Creación del Consejo de Derechos Humanos

El proyecto contará con 47 miembros elegidos por mayoría que servirán por un periodo de tres años
Por Miren Rodríguez, Iñigo Marauri 4 de abril de 2006

El pasado mes de febrero la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la creación de un Consejo de Derechos Humanos que reemplazará a la Comisión de Derechos Humanos. Este Consejo contará con 47 miembros elegidos por mayoría, que servirán durante tres años y no podrán ser reelegidos inmediatamente después de haber ocupado el puesto por dos años consecutivos.

El Consejo de Derechos Humanos se encargará de las funciones que hasta ahora representaba la Comisión de Derechos Humanos

El Consejo de Derechos Humanos se encargará de las funciones que hasta ahora representaba la Comisión de Derechos Humanos
como principal órgano intergubernamental en este campo. Establecida por el Consejo Económico y Social en mayo de 1946, esta Comisión inicialmente integrada por 18 Estados Miembros ha llegado a alcanzar 53 miembros con mandatos de tres años. Entre sus principales labores destacan la de reunirse anualmente durante seis semanas en Ginebra para examinar las cuestiones más relevantes de los derechos humanos, así como elaborar y codificar nuevas normas internacionales y hacer recomendaciones a los gobiernos. Es en este campo donde mayor presencia tienen las organizaciones no gubernamentales.

Funciones

Las funciones concretas que hasta ahora desempeñaba la Comisión de Derechos Humanos y que se presupone mantendrá el Consejo de Derechos Humanos son las siguientes:

  • Dar orientación política y global
  • Estudiar los problemas relativos a los derechos humanos
  • Desarrollar y codificar nuevas normas internacionales
  • Vigilar que se respeten los derechos humanos
  • Examinar la situación de estos derechos en cualquier parte del mundo, así como la información procedente de los países, ONG y otras fuentes.

Evolución

En un primer momento la Comisión de Derechos Humanos trabajó fundamentalmente por la creación de normas internaciones de derechos humanos, así se creó la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Pero a medida que ha pasado el tiempo y los problemas y la vulneración de los derechos se ha transformado, la Comisión ha ido estableciendo un sistema de vigilancia para evitar la violación de estos derechos

La Comisión ha ido estableciendo un sistema de vigilancia para evitar la violación de los derechos humanos
Se puede apreciar además cómo en los últimos años ha tenido más presencia la promoción de los derechos económicos, sociales, culturales, derechos de la mujer, del niño y derechos de los grupos más vulnerables, sobre todo minorías étnicas, religiosas y lingüísticas.

Funciones de vigilancia

Entre las principales labores de este Consejo se halla la vigilancia de las violaciones de los derechos humanos. En este sentido, existen dos tipos de mecanismos: el convencional y el extraconvencional, que responde a abusos individuales de los derechos humanos y a violaciones sistemáticas de esos derechos por los Estados Miembros.

Mecanismos convencionales: A través del Programa de Naciones Unidas de cooperación técnica en materias de derechos humanos, los países que lo solicitan reciben asistencia técnica en la promoción y protección de los derechos humanos.

Mecanismos especiales: Hay una serie de mecanismos establecidos fuera del marco de los tratados por los órganos de las Naciones Unidas, que pueden ser específicos para determinados países o tener carácter temático . Éstos últimos pueden ser nombrados por la Comisión de Derechos Humanos y la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las minorías, los grupos de trabajo establecidos en el marco de estos órganos y los representantes especiales del Secretario General. Todos los procedimientos especiales tienen como meta mejorar la eficacia de las normas internacionales de derechos humanos, promoviendo diálogos constructivos con los gobiernos y examinando situaciones, incidentes y casos concretos con el fin de aportar soluciones a la falta de respeto de estos derechos.

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