffo
El Consejo de Derechos Humanos de la ONU reemplaza desde 2006 a la Comisión de Derechos Humanos. A mediados de mayo, España obtuvo los votos necesarios para formar parte de este órgano. Fue en el segundo intento, ya que lo solicitó por primera vez en 2008. Los cargos son renovables y hay que ganarse una silla, aunque nuestro país se la ha asegurado hasta 2013, con las revisiones pertinentes. Es imprescindible demostrar un respeto escrupuloso a los derechos humanos, aunque algunos miembros no descartan admitir a países que violan las libertades fundamentales, en un intento por animarles a involucrarse en su defensa.
Los miembros se eligen por votación, de acuerdo a una distribución geográfica equitativa. África y Asia cuentan con 13 asientos cada uno, América Latina y el Caribe con ocho, Europa oriental con seis y Europa occidental y otros Estados, con siete. Su misión principal es analizar las violaciones de los derechos humanos para recomendar el modo de superarlas o enviar a un relator que investigue la situación en un país.
Analiza las violaciones de los derechos humanos para recomendar el modo de superarlas o enviar a un relator que investigue la situación en un país
El trabajo del consejo desde 2007 se rige por un «paquete de construcción institucional» aprobado por los miembros, que establece un examen periódico universal de la situación de los derechos humanos en los 192 Estados miembros de las Naciones Unidas. Este examen pretende promocionar y proteger los derechos humanos en todos los rincones del mundo.
El proceso se pone en marcha una vez cada cuatro años y da la oportunidad a cada Estado miembro de declarar las acciones que ha implementado para mejorar la defensa de los derechos humanos en sus países y cumplir las obligaciones con la misma. Este procedimiento pretende la igualdad de trato para todos los Estados, cuya defensa de los derechos humanos se evalúa y debe contar con la plena participación del país examinado.
Procedimientos especiales
La Comisión de Derechos Humanos estableció los denominados «procedimientos especiales», asumidos por el Consejo, como «mecanismos para hacer frente a situaciones concretas en los países o a cuestiones temáticas en todo el mundo». Hay 30 mandatos temáticos y 8 mandatos por país. Los titulares de estos examinan, supervisan, asesoran e informan sobre las situaciones de derechos humanos en países y territorios específicos o sobre violaciones en todo el mundo. Estos titulares han de tener conocimientos especializados, independencia, imparcialidad, integridad personal y objetividad.
Los procedimientos especiales pueden estar al cargo de una persona, en general conocida como relator especial o experto independiente, o de un grupo de trabajo de cinco miembros, uno de cada región. Los períodos de los mandatos temáticos tienen una duración de tres años, mientras que los mandatos por países duran un año. Estos se inician por denuncias concretas de violaciones de derechos humanos y, mediante ellos, se realizan llamamientos urgentes o se envían cartas de denuncias a los gobiernos para solicitar aclaraciones. En 2006, se enviaron más de 1.100 comunicaciones a gobiernos de 143 países. En las misivas, a menudo, se solicita permiso para realizar una visita, que en algunos casos pueden ser invitaciones permanentes, válidas para cualquiera de los titulares de mandatos de procedimientos especiales. Tras las visitas, estos presentan un informe de misión con conclusiones y recomendaciones.
El Consejo cuenta también con un Comité Asesor o “think tank”, que le asesora en cuestiones relativas a los derechos humanos y nuevos mecanismos de denuncias, para que tanto los individuos como las organizaciones revelen posibles violaciones de los derechos humanos.
Es otra pieza clave, integrado por 18 expertos, que se plantea como un grupo de reflexión, con conocimientos especializados, experiencia en cuestiones de derechos humanos, integridad moral acreditada, independencia e imparcialidad. Para estos cargos no se elige a personas que ya ocupen puestos de decisión, para evitar un conflicto de intereses y la acumulación simultánea de funciones.
El Comité Asesor aconseja sobre promoción y protección de todos los derechos humanos, propone nuevos estudios y fija directrices específicas
El equilibro es otro de los rasgos del comité, tanto en cuestión de género como geográfico. Sus funciones son: prestar asesoramiento a partir de estudios e investigaciones cuando el Consejo lo solicite y sólo en cuestiones relacionadas con el mandato del mismo -promoción y protección de todos los derechos humanos-, formular sugerencias para mejorar su eficiencia y propuestas de nuevos estudios, pero nunca adoptar resoluciones ni decisiones, y fijar directrices específicas para el Comité Asesor cuando le solicite una contribución sustantiva.