Las direcciones IP deben tratarse como un dato personal, según la Oficina de Protección de Datos alemana

Bruselas prepara un informe sobre las políticas de privacidad de los buscadores de Internet
Por EROSKI Consumer 23 de enero de 2008

La secuencia de números que identifica a un ordenador en la Red, lo que se conoce como dirección IP, debe ser considerada como información de carácter personal, según Peter Scharr director de la Oficina de Protección de Datos de Alemania.

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Imagen: CONSUMER EROSKI

En una declaración realizada ayer en el Parlamento Europeo, Scharr afirmó que cuando alguien puede ser identificado a través de su dirección IP por Internet, entonces ésta «ha de ser considerada como un dato personal».

Google, en cambio, opina que una dirección IP identifica simplemente la localización de un ordenador, no al usuario individual. Scharr reconoce, en este sentido, que las direcciones IP pueden siempre no ser personales o ligadas a un individuo, como en el caso de los cibercafés o de las oficinas cuyos ordenadores son usados por varias personas.

Motores de búsqueda

El director de la Oficina de Protección de Datos alemana dirige actualmente un grupo de la UE que prepara un informe sobre cómo las políticas de privacidad de buscadores de Internet, entre ellos Google, Yahoo y MSN, cumplen las leyes comunitarias de protección de datos de los usuarios.

Considerar las direcciones IP como un dato personal podría tener grandes implicaciones para los motores de búsqueda y el tratamiento que hacen de esa información.

Tiempo de almacenaje

Las políticas de los buscadores no coinciden en los plazos de conservación de datos. Oscilan, dependiendo de la entidad, entre 13 y 18 meses. En este sentido la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) destaca la necesidad de limitar el periodo de retención, de modo que una vez que la información deje de ser necesaria para las finalidades propias del servicio, sea cancelada. Asimismo, indica que a partir del momento en que los fines que justifican el uso de los datos puedan conseguirse sin identificar a un usuario específico, deberá procederse a hacerlos anónimos, de forma que la información que se conserve no pueda vincularse a usuarios concretos.

El tratamiento de las direcciones IP como datos personales podría tener grandes consecuencias para el funcionamiento de los buscadores y el tratamiento que hacen de esta información

Google afirma que guarda las direcciones IP para suministrar a sus usuarios un mejor servicio, ya que de esta manera es capaz de conocer el idioma que han utilizado. También aduce que, de esta manera puede proporcionar a los anunciantes información fiable para facturar. El gigante de los buscadores fue el primero en reducir el tiempo de almacenamiento de la información a 18 meses. También disminuyó el tiempo de permanencia de las cookies. La AEPD también solicitó a Microsoft la reducción del tiempo de almacenamiento de los datos de los usuarios.

Según describe la APDE, los buscadores de Internet tratan y retienen «grandes volúmenes de datos de los usuarios» a los que ofrecen sus servicios, entre ellos algunos que permiten la identificación del usuario, como son la dirección IP y los derivados del uso de dispositivos que almacenan las preferencias del usuario (cookies), así como datos facilitados por los propios navegantes a la hora de registrarse en un servicio, como correo electrónico o blog’s. Sobre estos últimos, la AEPD llama la atención sobre el hecho de que su tratamiento pueda permitir registrar las actividades que el usuario lleva a cabo en la Red, existiendo la posibilidad de configurar perfiles de éste, que pueden ser utilizados por la empresa sin que el interesado sea consciente ni esté «suficientemente informado».

Para la AEPD todos estos datos se consideran dato personal bajo la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), y por ello, su tratamiento requiere que exista pleno conocimiento por parte de los usuarios. La agencia añade que «sólo pueden ser conservados con unas finalidades concretas- como son la mejora del servicio, la seguridad del propio sistema de búsqueda o la lucha contra el fraude-«.

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