El Instituto Nacional de Consumo aconseja recabar toda la información posible a la hora de comprar una casa para saber exactamente a qué se compromete el comprador.
La situación económica de los últimos años ha favorecido tipos de interés muy bajos, aunque en los últimos meses la tendencia ha cambiado por tanto, hay que ser previsores e informarse, ya sea a través de abogados o asesores, en el banco o en asociaciones de consumidores sobre las consecuencias que sobre el crédito puede tener un escenario de incremento de los tipos de interés.
Los organismos oficiales, como las oficinas municipales de información al consumidor, el Registro de la Propiedad y las cámaras de la Propiedad pueden resolver dudas y asesorar ante tan importante paso.
Además del precio, localización y características de la vivienda se debe estar atentos a otras cuestiones:
– – Información de la inmobiliaria o constructora: debe incluir la superficie útil de la vivienda, plano a escala, trazado de las instalaciones, descripción de los materiales y calidades empleados y los datos de su inscripción en el Registro de la Propiedad.
– – Están prohibidas las cláusulas abusivas tanto en el contrato de la vivienda como en el crédito. En el caso de pago a plazos, no puede existir cláusula que permita al vendedor incrementar el precio inicialmente pactado.
– – Si se introducen mejoras en la vivienda, deben ser aceptadas con antelación por el comprador, que debe conocer asimismo el incremento que suponen en el precio final.
– – Los gastos de titulación, (como la declaración de obra nueva o la cancelación de la hipoteca para financiar la construcción) corresponden siempre al vendedor.