Cientos de organizaciones no gubernamentales (ONG) trabajan en nuestro país. Su actividad se reparte en tareas de desarrollo, medio ambiente, ayuda a grupos marginados u otras. ¿Cómo saber que cuentan con capacidad suficiente para llevar a cabo los objetivos que se plantean? Un marco legal controla la actividad de estas entidades, analizadas de manera “objetiva y rigurosa” por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).
Imagen: John Spooner
Las ONG están controladas. Varias normas regulan los diferentes aspectos de su actividad. Marcan los derechos y obligaciones de las entidades y permiten a los ciudadanos contar con un instrumento que les dé garantías de fiabilidad. La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) elabora desde 2005 un listado de ONG calificadas. En la actualidad, 36 organizaciones han obtenido este reconocimiento, aunque las ONG inscritas superan con creces esta cifra.
Pasos para obtener la calificación
La Resolución de 22 de abril de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, establece el procedimiento para que las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) obtengan esta calificación. También regula su revisión tres años después.
Las organizaciones interesadas en este título son sometidas a «una valoración objetiva y rigurosa», mediante la cual prueban que reúnen las aptitudes oportunas para lograr determinados objetivos de desarrollo generales, en colaboración con la AECID. Por este motivo, es un requisito imprescindible para acceder a las convocatorias de subvenciones.
Las entidades deben haberse constituido, al menos, ocho años antes de la fecha de presentación de la solicitud
Las condiciones generales exigen que las entidades se hayan constituido, al menos, ocho años antes de la fecha de presentación de la solicitud. Deben carecer de fines de lucro, estar inscritas en el Registro de ONGD, tener una experiencia mínima de seis años en intervenciones de cooperación para el desarrollo (24 intervenciones, por lo menos 12 de ellas con financiación de la AECID), haber gestionado un monto mínimo de 16 millones de euros en este tipo de intervenciones y haber auditado las cuentas anuales.
Hay excepciones. La ONGD especializadas sólo pueden solicitar la calificación correspondiente en su especialidad. En cuanto a los requisitos, se les exige un mínimo de ocho intervenciones en los últimos ocho años (al menos seis con financiación de la AECID) y haber gestionado un monto igual o superior a seis millones de euros.
Las solicitudes se descargan en la propia página web de AECID y se dirigen a esta institución. Deben acompañarse de la documentación que acredite la constitución de la ONGD y sus Estatutos, junto con la memoria de actividades, la relación de intervenciones de cooperación y las cuentas anuales de los últimos ocho ejercicios cerrados. Es imprescindible estar al día en todos los pagos y adjuntar un listado del personal cooperante, con lugar de destino y fechas de incorporación y cese. Con todo este material, la AECID analiza la capacidad financiera, de recursos humanos y operacional de la entidad, y le notifica su resolución en un plazo máximo de seis meses.
Revisión
El reconocimiento de ONGD calificada no es vitalicio, debe renovarse cada tres años. Con esta periodicidad, la AECID revisa la persistencia o modificación de las circunstancias que permitieron la concesión de este título. El procedimiento de revisión se inicia de oficio. Se comunica a la organización correspondiente y, en el plazo de un mes, ésta debe remitir las cuentas anuales, los informes de auditoria y el listado del personal de plantilla y cooperante de los tres últimos ejercicios cerrados.
La AECID cuenta con un mes para revisar los documentos aportados y comunicar a la entidad si mantiene la acreditación, se suspende o se revoca. Si fuera necesario realizar más comprobaciones, iniciará la segunda fase del proceso de renovación, que incluye la visita de representantes de la Agencia a la sede de la ONGD para examinar nuevos documentos.
Si al final del proceso se certifica que la entidad cumple los requisitos, mantendrá la acreditación como ONGD calificada. Si en caso contrario ésta se suspende, la organización no podrá concurrir a nuevas convocatorias de convenios con la AECID por un plazo mínimo de un año y un máximo de tres.
Para mantener la acreditación de ONGD calificada es necesario obtener al menos 36 de los 60 puntos que concede la AECID. El control es exhaustivo. Se analizan 19 criterios correspondientes a los tres últimos años. Se valoran el porcentaje medio de ingresos aplicado a fines sociales, el incremento de socios o donantes, la difusión de misión, visión y valores, la planificación estratégica, los métodos de transparencia, el cumplimiento del código de conducta, la gestión de calidad y proyectos, y el seguimiento de convenios.
Para mantener la acreditación hay que obtener al menos 36 puntos
Otros aspectos que se etudian son los relacionados con el trabajo diario: actividad en terreno y del personal cooperante, adhesión al seguro colectivo de cooperantes de la AECID, solicitud por parte de esta institución de la devolución de las subvenciones concedidas, realización de campañas de sensibilización y educación para el desarrollo, participación en plataformas de cooperación al desarrollo, relaciones con socios en los países de intervención y relaciones con la sociedad. En el plano económico, se analiza la contabilidad y la prudencia financiera. Se profundiza así en todos los aspectos relevantes que aseguran la capacidad de la organización para desarrollar su actividad en condiciones óptimas.