Madrid expedienta a varias aerolíneas por cobrar la facturación del equipaje

Esta práctica se considera ilícita porque el precio del billete incluye ya el transporte de las maletas
Por EROSKI Consumer 29 de julio de 2008

La Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid ha abierto expediente informativo a varias compañías aéreas -se habla al menos de media docena- por cobrar a los pasajeros la facturación del equipaje. Esta práctica, cada vez más extendida, se considera ilícita porque el precio del billete incluye ya el transporte de las maletas.

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Imagen: CONSUMER EROSKI

La directora general de Consumo de Madrid, Carmen Martínez de Sola, no precisó el nombre de las aerolíneas expedientadas ya que todavía no han sido sancionadas. Pero se sabe que algunas compañías de bajo coste cobran desde hace tiempo por este concepto.

Martínez de Sola explicó que las quejas de los consumidores en relación con esta práctica han aumentado en los últimos meses, por lo que ha trasladado su preocupación al Ministerio de Fomento, que tiene las competencias en materia de aviación civil.

Las autoridades de Consumo insisten en que el viajero ya paga los gastos de facturación del equipaje al abonar el billete de avión

«Los consumidores cada vez nos consultan más por esta práctica, que ha ido extendiéndose de una compañía a otra», aseguró la directora general de Consumo madrileña, quien alertó de que se trata de un engaño al consumidor que «lesiona sus legítimos intereses económicos».

Martínez de Sola añadió que su departamento tiene constancia de que las aerolíneas expedientadas están cobrando por el equipaje y advirtió de que todas las reclamaciones de los usuarios «serán incorporadas a los expedientes y se tendrán en cuenta, en caso de que los mismos conlleven finalmente una sanción».

La Comunidad de Madrid considera que el cobro del equipaje puede constituir infracción administrativa atendiendo a lo señalado en la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, y a lo fijado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entre otras normas.

30 kilos máximo

Las quejas de los consumidores en relación con esta práctica han aumentado en los últimos meses

Las autoridades de Consumo insisten en que el viajero ya paga los gastos de facturación del equipaje al abonar el billete de avión. No obstante, recuerdan que el peso máximo permitido por las normas internacionales de navegación aérea es de 25 kilos en el caso de un billete en clase turista y de 30 kilos si se trata de una clase superior. Si se superan estos pesos máximos, se deberá pagar un suplemento.

El equipaje de mano también está reglado por normas internacionales y no puede sobrepasar determinadas dimensiones. Al objeto de poder realizar alguna reclamación, aconsejan conservar los resguardos identificativos del equipaje facturado.

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