El Gobierno ha ordenado y clarificado, mediante real decreto, la normativa vigente sobre los aranceles aplicables por notarios y registradores, que se remontaba a dos reales decretos de 1989. Esta modificación es resultado de las denuncias presentadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) por la disparidad de interpretaciones sobre el arancel a aplicar a las escrituras de subrogación, novación modificativa y cancelación de créditos o préstamos hipotecarios y su inscripción en el Registro de la Propiedad.
En septiembre, la Fiscalía General del Estado abrió una investigación a raíz de la denuncia presentada por la OCU, en la que acusaba a notarios y registradores de apropiarse de manera indebida de cerca de 93 millones de euros al cobrar de más a los usuarios por las 372.042 cancelaciones de hipotecas realizadas en 2010.
La nueva normativa también aclara las dudas suscitadas por la aplicación de la rebaja del 5% en los aranceles notariales y registrales, prevista por un Real Decreto Ley del 20 de mayo de 2010, por el que se adoptaron medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. En este sentido, se declara que esa rebaja arancelaria, consecuente con la establecida de media a los funcionarios, se aplicará con carácter adicional a los demás descuentos, reducciones, bonificaciones o rebajas que se prevean en relación con los aranceles notariales y registrales que se calculen sobre la base que se indica en esta norma. De igual modo, se recogen los aranceles que para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada se establecieron en el Real Decreto Ley de 3 de diciembre de 2010 sobre actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo.
El Ejecutivo asegura que el Real Decreto aprobado el 11 de noviembre supone «un ahorro muy importante para todos los usuarios de estos servicios profesionales». Según estimaciones de la OCU, solo en el campo de cancelación de hipotecas constituidas sobre viviendas, el ahorro hubiera supuesto en 2010 unos noventa millones de euros.
Por último, se introducen criterios de transparencia y claridad en las minutas, para lo que se incrementan las obligaciones de información en ellas por parte de los notarios y registradores. El Real Decreto establece un principio de «neutralidad arancelaria», con independencia de que en las operaciones se apliquen procedimientos electrónicos, de tal forma que ello no suponga un arancel más elevado.