Adquirir una vivienda de protección oficial en España es una batalla sin tregua. Nunca antes, aseguran los expertos, fue tan difícil encontrar un piso protegido. Anualmente se construyen en el país cerca de 500.000 viviendas, de las cuales sólo un 7% tiene subvención pública. Esta circunstancia, sumada a los elevados precios de las viviendas libres, limita las posibilidades de los usuarios a la hora de obtener una casa barata. No obstante, es más fácil hacerse con un piso de protección oficial en propiedad que uno en alquiler, pues las ayudas estatales y autonómicas están encaminadas a fomentar la compra y los alquileres sociales son cada vez más escasos.
El 10% de los pisos es de alquiler
El de la vivienda es uno de los asuntos que más preocupa a los ciudadanos españoles y a los extranjeros residentes en este país. Tan complicado es el panorama que en la pasada campaña para las elecciones municipales y autonómicas del 25 de mayo la vivienda se convirtió en uno de los temas estrella y arrancó de los partidos políticos numerosas promesas y buenos propósitos.
Las cifras señalan que anualmente se construyen en el país unas 500.000 viviendas. En 2002 el dato que maneja la Junta Central del Colegio de Arquitectos de España habla de 578.000 unidades, de las cuales sólo 44.000, es decir, el 7,7% gozaba de subvención pública. Ello explica, en parte, las aglomeraciones que con frecuencia se producen en ayuntamientos y comunidades cada vez que se presentan promociones de viviendas ya sea en alquiler o en propiedad.
Para hacerse una idea basta decir que en Madrid se registraron en noviembre del pasado año 30.200 peticiones telefónicas de cita previa para 1.125 pisos cuyo precio oscilaba entre los 60.000 y los 120.000 euros. En esta región hay unas 33.000 personas en espera de encontrar una vivienda pública. En Valencia, según denunció el pasado enero el candidato del PSOE a la alcaldía de esa ciudad, Rafael Rubio, sólo el 8% de las viviendas que se han construido en los últimos años son protegidas. Y en el territorio nacional, según la Confederación de Cooperativas de Vivienda de España, 300.000 personas esperan ansiosas una vivienda barata. De hecho, el 60% de los demandantes de vivienda quiere que ésta sea protegida.
En Sevilla, por ejemplo, una promoción de viviendas de alquiler en una de las zonas más privilegiadas de la ciudad contó con 2.503 solicitudes para sólo 218 pisos. Una vivienda de 70 metros cuadrados salía por 130 euros al mes. Un privilegio para pocos. Y en Barcelona, por cada piso público se presenta una media de 20 solicitudes. Según cifras de 2002, sólo el 6,9% de las viviendas construidas en Cataluña fueron de protección social.
La situación en materia de vivienda se traduce, según Fernando Sánchez, responsable de esta área en el sindicato UGT de Madrid, en una oferta escasa y en una demanda cada vez mayor. Alfonso Vázquez Fraile, de la Confederación de Cooperativas de Vivienda de España asegura, como Sánchez, que la oferta de vivienda pública es más que limitada. “Esperemos que a partir de ahora se cumplan todas las promesas del Gobierno destinadas a incentivar la promoción de viviendas en régimen de alquiler”, señala.
Sánchez y Fraile coinciden en que, dadas las circunstancias, resulta mucho más fácil para un usuario optar a una vivienda en propiedad que a una en alquiler. La razón es sencilla: prácticamente no hay promociones de alquileres sociales. En España sólo el 10,5% de los pisos se halla en régimen de alquiler, frente al 54% de la Unión Europea. Esta escandalosa diferencia sólo refleja la cara más negativa del boom inmobiliario que atraviesa España.
Desde la Asociación Profesional de Gestores de Cooperativas, Agecovi, su portavoz, Francisco López, destaca cómo año tras año han disminuido las promociones de vivienda pública. A finales de los años 80, recuerda López, el 50% de las viviendas que se construían eran de protección oficial. La cifra, entonces, se fijaba en unos 110.000 ó 150.000 pisos protegidos frente a los 30.000 ó 40.000 que de promedio se construyen ahora. “Las administraciones no han hecho nada para fomentar la vivienda pública en este país. Curiosamente, el discurso es que mientras subía la vivienda, subía la riqueza. Nosotros reclamamos una intervención más decidida de las administraciones para otorgar suelos para vivienda protegida”, afirma López.
Ni siquiera los promotores inmobiliarios lo tienen fácil a la hora de levantar pisos de precio protegido. La Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid, Asprima, denunció el año pasado que el precio que la Comunidad de Madrid establecía para los pisos protegidos (unos 100.000 euros en promedio) resultaba demasiado “barato”, por lo que, al final, algunos promotores tenían que cobrar un dinero extra en negro para así poder compensar la diferencia entre el coste del suelo y de la construcción.
Cada comunidad es independiente
Para optar a una Vivienda de Protección Oficial es necesario reunir varios requisitos. Actualmente, según explican desde la confederación española de consumidores y usuarios, todas las comunidades autónomas tienen planes de construcción de vivienda protegida que están sujetos a varios factores que van desde el color político, la situación económica de la región y elementos demográficos. El Gobierno central también ha establecido un plan de vivienda de Protección Oficial, aunque desde la oposición, los sindicatos y asociaciones de usuarios se reclama su total cumplimiento.
En lo que respecta a las condiciones, éstas apenas varían de una comunidad a otra. A una Vivienda de Protección Oficial, explica la CECU, pueden optar personas físicas integradas en unidades familiares o no; mayores de edad o menores emancipados que no estén incapacitados para tener obligaciones civiles y que residan o trabajen en el municipio donde solicitan su vivienda. Los ingresos no pueden superar las 5,5 veces el salario mínimo interprofesional que en 2003 se ha establecido en 451,20 euros. Es decir, no más de 15.025,30 euros anuales por persona, unos 2.500.000 de pesetas.
Entre las condiciones también se establece que quien opte a una vivienda protegida no puede poseer otra de similares características. Sólo se debe destinar el piso a residencia habitual y permanente y se debe ocupar en un plazo máximo de tres meses desde la entrega de las llaves. Una condición importante es que la vivienda no podrá traspasarse dentro de un plazo delimitado por la institución pública que la promueva ni tampoco sin solicitar la respectiva autorización. En casos así será necesario devolver el importe de las subvenciones que se hayan recibido.
Por lo general los ayuntamientos y comunidades, así como el Ministerio de Fomento, recomiendan a los usuarios informarse muy bien de las condiciones de la oferta que se presenta al público. Las promociones aparecen reflejadas en los medios de comunicación y en los boletines oficiales de los órganos competentes. Una vez se ha estudiado con detenimiento la oferta, es conveniente acudir a la consejería o consistorio respectivo para obtener el impreso oficial.
El proceso de solicitud, según explican desde el Ayuntamiento de Madrid, es de un mes, aunque dependerá de cada comunidad. Ante la avalancha de peticiones se ha establecido un sistema de citas previas. Una vez se cierra el plazo de inscripción, el Consistorio publica una lista de admitidos y rechazados, previo estudio de sus solicitudes. Cuando se da a conocer la lista, aquellos que han quedado fuera disponen de diez días para hacer las alegaciones que estimen oportunas. Después, y siempre previo acuerdo del Consejo de Administración de la entidad ofertante, se publica la lista definitiva.
La Empresa Municipal de la Vivienda, organismo dependiente del Ayuntamiento de Madrid, recuerda que en la fase de adjudicación entran en juego diversos factores. Se trata de los llamados baremos, que en muchos casos son determinantes cuando de adquirir una vivienda de protección oficial se trata. Tales baremos tienen que ver con las condiciones del solicitante. Es decir, si tiene una familia numerosa, (pareja con tres hijos o pareja con dos hijos, uno de los cuales es discapacitado); si es menor de 35 años; si vive de alquiler, si tiene cargas familiares no compartidas o bien si ha sufrido maltrato conyugal, entre otros.
Siempre y cuando se cumplan todos los requisitos necesarios, a los aspirantes se les otorga la vivienda mediante sorteo ante notario, cuando se han dado muchos expedientes con la misma puntuación y a través de la puntuación directa en función de los baremos establecidos. “Realmente es una lotería, porque por lo general se combinan una serie de circunstancias especiales. Es posible que si eres muy pobre y tienes cuatro hijos te concedan la casa”, señala Sánchez.
Ayudas oficiales en función de los ingresos
El Ministerio de Fomento ha establecido unas ayudas inscritas en el plan de vivienda 2002-2005 que, entre otras cosas, pretenden ayudar a los ciudadanos en la compra de una vivienda protegida. La cantidad asignada depende, en todos los casos, de los ingresos familiares y las circunstancias que rodean a esas personas. Las ayudas directas están destinadas a familias con ingresos no superiores a 3,5 veces el salario mínimo interprofesional. También se establecen ayudas para jóvenes. En total, los menores de 35 años pueden recibir 3.000 euros, las familias numerosas 4.200 y las que se hallan en situación especial, es decir, con discapacitados o personas mayores entre sus miembros, hasta 900 euros.
La Confederación Española de Consumidores y Usuarios asegura que en materia de vivienda “se reciben muchas más consultas que reclamaciones”. Los consumidores preguntan sobre los baremos económicos, las condiciones para acceder a las viviendas de protección oficial y en general sobre los criterios que establecen las administraciones. Una de las quejas generalizadas tiene que ver con los baremos en materia económica. Muchos consumidores aseguran que las condiciones que a veces se exigen los dejan prácticamente al límite, lo cual consideran “injusto”.
Las denuncias, dicen desde la CECU, son más bien pocas. Ello se debe a que el simple hecho de trasladar las reclamaciones a otras instancias puede acarrear la pérdida de la concesión del piso. Los usuarios también protestan por la calidad de las viviendas, la escasez de metros cuadrados (no más de 90 metros) o la falta de tiempo para presentar solicitudes.
Cuando se va a presentar una solicitud para vivienda protegida, ésta debe ir acompañada del DNI del interesado, así como de los mayores de edad que viven con él, el libro de familia, el certificado de empadronamiento, los documentos que acrediten los ingresos de la familia y una declaración de no haber sido adjudicatario de vivienda de protección oficial o pública.