“Tenemos los informes pertinentes para adaptar los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al sistema de regulación y ya se ha hablado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia”, anunciaba. Pese a ser una medida que muchos profesionales de la salud y la alimentación (dietistas-nutricionistas, pediatras, endocrinos…) llevaban años reclamando, la noticia causó un enorme revuelo.
La sorpresa se mezclaba con el desconocimiento de lo que son los perfiles nutricionales y con la confusión de una parte de la población que entendió que se iban a prohibir ciertos productos, cuando se trata solo de limitar su publicidad, no la venta, y solo en el caso de que se dirija expresamente a menores de 16 años, por ejemplo, en los horarios infantiles de televisión o en las redes sociales, páginas webs o aplicaciones dirigidas al público infantil y adolescente. Esto incluiría también la publicidad encubierta que hacen algunos youtubers, influencers o streamers patrocinados por productos poco saludables, como snacks o bebidas energéticas.
Asimismo, se deja margen a las empresas para que voluntariamente establezcan su propia autorregulación, siempre que suponga una protección superior a la norma.
¿Qué son los perfiles nutricionales?
Para atajar el creciente problema de la obesidad infantil, la Organización Mundial de la Salud, junto a las autoridades sanitarias europeas, presentó en 2015 la propuesta de los perfiles nutricionales. Los definió como “la ciencia de clasificar los alimentos según su composición nutricional por razones relacionadas con prevenir la enfermedad y promover la salud”.
Los alimentos habituales en la cesta de la compra de los hogares se distribuyen en 17 categorías y, en cada una de ellas, se especifica qué porcentaje máximo de nutrientes críticos (grasa total, grasas saturadas, azúcares añadidos, azúcares totales, edulcorantes, sal y aporte calórico) pueden llevar por cada 100 gramos para que se puedan publicitar a los menores.
El objetivo inicial de los perfiles nutricionales es determinar un límite a partir del cual un alimento no se considera saludable y, por esa razón, se prohíbe su publicidad dirigida de forma específica al público menor de 16 años. En ningún caso se prohíbe su venta ni su publicidad para adultos.
Según esta estrategia de la OMS, no hay problema con la publicidad de frutas y verduras frescas, pero se cierra el paso sin paliativos a las mermeladas, bebidas energéticas, fruta en almíbar o los helados. En el caso de los yogures, panecillos y colines o los cereales de desayuno sí se establecen límites en ciertos nutrientes.
Perfiles nutricionales: un documento con adaptaciones a cada país
El documento de la OMS es, en cualquier caso, un marco y la Unión Europea no ha regulado de forma unitaria para todos los países miembros. De ahí que cada país pueda adaptarlo a su cultura o peculiaridades de su población. Portugal, por ejemplo, no cierra la puerta a ninguna categoría y para todas establece límites nutricionales.
“Que no haya un criterio estandarizado podría llevar a incongruencias, como que unas patatas fritas con un determinado porcentaje de sal no puedan publicitarse en Alemania, pero sí en Portugal. Sin olvidar que hay industrias productoras muy potentes en cada país que pueden influir en los valores máximos, como la del queso en Francia o la del jamón en España. Es uno de los riesgos que veremos si Europa no regula pronto, porque cada país amolda su regulación como mejor cree”, apunta Alba Santaliestra, presidenta del Colegio de Dietistas Nutricionistas de Aragón.
➡️ Cómo se aplican los perfiles nutricionales en España
La propuesta del ministro Garzón determina qué categorías de productos no podrán hacer publicidad en horario infantil “independiente del contenido de nutrientes”.
- La primera categoría es la de chocolates, chucherías, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.
- En la siguiente se encuentran los productos de pastelería, como bollos, pasteles o galletas dulces.
- Tampoco se podrán publicitar zumos, bebidas energéticas y helados. Da igual que estén enriquecidos con vitaminas y minerales. No se podrán anunciar.
Para el resto de categorías se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. Se podrán anunciar siempre y cuando los nutrientes críticos se mantengan por debajo de los límites establecidos para cada producto. El tecnólogo de los alimentos Miguel Ángel Lurueña lo resume así: “Hay categorías premium, a las que obviamente corresponden los alimentos saludables, como la fruta, los pescados o los huevos. Por otra parte, hay categorías ‘malditas’, como las bebidas energéticas, los chocolates o los productos de pastelería”.
El objetivo es salvaguardar la correcta nutrición de una población que aún no tiene formada su educación nutricional y que pide ciertos alimentos a sus padres por motivos emocionales. También protege a los progenitores de reclamos publicitarios confusos. Es el caso de las galletas o los cereales de desayuno con mucho azúcar, pero a los que se añaden vitaminas o minerales y se promocionan como que “alimentan como un bistec”.
➡️ Cuáles son los nutrientes críticos
Hay alimentos que no figuran en la lista por motivos obvios, como las bebidas alcohólicas. No es casual: el consumo de alcohol está prohibido a menores de 18 años, como también lo está su publicidad en horario infantil.
Otros, como los yogures, pueden estar en la lista roja o en la de alimentos permitidos, según sea su composición. “Por ejemplo, para los yogures se muestra unos límites de 2,5 % de grasa, 2 % de grasas saturadas, 0,2 % de sal y 10 % de azúcares totales. Esto quiere decir que los yogures con mucha cantidad de azúcares añadidos difícilmente podrían publicitarse”, explica el tecnólogo de los alimentos Miguel Ángel Lurueña.
Esta medida pone el foco en aquellos productos que en principio son saludables, pero a los que se añaden ingredientes que los convierten en bombas hiperazucaradas, altas en grasas o ultrasaladas. Es el caso de los yogures, que contienen de forma natural un 4,5 % de azúcares procedentes de la leche, pero pueden superar el 12 % en el caso de los azucarados.
Por otro lado, se corta el paso a alimentos nada saludables por su altísimo contenido en nutrientes críticos, pero que parecen beneficiosos al añadir minerales y vitaminas. En este grupo estarían los batidos de chocolate azucarados, pero enriquecidos con calcio y vitaminas.
➡️ ¿Por qué se pone en marcha ahora?
El concepto de perfiles nutricionales no es nuevo ni se trata de una iniciativa aislada surgida del Ministerio de Consumo español. Países europeos como Portugal, Irlanda o Noruega ya los han integrado en sus regulaciones. En España es la primera vez que se aborda abiertamente el tema.
Alma Palau, presidenta del Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas, recuerda que la Comisión Europea aprobó los perfiles nutricionales “nada menos que en 2006, pero realmente se han puesto en marcha a raíz del informe emitido en 2020 por la estrategia ‘Del campo a la mesa’, que ponía de relieve la importancia y necesidad de implementarlos”.
Para Alma Palau, “el retraso en poner en marcha los perfiles nutricionales se debe a la presión de parte de la industria alimentaria, que no espera nunca a que le digan cómo debe hacer las cosas. Prefieren adelantarse a proponer modelos. Cuentan con equipos científicos, pero se quedan siempre con la parte que empresarialmente les interesa más, dejando de lado los aspectos que les benefician menos”. Políticos, distribuidores y hasta los pequeños productores tampoco lo han visto como una prioridad. En cualquier caso, “no es un tema fácil de resolver, ni hay que esperar una respuesta rápida”, apunta la dietista-nutricionista.
Demasiados anuncios dirigidos a menores
Los niños de corta edad pasan muchas horas ante el televisor. Un estudio publicado en 2019 en Obesity Reviews y realizado en 22 países muestra que el 23 % de todos los anuncios de televisión están relacionados con alimentos o bebidas. De todos ellos, la presencia de los productos que la OMS considera que no deberían ser objeto de publicidad es cuatro veces mayor que la de productos permitidos.
Los datos empeoran si solo se miran las franjas horarias dirigidas a audiencia infantil, con un 35 % más de alimentos poco recomendables, sobre todo, refrescos y otras bebidas azucaradas, chocolates y productos de confitería, cereales para el desayuno, pasteles y galletas.
El estudio arroja otro dato muy revelador: las 10 empresas del sector de la alimentación con más presencia en los anuncios analizados son signatarias de la Alianza Internacional de Alimentos y Bebidas (IFBA), un compromiso a escala internacional por una publicidad responsable. Esto demuestra que los códigos de autorregulación voluntarios no se cumplen.
El gancho de la publicidad de alimentos menos saludables
Muchos alimentos poco recomendables y de consumo ocasional son agradables al paladar y fáciles de comer. Se venden bien y dan pie a campañas publicitarias llenas de mensajes felices. “Cuando un niño ve en un anuncio de cereales de desayuno a un deportista de élite o a un influencer que entrena, sale con sus amigos, vive en una casa estupenda y es feliz, resulta complicado explicarle que ese alimento es hiperazucarado, que no es saludable y que es muy probable que ni siquiera lo incluya en su desayuno habitual”, destaca Pablo Ojeda, dietista y miembro de la Sociedad Española de Obesidad (SEEDO).
También seduce a las familias y aprovecha su deseo de dar lo mejor a sus hijos para que compren alimentos poco recomendables. “No es fácil convencer a ese padre que solo ve y escucha en el anuncio cómo esos cereales llevan todas las vitaminas que su hijo necesita para crecer de que lo que tiene ante los ojos es todo, menos saludable”, recalca Ojeda.
Prohibir la publicidad en esas franjas horarias o en los contenidos de los youtubers evita parte de las consecuencias negativas para la salud de los niños, “pero no termina de resolver un problema de base: el reclamo de ‘enriquecido en hierro o calcio’ suele tener más fuerza que la advertencia de que es alto en grasas o azúcares”, advierte el dietista-nutricionista.
La persistencia de este tipo de productos en los soportes publicitarios evidencia el fracaso del código de autorregulación PAOS vigente desde 2005. Su artículo 23 establece que “los mensajes publicitarios de alimentos o bebidas no deberán promover o presentar hábitos de alimentación o estilos de vida poco saludables tales como comer o beber de forma inmoderada, excesiva o compulsiva”.
Las empresas firmantes no solo se comprometían a su cumplimiento, sino al pago de sanciones de entre 6.000 y 180.000 euros si incurren en infracciones. Desde entonces, los casos de anuncios en los que los niños comen de forma exagerada este tipo de alimentos han sido constantes, pero Autocontrol apenas ha recibido una treintena de reclamaciones.
Alimentos protegidos que se libran de la regulación
Los perfiles nutricionales, no obstante, contemplan dos excepciones que sí podrían publicitarse independientemente de su composición nutricional. Son los productos incluidos en una Denominación de Origen Protegida (DOP) o una Indicación Geográfica Protegida (IGP). De esta forma, no podrían publicitarse magdalenas, pero sí sobaos pasiegos (DOP) o tarta de Santiago (IGP).
La solución divide a los nutricionistas. Alma Palau se posiciona a favor. “Esta exención es probablemente razonable y adecuada, porque son sellos o certificados de calidad. Los perfiles nutricionales pueden ser muy similares a otros productos alimentarios de producción industrial, pero su alcance geográfico y poblacional es mucho menor. Además, el proceso de elaboración puede ser también de mucha mayor calidad. Y hablamos de patrimonio cultural, tradición, historia…”, opina Palau.
En este sentido, Alma Palau se suma a otros dietistas-nutricionistas al afirmar que no se puede pretender atajar el problema de la obesidad infantil solo regulando los perfiles nutricionales. “Hay que acompañarlo con campañas de educación y alfabetización alimentaria”, concluye.