Determinadas comunidades autónomas han puesto en práctica ayudas a la adquisición de viviendas construidas, nuevas o de segunda mano. Estos inmuebles han de tener una antigüedad mínima de dos años, sin que hayan pasado dos meses desde la fecha de la escrituración de la compraventa.
La ayuda se concreta en un préstamo pactado con entidades financieras a un tipo de interés determinado, que suele ser inferior al tipo medio de los préstamos hipotecarios, con la condición de que la hipoteca no sea mayor del 80% del valor de la vivienda durante 20 años. Como requisito, los ingresos anuales de la unidad familiar generalmente no podrán ser superiores a más de 3,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Existe una subvención del 5% o del 10% sobre la cuota de recibo del préstamo durante cinco o diez años, según ingresos y superficie de la vivienda. Además se podrá acceder a una subvención del 5% de la vivienda a fondo perdido para aquellas unidades familiares con ingresos inferiores a 2,5 veces el SMI.
Otra ayuda consiste en los «cheques vivienda» o ayuda a la compra de la primera vivienda. Son ayudas económicas para la adquisición de vivienda libre nueva o usada o vivienda protegida en segunda o posteriores transmisiones. La subvención será del 4% del precio de la vivienda para personas con ingresos familiares inferiores a 3,5 veces el SMI. En el caso de que los ingresos familiares no excedan de 2,5 veces el SMI las subvenciones serán del 5%.
El montante total de la ayuda podrá ser mayor o menor en función de los tramos de ingresos y del número de miembros de la unidad familiar.