El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao ha condenado a Iberia a pagar 400 euros a un viajero al que se le rompió la cámara de fotos que portaba dentro de la maleta durante su vuelta de Miami al aeropuerto vizcaíno de Loiu. Además, la sentencia impone a la compañía el pago de las costas del proceso por «temeridad procesal».
El cliente regresaba a Bilbao procedente de Miami, con escala en el aeropuerto de Madrid-Barajas. El avión salió de Miami el 10 de noviembre de 2006 por la tarde y de Madrid a la capital vizcaína el 11 de noviembre por la noche. Al llegar a Loiu, el viajero se percató de que la máquina de fotos, cuyo precio ascendía a 400 euros y que llevaba dentro de su funda en la maleta facturada, tenía la pantalla rota.
La sentencia indica que la aseguradora de la aerolínea, Iberia Compañía Anónima de Seguros Generales, asegura el riesgo de pérdida o avería en el transporte de equipajes, y subraya que la reclamación extrajudicial no fue atendida, lo que forzó al usuario a acudir a los tribunales.
La compañía aérea no se presentó a la vista. «Si Iberia no asistió a la vista ni justifica motivo para hacerlo, tiene que entenderse que se ha producido la rotura de la máquina», indica el fallo.
Según el magistrado, «resulta cristalino el incumplimiento del contrato de transporte del equipaje anexo al de viajeros por la compañía aérea porteadora, y solidaria la responsabilidad de la asegurada». Por tanto, cree que «no hay duda que debe resarcirse el valor de reposición de artículos averiados», con los intereses devengados desde la fecha de reclamación.
Impone además a Iberia el pago de las costas del proceso por «temeridad procesal», ya que forzó a realizar un gasto al consumidor con el objetivo de «desanimar y menguar la rentabilidad a los reclamantes».