El Instituto Nacional del Consumo (INC) firmó ayer un acuerdo con la Asociación Española de Comercio Electrónico (AECE) por el cual la resolución de conflictos ocasionados por operaciones de comercio electrónico se someterá al Sistema Arbitral de Consumo, en caso de que no funcione la mediación de esta organización.
Este convenio afectará a aquellas empresas adheridas a la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (Autocontrol) y a la propia AECE, promotoras ambas del sello privado «Confianza Online», que pone a disposición de las compañías y los usuarios un código ético específico para comercio electrónico y publicidad interactiva.
Actualmente, casi un centenar de empresas han adoptado este sello privado, entre las que se encuentran bancos, medios de comunicación, compañías de distribución, de telecomunicaciones, del sector de la energía o de productos de limpieza e higiene personal.
Siete días de plazo
En virtud del citado convenio, se establece un plazo de siete días para alcanzar un acuerdo por mediación de la AECE para la resolución de un conflicto causado por una operación de comercio electrónico. De sobrepasarse este periodo, el caso se trasladará a la Junta Arbitral Nacional de Consumo para su tramitación.
El acuerdo indica que se informará al INC y al Consejo de Consumidores y Usuarios -órgano de consulta del Ministerio de Sanidad y Consumo- sobre el contenido de una posible revisión del código ético de comercio electrónico y publicidad interactiva antes de su adopción definitiva.
Para la directora general de Consumo, Pilar Fabregat, con esta iniciativa se pretende «transmitir confianza a los consumidores» en el comercio «online» y que «se sientan igual de seguros» que con las operaciones comerciales tradicionales.
Fabregat agregó que el acuerdo posibilita la creación de un «cauce ágil y eficaz» de resolución de conflictos que proporcionará «protección» al usuario de sistemas de comercio electrónico.