El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha concluido que Italia «violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos cuando interceptó y devolvió a Libia a un grupo de somalíes y eritreos en 2009 sin haber analizado antes si esta actuación constituiría un riesgo real para sus vidas», según ha informado la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR).
La organización internacional considera que esta sentencia «proporciona una orientación importante para los estados de la Unión Europea sobre las prácticas de control de fronteras e intercepción, que representa un punto de inflexión respecto a las responsabilidades del Estado y la gestión de los flujos migratorios mixtos».
Cuando el caso «Hirsi Jamaa y otros contra Italia» llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ACNUR recordó la obligación de los Estados de no devolver forzosamente a personas hacia países donde puedan ser objeto de persecución o sufrir daños graves. «Es lo que se conoce como el ?principio de no devolución?», explica. En su presentación al Tribunal, la agencia de Naciones Unidas subrayó que, dada la situación que prevalecía en Libia en aquel momento, «las políticas de devolución impedían el acceso a la protección y socavaban el principio de no devolución, que también se aplica en alta mar».
Aunque ACNUR reconoce los desafíos que la inmigración irregular plantea para Italia y otros países europeos y valora los esfuerzos «significativos» que han realizado para salvar vidas en sus operaciones de búsqueda y rescate, la organización recuerda que las personas rescatadas o interceptadas en el mar se encuentran, a menudo, en una situación de mayor vulnerabilidad que otros solicitantes de asilo, tanto física como psicológicamente y por lo tanto no pueden expresar su intención de solicitar asilo de manera inmediata después de ser interceptados en el mar. ACNUR recomienda que las medidas de control fronterizo permitan el acceso al territorio para aquellas personas que se encuentran en necesidad de protección internacional.