La decisión de aplicar un canon sobre los CD y DVD grabables con la excusa de que la mayoría se utilizan para grabar música ha levantado airadas protestas entre diversos colectivos de internautas y asociaciones del sector informático. Lo que para unos constituye un robo, que hace pagar a justos por pecadores en el contexto de la lucha contra la piratería, para otros (los promotores) es una ecuánime recompensa para los creadores.
Acuerdo para imponer el canon
El consumidor que ha adquirido un CD virgen para grabar música habrá notado un sustancial aumento en su precio. El mismo aumento que asumirá el que compre el mismo CD-R (grabable) para guardar fotos, copiar programas informáticos o almacenar cualquier tipo de archivos. Las entidades de gestión de derechos españolas y los fabricantes de CD-R y DVD-R han acordado la imposición de un canon que hará subir 0,17 euros el precio de los CD-R y 0,60 euros el de los DVD-R/W. Se usen o no para grabar música.
Aunque el precio de los CD-R ha bajado sustancialmente, hasta situarse en unos 0,50 euros, el nuevo canon ha provocado un fuerte rechazo. Desde muchos frentes se tacha el impuesto de injusto e inútil, pues hace pagar a justos por pecadores y no resuelve ninguno de los problemas que la piratería de música ha traído a la industria. Para entender el alcance de la medida es útil conocer los ‘actores’ implicados:
- Copia privada. La Ley de Propiedad Intelectual (LPI), creada en 1987 y refundida en 1996, permite a los consumidores realizar copias de obras ya divulgadas sin contar con autorización del autor, siempre que se realicen para uso privado y sin fines lucrativos. Estas copias generan una “remuneración compensatoria por copia privada” destinada a resarcir la pérdida de ingresos de los autores. La copia de programas de ordenador está expresamente excluida del canon por copia privada.
- Ámbito del canon. Esa remuneración afecta a los equipos y soportes destinados a la grabación de obras musicales y/o audiovisuales, como vídeos, casetes, grabadoras de CDs, etc. Desde 1992, las cintas de audio (0,18 euros por hora) y vídeo (0,30 euros) pagan dicho canon, y desde 1997 también afecta a los CD-R audio (CDs vírgenes específicos para grabar música).
- Entidades de gestión. El canon se hace efectivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual, que actúan como intermediarias entre sus asociados (autores) y las empresas que explotan los derechos de autor. En España existen ocho entidades gestoras, de las que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) es la más conocida.
- CD-R. Los CD-R son soportes para grabar cualquier tipo de datos (música, textos, vídeos?). Según la SGAE, se utilizan mayoritariamente para copiar música.
La extensión del canon que ya pagaban los soportes analógicos comenzó a tomar forma en enero de 2002, cuando un juzgado de Barcelona obligó a la empresa fabricante de CDs vírgenes Traxdata Ibérica a pagar un canon a la SGAE por cada disco fabricado desde 1997. Como otras empresas estaban inmersas en pleitos similares, Asimelec (Asociación que representa a distribuidores de CD-R y DVD-R) llegó un acuerdo privado con las entidades de gestión tras meses de negociación.
Mediante este pacto, Asimelec se compromete a gravar los CD-R y DVD-R vendidos a partir del uno de septiembre, a cambio de evitar reclamaciones sobre los soportes comercializados anteriormente. La asociación asegura que la imposición del canon es un “mal menor” consecuencia de “una ley anticuada y de muy difícil interpretación, así como a un escenario complejo con riesgo de acciones legales”.
Un canon impopular
Numerosas asociaciones y colectivos han alzado la voz y puesto en marcha campañas para rechazar un impuesto que consideran injusto y que “atenta gravemente contra los derechos de los españoles”.
A las protestas se ha sumado la Confederación Española de Consumidores y Usuarios, que opina que es una medida equivocada que no hará otra cosa que fomentar la piratería, y varios colectivos de la industria informática (sobre todo en el entorno del software libre), especialmente sensibles, ya que en su sector se utilizan los CD-R de forma masiva para realizar backups (copias de seguridad) o copias de programas informáticos, exentos del canon, según la LPI.
Por esa razón, la Asociación de Ingenieros de Informática lo considera arbitrario, mientras que la Alianza de Empresas de Software (integrada por empresas como Apple, Adobe, Novell o Microsoft) tacha el gravamen de “impuesto parásito que obliga a una industria a financiar otra”. Esta organización calcula que las entidades de gestión europeas aumentarán sus ingresos un 500% en los próximos tres años, hasta los 1.500 millones de euros. En España, asegura, los ingresos pasarán de 12 a 83 millones de euros.
La Asociación Española de Empresas de Tecnología de la Información (Sedisi) también se muestra en contra de que el canon afecte a una industria, la informática, que sólo admite la copia privada para seguridad y archivo. Su director general, Joaquín Oliveras, critica en particular la intención de la SGAE de ampliar el canon a otros soportes.
Razones y acciones
Aunque según la LPI son los fabricantes e importadores los que tienen que pagar la remuneración, la decisión de repercutirla en el precio final también es suya. Según las noticias de la SGAE, “no hay una situación homogénea: hay empresas que lo están repercutiendo y otras que no”. Sin embargo, en los puntos de venta confirman que los CD-R y DVD-R que han comprado después del uno de septiembre contemplan el canon, que al final se reflejará en el precio de venta al público.
El argumento más repetido por la oposición al canon es que los CD-R no sólo sirven para grabar música. Y si la SGAE muestra un estudio que afirma que el 77% de los discos vírgenes se utilizan para copiar música, los fabricantes aseguran que sólo es el 20%. Y, una vez ‘asumido’ el canon, se cita una gran contradicción: ¿qué pasa con los sistemas anticopia? Parece evidente que un canon por copia privada no puede convivir con la venta de discos no copiables.
Por esa razón, la Asociación de Internautas (AI) pidió la retirada del último disco de Alejandro Sanz, que incluía sistema anticopia. La denuncia, que contaba con el precedente de una sentencia de un tribunal francés (que obligó a devolver el importe de un CD protegido) parece que tuvo éxito, pues la segunda edición del CD venía sin protección. Otra crítica repetida es que la SGAE cobra dos veces, pues impone un canon a los equipos de grabación digital y lo percibe de nuevo por los soportes. Además, si un usuario descarga legalmente música de Internet también está pagando la cuota de derechos de autor.
La AI comenzó denunciando el pacto entre Asimelec y las entidades de gestión (SGAE, CEDRO, AISGE, AIE, EGEDA y DAMA) porque “no contempla las exclusiones para dicho canon previstas en la LPI”. Después exigió a Consumo que declarase su nulidad, animó a los autores a exigir a sus discográficas la supresión de las protecciones anticopia, puso en marcha una cuenta de correo (exijomicopia@internautas.org) para las denuncias de los usuarios y realizó una serie de recomendaciones:
- Comprar sólo productos a las empresas que no repercutan el canon al usuario final, es decir, que mantengan o reduzcan los precios.
- En caso contrario, solicitar la factura desglosada, con la que se podrá exigir a las entidades que cobran el canon su reembolso si el CD no se ha destinado a copia privada.
- Formular la correspondiente denuncia ante la oficina municipal del consumidor por “haberse exigido el canon en un supuesto claramente exento por disposición expresa de la ley, como son los programas de ordenador”.
De las páginas de información y protesta se ha dado paso a movilizaciones en el mundo real, como el CD/DVD Crossing, una peculiar iniciativa que consiste en realizar copias de discos originales sobre un CD o DVD que ha pagado el canon, pegarle un mensaje de protesta (‘Disco ANTI-CANON’) y dejarlo en un lugar público. Según la plataforma AntiSgae, “ya van más de 12.000 CDs corriendo por nuestras ciudades y subiendo…”
La postura de la SGAE
Para la Sociedad General de Autores y Editores “es obvio que cada vez que se hace una copia de un disco para uso privado se deja de vender un ejemplar del mismo, por lo que hay que compensar de alguna manera a los titulares de las obras”. En su página también se puede leer que están sujetos al canon “todos los equipos, aparatos y materiales idóneos para la grabación de obras musicales y/o audiovisuales”.
Por esa razón, la SGAE podría imponer un canon sobre todos los aparatos involucrados en la grabación y almacén de música -desde el módem o la línea ADSL, hasta el disco duro o el reproductor MP3-, como ha dejado caer en diversas ocasiones José Neri, director de la SDAE (la versión digital de la Sociedad de Autores). Para María Jesús Raudona, jefe de recaudación de Copia Privada de la SGAE, la LPI deja claro que “la idoneidad es el único requisito”, con lo que basta que el aparato o soporte sea “adecuado” para grabar música, aunque “eso no quiere decir que no se vaya a tener en cuenta el uso del mismo por parte de los consumidores”.
La SGAE cifra en un porcentaje mayoritario el uso de los CD de datos para copiar canciones, pero además tiene una carta para acallar las voces de los justos que pagarán por pecadores. Raudona asegura que “se han tenido en cuenta los usuarios que no utilizan estos soportes para grabar música, pues la tarifa básica de audio (0,18 euros por hora de grabación) se ha rebajado a 0,13 euros para el CD-R ‘data’”. Sin embargo, la hora de CD-R de audio asciende a 0,30 euros y la de vídeo (fijada en la LPI a 0,30 euros) sube hasta 0,70 euros.
Para demostrar el uso musical que se da a los CD-R, la SGAE apunta que la venta de cintas vírgenes ha ido cayendo estrepitosamente desde 1994, a la par que ha subido la venta de CD-R. En 2001, la venta de 15,8 millones de casetes significó unos ingresos por copia privada de 3,1 millones de euros, frente a los 6,61 millones que reportó el canon en 1998. Mientras, las ventas de CD-R en España aumentaron un 70% (67 millones de unidades) en 2001 y alcanzaron los 100 millones el año pasado. Sin embargo, los usuarios y el sector informático contraatacan con la caída de ventas de disquetes, un soporte condenado a la extinción por culpa también del CD-R.
Sobre la existencia de CDs anti-copia, Raudona opina que “no se puede prohibir a los titulares de una obra musical que establezcan estos sistemas, aunque su existencia se ha tenido en cuenta al fijar el canon, y cada vez que se revise su cuantía se valorará, de forma que si los sistemas anti-copia se hacen realmente efectivos y extendidos, la remuneración a aplicar será inferior hasta poder llegar incluso a desaparecer en el hipotético caso de que fuera imposible copiar en casa”.
La piratería, telón de fondo
La SGAE niega en firme que el acuerdo con los fabricantes tenga que ver con la lucha contra la piratería. Al decir que un canon por copia privada combate la piratería, se llamaría pirata a todos los consumidores. No obstante, en el trasfondo late el agujero que los millones de copias ilegales provocan a la industria y no es raro oír a los defensores del canon que los CD-R se utilizan mayoritariamente para piratear música.
La AI lo tiene claro al afirmar que con la imposición del canon a CDs y DVDs grabables, la SGAE, además de resarcirse de todas las perdidas por piratería, obtendrá un beneficio adicional en 2004 de 4.975.359 euros. Según sus cálculos, el canon supondrá una cifra de negocio para las entidades gestoras de más de 54 millones de euros en ese año (33 millones de euros por derechos de audio y 21 millones por vídeo).
Sin embargo, el canon no otorga ningún derecho nuevo: con o sin canon, es legal realizar copias privadas de cualquier obra y es ilegal reproducirlas en público u obtener beneficios de su venta. Para Asimelec el canon se refiere a las copias que los individuos realizan para su uso exclusivo que “nada tiene que ver con la realización de miles de copias ilegales que no pagan derechos de autor y son comercializadas de manera ilegal; eso es piratería, situación delictiva que todos rechazamos”.
Para complicar un asunto ya embrollado, el proyecto del Código Penal introduce modificaciones en materia de represión penal de los delitos contra la propiedad intelectual que podrían acabar con el derecho de copia privada recogido en la LPI. La simple tenencia de programas que permiten eludir las protecciones de CDs o DVDs originales será perseguida, por lo que se añade un argumento contra un canon por una copia privada cuyo ejercicio constituye un delito, como argumenta Carlos Sánchez Almeida, del Bufet Almeida.
En la batalla contra la piratería y en particular contra los CDs vírgenes, la SGAE sufrió un severo revés. A principios de este mes, un juez de Barcelona ordenó devolver a la empresa CD World los 500.000 CD y DVD vírgenes que fueron incautados por la Policía Nacional al no considerar que se tratase de material ilegal.