Para hablar con la familia, chatear con amigos o incluso por motivos laborales, WhatsApp es ya parte esencial de nuestras vidas. Y entre las prácticas habituales al utilizar esta aplicación se encuentra la de compartir mensajes o “pantallazos” de charlas que mantenemos con otras personas. ¿Puedo hacerlo con tranquilidad o no es legal? Como explicamos en este artículo, son parte de conversaciones privadas y, aunque hayas participado en ellas, al difundirlas puedes cometer un acto ilícito, con sus responsabilidades civiles y penales.
Mensajes de un chat: son conversaciones privadas
Compartir chats y conversaciones que has mantenido con un amigo por WhatsApp con otras personas o grupos es habitual. Sin embargo, «el hecho de que sea algo frecuente no significa que no pueda acarrear importantes consecuencias legales», indica Cristina Pérez-Caballero, experta de ABOGA2. Esto es así porque los diálogos de WhatsApp, pese a realizarse a través de herramientas tecnológicas de comunicación, «siguen siendo conversaciones privadas«. El problema —apunta— está precisamente en determinar dónde están situados los límites.
El artículo 18.3 de la Constitución Española ampara el «derecho al honor, intimidad y a la propia imagen», por lo que debemos tener cuidado cuando difundimos una conversación de WhatsApp con terceros, ya que «aunque hayas participado en ella puedes estar cometiendo un acto ilícito».
Imagen: LoboStudioHamburg
¿Se puede difundir una captura de WhatsApp en algún caso?
Compartir mensajes de una charla de WhatsApp es legal, pero en primer lugar debe cumplir dos premisas, según señala la abogada:
- ✅ Que quien la difunda sea uno de los partícipes de la conversación.
- ✅ Que el contenido difundido no atente contra el derecho al honor, a la intimidad y la propia imagen de otra persona.
➡️ Pero no solo hay que tener en cuenta esto, sino que es esencial el consentimiento de la otra parte. Cuando compartimos mensajes de una conversación de WhatsApp «sin el consentimiento ni conocimiento de la otra parte», aunque hayamos formado parte de la misma, si el contenido del chat es íntimo y personal (es decir, si se refiere a datos personales o hechos relativos a la vida privada de otra persona o de su familia que afecten a su reputación y buen nombre), «podríamos estar vulnerando el derecho al honor del o de los participantes». En tal caso, existiría un comportamiento civilmente reprochable por considerarse una «intromisión ilegítima«. Y a pesar de que seamos partícipes de la charla, «podemos ser demandados por la vía civil», que es más rápida que la vía penal y con la que pueden solicitarnos el resarcimiento del daño causado a la persona afectada.
Mucho más grave resulta el hecho de difundir mensajes de WhatsApp «cuando la persona que los difunde ni siquiera ha sido uno de los participantes de la conversación». En este caso, nos encontraríamos con un posible delito de descubrimiento y revelación de secretos regulado en el artículo 197 del Código Penal.
Imagen: Tim_Jacob_Hauswirth
¿Qué consecuencias penales puede tener?
El artículo 197 del Código Penal protege el derecho fundamental recogido en el artículo 18.3 de la Constitución y establece una pena de uno a cuatro años de prisión a quien «para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales».
En el mismo artículo también se explica que «se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas».
Es decir, la ley penal castiga:
- A quien se haga con una conversación ajena.
- A quien difunda una conversación sin ser partícipe de la misma y sin el consentimiento ni autorización de los participantes.
La mayoría de los ciudadanos difunde el mensaje de un tercero “sin pensar que está haciendo algo malo”, reconocen desde ABOGA2. Esto sucede sobre todo si se ha participado en la charla o ha tenido lugar en un grupo de WhatsApp al que se pertenece.
Sin embargo, esto nos puede traer problemas ya que “incluso en el caso de que compartamos nuestras propias conversaciones, no quiere decir que no podamos tener un problema legal“. Para evitarlo, los expertos proponen algunas recomendaciones:- Aplicar el sentido común.
- Evitar compartir conversaciones, ni tuyas ni de terceros. No solo por la posibilidad de incurrir en un delito, sino también por la repercusión personal que ello puede ocasionar en los tiempos que corren, en los que la viralidad está a la orden del día.
- Mayor formación. En una sociedad como la actual, en la que las redes sociales tienen un alcance de tal envergadura, debería proporcionarse una mayor formación al respecto, explica la abogada especialista en delitos contra el honor y la intimidad personal.