El Ministerio de Hacienda ha ideado una rebaja energética sobre el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que ofrece descuentos de hasta el 20% por las viviendas (y oficinas) más eficaces con el ahorro de energía. Entonces, ¿qué IBI se pagará en 2016? ¿Cómo es posible saber si una casa está entre las afortunadas para aplicar sobre ella esta bonificación? Y, ¿de qué manera los propietatios de inmuebles pueden pedir esta reducción en el IBI? Este artículo aborda en cinco puntos las novedades las respecto.
La nueva reducción fiscal de Hacienda pretende incentivar la rehabilitación energética de los edificios, fomentar la construcción y la compra de viviendas energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención del certificado energético. ¿En qué consiste la rebaja y cómo afecta a los propietarios de inmuebles? A continuación se exponen las principales claves de la rebaja del IBI a las casas eficientes.
1. ¿Cómo es la rebaja del IBI?
El Gobierno ha modificado la ley de 2004 de Haciendas Locales, de modo que permite a los ayuntamientos rebajar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles a las viviendas y oficinas que más energía ahorren. La principal bonificación será del 20% del IBI, reduciéndose el porcentaje hasta llegar al 4%, según la calificación enérgetica del inmueble.
2. ¿Cuándo entra en vigor?
Esta bonificación se puede aplicar desde el pasado 1 de enero. No obstante, conviene tener en cuenta que este impuesto es competencia de los ayuntamientos, por lo que son ellos quienes tienen la última palabra al trasladar esa rebaja al tributo a través de ordenanzas municipales.
3. ¿Cuánto ahorramos en el IBI?
No todos los propietarios se ahorrarán lo mismo, pues la medida premia a los más concienciados con el medio ambiente y a las viviendas más eficientes. Las rebajas son graduales:
- Si la casa tiene una certificación con la letra A, la rebaja será de un 20% en el IBI.
La que tenga una calificación B, recibirá una bonificación de hasta el 16%.
Si la calificación es C, puede llegar al 12%.
Las viviendas con la letra D en su certificación energética tendrán una rebaja máxima del 8%.
Si solo han conseguido la calificación E, la bonificación es del 4% del IBI.
Las casas con letras F y G, o sin certificado, no podrán solicitar ninguna rebaja.
4. ¿Qué debo presentar para beneficiarme del descuento?
Para beneficiarse de la bonificación que le corresponda, el propietario de un inmueble debe acreditar que su vivienda posee el certificado energético y presentarlo ante el ayuntamiento de su localidad. No todos los hogares tienen esta evaluación, ya que la actual legislación solo establece como obligatoria la realización de esta prueba para viviendas nuevas o las usadas que se hayan puesto en venta o alquiler.
5. ¿Qué puedo hacer en casa para subir el grado de eficiencia?
Según la estadística de certificación energética que elabora el Ministerio de Industria, solo un 0,1% de los hogares españoles con certificado energético tiene una calificación A. Así que solo ellos se beneficiarían de un 20% de rebaja en el IBI, es decir, una cantidad ínfima de propietarios.
Con los descuentos del 16% (B) y el 12% (C) en el IBI, pasa algo parecido: solo un 0,6% de los contribuyentes tiene una vivienda con letra B y un 3,4% con la C. Una de cada diez casas con certificado posee la letra D, según el registro, y la mayor parte de las viviendas, un 46%, podrá obtener una reducción del 4%, pues tienen la calificación E.
Pero ¿es posible hacer más eficiente el hogar y mejorar esa «nota»? Se puede, pero para ello es preciso realizar obras, y hay muchos ciudadanos que no las harán solo para obtener una mínima rebaja en el IBI. Sí compensa a quienes ya tienen planeado hacer reformas en casa, pues pueden subir su calificación gastando un poco más de lo pensado en un principio. Si mejoran el cristal de una vivienda al cambiar las ventanas (unos 300 euros) y colocan una caldera de condensación y un termostato modulante (rondan los 400 euros las dos cosas), una casa con certificado F podría pasar a tener calificación C.
La escala diseñada por el Ministerio de Industria fija siete niveles, que van de la letra A (que indica más eficiencia) a la G (menos eficiencia). Para establecer qué letra se le asigna a un inmueble, se utiliza una fórmula que tiene en cuenta las emisiones anuales de CO2 y el nivel de consumo en calefacción, refrigeración, agua caliente e iluminación.
La norma determina que esta calificación energética es obligatoria para los edificios de nueva construcción, así como para los inmuebles que se quieran vender o arrendar. Así, el certificado debe entregarse al comprador o arrendatario.