Cuando se adquiere una vivienda sobre plano ésta se construirá según las prescripciones establecidas por el arquitecto en el proyecto de ejecución correspondiente. Pero en numerosas ocasiones el comprador pretende realizar alguna modificación sobre dicho proyecto, porque por ejemplo desea tirar algún tabique, cambiar la disposición de los baños y aseos, etc. o incluso mejorar las calidades de los materiales especificadas en la memoria básica. Lo lógico es que dichas modificaciones se realicen durante el proceso de construcción de la vivienda para no tener que realizar esas mismas obras con posterioridad a la entrega de la vivienda.
Los problemas pueden surgir si la promotora se niega a realizar las obras o se desentiende de ellas indicando la necesidad de negociar directamente con los gremios que intervienen a la obra. Ello puede acarrear multitud de dificultades, sobre todo, a la hora de responsabilizar a alguien de la incorrecta ejecución de alguna de las modificaciones o mejoras contratadas.
Algunos consejos para evitar los citados problemas:
1. Cuando se firme el contrato privado de compraventa con la promotora se ha de señalar la posibilidad de realización de mejoras o modificaciones. Como es obvio los límites vendrán marcados por la técnica constructiva. Así por ejemplo no se podrán eliminar tabiques que sirvan de carga para toda la estructura del edificio, etc.
2. Si la promotora, por contrato, no admite modificaciones habrá que esperar a la entrega de la vivienda para realizarlas, con el claro incremento del coste de su realización, dado que habrá que deshacer lo ya construido y efectuar las mismas. Por ello conviene que quede determinado «ab initio» la posibilidad de efectuarlas.
3. Si se permiten las mejoras o modificaciones, resulta necesario, en primer lugar, que los gremios entreguen presupuesto detallado de las obras que se quieran llevar a cabo. Con ello se responsabilizarán de su correcta ejecución y de la incorporación de los materiales que, como mejora, se han negociado.
4. Resulta conveniente que una copia del presupuesto se entregue a la promotora, para que conozca las mejoras o modificaciones que se van a acometer. De esta forma, si las mismas afectan a algún elemento fundamental constructivo, la promotora será conocedora de ello y podrá negarse a su realización.
5. Resulta también fundamental negociar con la promotora un descuento del precio originario en relación con los nuevos materiales que se incorporen. Por ejemplo, si se cambian las puertas, su precio deberá ser deducido de las nuevas contratadas el precio de las que venían señaladas en el proyecto de ejecución originario. Algunas promotoras se niegan a ello, por eso se debe de tener fijado en el contrato de compraventa.
En resumen, conviene que en el mismo momento de la firma del contrato privado de compraventa se tenga acordada la posibilidad de realización de mejoras y modificaciones, así como del descuento del valor de los materiales originales señalados en la memoria de calidades. En cuanto a los gremios que las van a realizar, es preciso que se entregue el presupuesto detallado de las obras que se les encarga efectuar.