La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha remodelado su página web para ofrecer nuevos servicios y mejorar los ya existentes de cara a la nueva campaña del IRPF, que comenzará el próximo 1 de mayo. Una de las novedades es la posibilidad de los contribuyentes de solicitar cita previa a través de la página web de la AEAT, para acudir a la delegación correspondiente a que los funcionarios le cumplimenten la declaración.
La cita previa, que podrá solicitarse desde el 24 de abril, hasta ahora sólo se conseguía en la propia delegación o a través de un teléfono, que con frecuencia estaba saturado. El acceso desde la página web -www.aeat.es- permitirá elegir el día y la hora a la que se quiere acudir. El único requisito que deberá de cumplirse, además de introducir el nombre y apellidos y el NIF del solicitante, es introducir el importe de la cuota íntegra de la última declaración, que aparece en la casilla número 57 del documento.
Otro de los servicios de la web más utilizados en la campaña del IRPF es la posibilidad de descargase en el ordenador personal el programa PADRE, el programa informático que, con sólo rellenar los datos personales y de los ingresos y pagos del ejercicio, te cumplimenta el documento completo de la declaración, cálculos incluidos. Los contribuyentes podrán descargarse en su ordenador el programa PADRE también a partir del 24 de abril. Un segundo apartado de ayudas al contribuyente en la web es un servicio con 17.000 respuestas a las preguntas y dudas más frecuentes a la hora de rellenar la declaración.
Buena parte de los demás servicios que incluye la web, especialmente la página de la «Oficina Virtual» de la AEAT, requieren para poder ser utilizados que el contribuyente tenga un certificado electrónico, que debe solicitarse a la Casa de la Moneda y que tarda unos dos días en entregarse, sin coste alguno.
Con el certificado informático, el ciudadano podrá presentar su declaración a través de la web de la AEAT, consultar sus datos fiscales, pedir certificados fiscales (para becas, etc.), presentar recursos de reposición contra liquidaciones administrativas y recargos, entre otros.