Los derechos de las personas con discapacidad se vulneran cada día, en su mayoría, por desconocimiento. A pesar de estar recogidos en la Constitución Española (CE) y en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, las consultas y denuncias que se reciben son numerosas. El CERMI ha aprovechado esta información para elaborar un informe que saca a la luz los principales perjuicios.
Son cuatro millones de personas, pero si se contabiliza a sus familiares la cifra asciende a 10 millones. Sin embargo, los discapacitados denuncian un «déficit de ciudadanía». Aseguran sufrir vulneraciones de sus derechos que no siempre se conocen, pero obstaculizan su día a día e impiden un ambiente de normalidad.
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) aprobó el pasado 30 de septiembre el Informe de Derechos Humanos y Discapacidad 2008. En él se recogen las vulneraciones de los derechos de este grupo. Su finalidad es denunciar esta situación, acabar con ella y subsanar el daño causado a las personas afectadas.
El estudio realiza un seguimiento de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, analiza su aplicación después de un año de vigencia en España (3 de mayo de 2008). Se nutre de las consultas y denuncias recibidas en el CERMI, de las acciones emprendidas como consecuencia de éstas y de las informaciones facilitadas por el movimiento asociativo y los medios de comunicación.
Principales vulneraciones
La atención a las personas con discapacidad ha evolucionado hacia un modelo social, pero todavía quedan escollos. La igualdad de oportunidades en el ejercicio de los derechos no está garantizada. El propio concepto de discapacidad que se recoge en la Convención se incumple en el resto de normativas, que deben adaptar la terminología y el contenido para dar cobertura a personas que hoy en día no pueden acceder al certificado administrativo de discapacidad, «pero encuentran obstáculos discriminatorios que les impiden el pleno ejercicio de sus derechos». Respecto a este certificado, se solicita que la protección contra la discriminación se extienda a todas las personas en situación de discapacidad, tengan o no un reconocimiento oficial administrativo.
La legislación actual es «avanzada» en comparación con las normas vigentes en la Unión Europea. El ordenamiento jurídico cuenta con una legislación específica que contempla la discriminación positiva, la accesibilidad universal y el diseño para todos, pero el ejercicio de muchos de estos derechos es precario. Hay que rediseñar las políticas «para avanzar hacia la plena inclusión social».
Deben implantarse medidas que promuevan la dignidad y combatan los estereotipos y los prejuicios
Por grupos, es necesaria una atención especial a las mujeres y niños con discapacidad por su especial vulnerabilidad. Así se garantiza la igualdad de derecho y se consigue la participación directa de los pequeños en las decisiones que les afectan. En cuanto a las mujeres, aunque en diciembre de 2006 se aprobó un Plan de acción, su desarrollo e implementación ha sido en general «escaso».
Otro aspecto en el que se detectan vulneraciones se refiere a la imagen de las personas con discapacidad. El informe del CERMI cree fundamental la implantación de medidas que promuevan la dignidad y combatan los estereotipos y los prejuicios, que «estigmatizan» a este grupo.
En cuanto a los internamientos forzosos como recurso para personas con enfermedad mental, se apuesta por revisar su legalidad y analizar esta figura para orientarla, en todo caso, como herramienta hacia la inclusión social. De la misma forma, se busca fomentar la vida independiente para ayudar a las personas a formar parte de la comunidad. La autodeterminación refuerza la autonomía personal y su capacidad de elección y decisión.
El Artículo 9 de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad considera la accesibilidad como “una herramienta para situar a la persona en igualdad de oportunidades”. Es un concepto amplio que abarca a las nuevas tecnologías, la información y el diseño para todos.
Este aspecto ha sido “uno de los grandes fracasos”, puesto que la regulación obligatoria probada en 1982 ha tenido una aplicación escasa y desigual
El informe del CERMI considera que este aspecto ha sido “uno de los grandes fracasos”, puesto que desde 1982 una regulación obligatoria marca las pautas en esta materia, “al menos en el entorno físico”, pero su aplicación ha sido escasa y desigual.
La Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU) establece unos plazos, según el CERMI, “injustificadamente extensos”. Además, el informe asegura que las condiciones de accesibilidad se incumplen de manera sistemática, de forma que se impide el ejercicio de otros derechos fundamentales.
El pasado año, el CERMI denunció a más de 50 establecimientos oficiales públicos -más de 25 pertenecientes a la Administración General del Estado- por incumplir las normas de accesibilidad. Calificó a muchos de estos edificios como “impracticables”. La regulación de esta materia es competencia de las comunidades autónomas, sin embargo, en algunos casos la normativa vigente supera los 20 años y no recoge un concepto de accesibilidad que incorpore la no discriminación y el diseño para todos. “Las regulaciones autonómicas son anticuadas, obedecen al paradigma de la supresión de barreras y de las adaptaciones, no al de accesibilidad universal, y no disponen de instrumentos prontos y efectivos”, destaca el informe.