Contención de pacientes

La necesidad de contención mecánica de un paciente deriva del estado de agitación que ponga en peligro su integridad física y la de los que le rodean
Por Montse Arboix 2 de enero de 2006

Por contención física o mecánica se entiende la utilización de mecanismos para restringir el movimiento de una parte del cuerpo o de su totalidad con el fin de evitar situaciones que pongan en situación de peligro al mismo paciente o a otras personas. Pero para el profesional de la salud, cuya intervención se basa en el respecto a la persona, a su salud y seguridad, intervienen aspectos legales y éticos que debe considerar.

Desde el punto de vista ético, la contención física o mecánica de un paciente es una medida de urgencia que se debe utilizar como último recurso frente a una situación de agitación, que además de poder provocar una autoagresión, logre imposibilitar el programa terapéutico como es la retirada de sondas, tubos endotraqueales o drenajes, entre otros. Es imprescindible asegurar tanto el buen cumplimiento de las normas como de los principios éticos de toda actuación con el paciente. Sobre todo en estos casos donde se requiere una especial sensibilización de los profesionales, no sólo en relación con el procedimiento técnico, sino a la cuidadosa indicación, a la información adecuada al paciente y a su familia y al seguimiento del paciente.

Prevención

Existen medidas generales que podrían evitar, al menos en parte, los episodios violentos. La misma enfermedad y el ingreso hospitalario ya son razones suficientes para presentar cierto grado de estrés emocional que dependerá de los propios recursos de la persona para adaptarse en mayor o menor medida a la nueva situación. Todo ello puede muy bien ser un factor que predisponga a presentar un cuadro de agitación. Factores ambientales como tiempos excesivos de espera y fallos burocráticos pueden desencadenar reacciones descomedidas en pacientes susceptibles. Para determinados pacientes como los ancianos o los que sufren algún tipo demencia, sólo el cambio del entorno habitual puede provocar una pérdida de capacidad para desarrollar un pensamiento de forma clara y coherente.

La misma enfermedad y el ingreso hospitalario ya son razones suficientes para presentar cierto grado de estrés emocional

Mantener una actitud de escucha solícita y abordaje verbal para intentar suplir las carencias puede ayudar a reponer el equilibrio perdido. En muchas ocasiones, mediante la eliminación de ciertos estímulos ambientales y conductuales, o facilitando la ejecución de respuestas compatibles con la agitación o alternativas (realizar alguna actividad física, llamar por teléfono…) se pueden disminuir las posibles reacciones agresivas o violentas.

Aspectos éticos y legales

Expertos en deontología del Col·legi Oficial d´Infermeria de Barcelona acaban de presentar un documento con las consideraciones éticas y legales que se derivan de la contención física y mecánica de los pacientes. Según los expertos barceloneses, la contención física no se ha de aplicar nunca como medida de castigo o control, cuando exista alguna contraindicación, por comodidad del equipo asistencial o como sustitución de algún tratamiento. Siempre hay que valorar si existe la posibilidad de opción alternativa como el abordaje verbal o la administración de medicación, entre otras. En cualquier caso, el profesional de enfermería valorará la necesidad de inmovilización física y explicitará en la historia clínica del paciente el riesgo, la planificación y la evaluación del episodio.

Según el mismo documento, se informará al propio paciente de la necesidad del procedimiento para que dé su consentimiento o, en el caso de que no esté capacitado para decidir, se consultará con los familiares o personas vinculadas. Además, los elementos usados para tal fin deberán ser los adecuados y homologados, con las propiedades pertinentes en relación a medida, textura y presión. Aún cuando esté justificada una contención física hay que respectar unos principios éticos que van desde la autonomía, la justicia, el principio de beneficencia (hay que asegurarse que los beneficios superan el perjuicio), el derecho a la intimidad y la vulnerabilidad y el alto nivel de dependencia que presentan los pacientes con contención mecánica, lo que requiere una atención superior por parte de los profesionales sanitarios.

Desde el punto de vista legal, cualquier intervención dentro del ámbito sanitario sólo puede llevarse a cabo si la persona afectada ha dado su libre consentimiento después de haber recibido información comprensible que incluya objetivos, beneficios y riesgos, y en el supuesto que no esté capacitado para la toma de decisiones, la Ley General de Sanidad obliga a obtener el consentimiento de familiares o personas vinculadas.

AGITACIÓN PSICOMOTORA

La agitación psicomotora es un estado de excitación extrema con aumento de la tensión e irritabilidad. Una agitación extrema puede ocasionar confusión, hiperactividad y hostilidad total. La agitación puede aparecer repentina o gradualmente, puede durar sólo unos minutos, semanas o meses y se puede incrementar a causa de dolor, estrés y fiebre. Normalmente, por sí sola, puede no tener mucha trascendencia clínica, pero acompañada de otros síntomas puede dar pistas de un estado patológico. El control de la conducta permite disminuir los riesgos que conlleva su alteración pero también realizar una aproximación diagnóstica y psicopatológica.

La agitación psicomotora se divide según sean sus causas de aparición. La agitación orgánica o síndrome confusional agudo se produce por la acción de tóxicos o en el curso de enfermedades médicas, en el que el síntoma clave es la alteración del nivel de conciencia. Su instauración es aguda y el curso fluctuante, con empeoramiento nocturno. Pueden aparecer alucinaciones visuales e ideas delirantes. El paciente que presenta este tipo de agitación suele estar sudoroso, inquieto y presenta signos como fiebre, taquicardia, ataxia y taquipnea, entre otros. También se puede dar en personas con ciertos tipos de demencia con múltiples déficits cognitivos. Normalmente el paciente carece de antecedentes psiquiátricos aunque suele tener antecedentes médicos que actúan como factores predisponentes.

La agitación psiquiátrica corresponde básicamente a patologías como esquizofrenia, trastornos delirantes y psicóticos, en la fase maníaca del trastorno bipolar, y un seguido de trastornos no psicóticos como los provocados por ansiedad, por estrés postraumáticos y trastornos de personalidad, entre otros. La agitación mixta es una crisis secundaria al consumo de una o más sustancias psicotropas como alcohol, alucinógenos, anfetaminas, cannabis, cafeína, cocaína, fenciclidina, inhalantes, nicotina, opiáceos, sedantes, hipnóticos o ansiolíticos; aún cuando hayan sido prescritas por el médico. Los trastornos mentales y de comportamiento derivados del consumo van desde la intoxicación no complicada hasta cuadros psicóticos y de demencia notorios.

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