La declaración de la renta por Internet

El servicio "Presentación Telemática de Declaraciones" de la Agencia Tributaria permite la tramitación a través de Internet del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (IRPF).
Por EROSKI Consumer 23 de febrero de 2004

Las declaraciones ordinarias, las simplificadas, las solicitudes de devolución de aquellas personas no obligadas a presentar declaración, la comunicación de datos adicionales, la tramitación de pagos fraccionados de la Estimación Directa y de la Estimación Objetiva, así como el abono anticipado de la deducción por maternidad, son algunas de las acciones fiscales que pueden realizarse a través de la Red.

La comodidad de no tener que desplazarse, ni a las oficinas de la Agencia Tributaria (AEAT) ni a ningún banco o caja de ahorros, y la posibilidad de poder presentar la declaración cualquier día y a cualquier hora son algunas de las razones que están favoreciendo al aumento en el uso de las nuevas tecnologías en las relaciones entre los contribuyentes y la AEAT.

Para iniciar el proceso de identificación digital ante Hacienda, en primer lugar, el declarante deberá habilitar una acreditación de personalidad o certificado de usuario que expide la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y que se obtiene en la dirección www.cert.fnmt.es. Tras agenciarse con esta acreditación, el usuario deberá validarla personalmente en cualquier oficina de la Agencia Tributaria mostrando su DNI y el código electrónico de solicitud. Después sólo tendrá que seguir las instrucciones que ofrece la propia AEAT en https://aeat.es.

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