El aumento de la población con un grado significativo de exceso de peso se ha convertido en una epidemia que afecta, de forma especial, a los países desarrollados. Desde diferentes perspectivas se han abierto varios frentes legales a un único problema, la obesidad. El tratamiento se asemeja a los procedimientos instados contra las empresas tabaqueras.
Los países desarrollados tienen un grave problema de sobrepeso. El número de ciudadanos que padecen esta epidemia del siglo XXI ha ido en aumento en los últimos 40 años. Y es que como ponen en evidencia ciertos estudios, no estamos tan sólo ante una cuestión que afecta directamente a la salud pública, sino que también incide en las economías de cada uno de los países afectados.
Desde diferentes ámbitos se han alzado voces que consideran necesario regular la obesidad como una enfermedad crónica, a fin de definir e intensificar aquellas medidas necesarias para su prevención y tratamiento, entre la que cabe destacar aquélla destinada a impulsar la información nutricional en las Comunidades Autónomas, los centros escolares, la red asistencial y entre los ciudadanos, en general. No han faltado tampoco, quienes al amparo de la ley, han reclamado contra determinadas empresas de la industria alimentaria por considerarles responsables de su obesidad. Ni quienes reclaman la protección de uno de sus derechos fundamentales, como es «el comer, beber y disfrutar de los placeres de la vida». La cuestión tiene tintes parecidos a los que se libraron hace unos años con el tabaco.
Unos datos de envergadura
El porcentaje de obesidad en Estados Unidos se ha duplicado en los últimos 30 añosLa obesidad como problema es una cuestión muy reciente; tiene apenas cien años. Los Institutos Nacionales de Salud (NIH, en sus siglas inglesas) norteamericanos llevan evaluando su evolución de forma regular desde que, en la década de los 90, el sobrepeso ha alcanzado dimensiones de epidemia. No en vano, Estados Unidos es uno de los países con una situación más preocupante.
De acuerdo con uno de los estudios que analiza la evolución del fenómeno, entre 1960 y 1962, el porcentaje de obesos se situaba alrededor del 12,8%, y el de personas con sobrepeso en un 43,3%. Veinte años después, las cifras ascendieron hasta situarse en el 14,5% y el 46%, respectivamente. A mediados de la década de los 90, la cifra de obesos llegó al 22,5% y la de sobrepeso al 54,4%. La conclusión no podía ser más negativa: el incremento de obesos en los Estados Unidos se había duplicado en los últimos treinta años. En la actualidad, el 60% de los 285 millones de ciudadanos estadounidenses padece sobrepeso.
Las causas, según refieren diversos informes, son los malos hábitos nutricionales asociados a la ingesta de lo que se reconoce como «comida basura». Sin embargo, el sobrepeso de la población no es un tema particular de los norteamericanos. En Latinoamérica las cifras de población con sobrepeso tienen especial relevancia en Uruguay con un 62,50%, Argentina con un 57,80%, Colombia con un 53,00% y Chile con un 46,90 %.
España no es diferente
A mediados del año 2000 se presentó en España un estudio sobre los costes económicos y sociales de la obesidad en nuestro país, así como sus patologías asociadas, realizado por el Gabinete de Estudios Sociológicos Bernard Krief. Según el citado estudio, algo más de dos millones de personas, entre 35 y 60 años, padecen esta enfermedad, afectando en un 58% a las mujeres, y en un 42% a los hombres.Las previsiones de futuro, si no se pone remedio, pueden ser muy preocupantes, si nos atenemos a las predicciones efectuadas por los responsables del citado Gabinete, y en las que se estimaba que en un futuro cercano un tercio de la población padecería esta patología. La OMS ya advirtió que para el año 2030 la mitad de la población europea podría estar afectada por la obesidad. Un problema de salud pública muy generalizado, que además, afectará a nuestra economía. En el año 2000, según puso de relieve el citado estudio, el número de personas obesas suponían un coste sanitario de unos 2.320 millones de euros.
La ley de la obesidad
Los datos obtenidos en los distintos estudios epidemiológicos preocupan tanto a las autoridades públicas, como a los especialistas en obesidad y trastornos alimentarios. Este hecho ha sido clave para que algunos países buscaran una legislación apropiada sobre la materia que, además, reconociera abiertamente, a quien padece de obesidad o sobrepeso, unos derechos que le permitieran acceder a beneficios sociales. La fórmula, el reconocimiento de la obesidad como enfermedad crónica.Los primeros pasos firmes, a nivel legislativo en nuestro país, se dieron hace bien poco, en el año 2002, cuando fue aprobada en el Senado la moción presentada por el senador por Tenerife, Juan Antonio García-Talavera, por la que solicitaba al Gobierno que estudiase el tema de la obesidad, a fin de adoptar todas aquellas medidas que fueran necesarias para su prevención y tratamiento, al considerar que se trataba del principal problema nutricional.
Como antecedentes más próximos, fuera de nuestras fronteras, debemos remitirnos, por un lado, a la Norma mejicana aprobada en 1998 para el «manejo de la obesidad», por la que se considera a este trastorno (incluyendo al sobrepeso como un estado premórbido) como una enfermedad crónica caracterizada por el «almacenamiento en exceso de tejido adiposo en el organismo, acompañada de alteraciones metabólicas, que predisponen a la presentación de trastornos que deterioran el estado de salud, asociada en la mayoría de los casos a patología endocrina, cardiovascular y ortopédica principalmente y relacionada a factores biológicos, socioculturales y psicológicos, de etiología multifactorial».
Por su parte, en el IV Congreso Latinoamericano de Obesidad y Trastornos Alimentarios, reunido en Buenos Aires en septiembre de 1999, tras calificar a la obesidad como «una epidemia global» de fin de siglo, se reclamó una ley específica donde se otorgaran beneficios sociales para la población obesa y pensiones para aquellos pacientes con trastornos alimentarios.
Más recientemente, a principios de diciembre de 2003 – y tras el intenso debate entre científicos, grupos de ciudadanos, organismos federales, aseguradoras y farmacéuticas sobre si la obesidad no debiera en realidad ser declarada una enfermedad- el Senado de Estados Unidos aprobó un proyecto de ley con el objetivo principal de promover la buena alimentación, ayudar a resolver trastornos alimentarios y a fomentar la costumbre del ejercicio físico. Una decisión que podría permitir que millones de personas que necesitan tratamiento para sus problemas de peso tuvieran una respuesta adecuada, ya fuera de índole económica o sanitaria.
Los potenciales perjudicados por obesidad en un país como Estados Unidos, son muchos, unos 171 millones de ciudadanos. La posible responsabilidad de la industria alimentaria por el aumento de peso de un sinfín de «perjudicados» ha determinado a las autoridades norteamericanas -ante la avalancha de demandas que se iban detectando- a poner coto a los pleitos contra compañías y restaurantes de comida rápida, a fin de pedir compensaciones económicas por obesidad. El argumento oficial no es otro de que cada uno es responsable de lo que elige para comer.
De momento, los que en su día fueron instados por personas afectadas de sobrepeso u obesidad, no han tenido demasiado éxito. La línea marcada por sus defensas recuerda bastante a las batallas legales contra las tabacaleras. Es más, alguno de sus abogados había participado en alguno de los procedimientos librados contra éstas. En alguno de estos últimos casos, se han presentado denuncias contra diferentes cadenas de comida rápida por no advertir en sus productos del contenido «dañino» de determinadas sustancias, como grasas o azúcares, exigiendo un etiquetado nutricional correcto que advierta además de los posibles riesgos para la salud del consumidor, como así hace actualmente el tabaco.
Algunas asociaciones de consumidores apuntaron indicaciones para el «día de acción de gracias» de 2003, aconsejando a sus asociados (en tono sarcástico) que se protegieran contra las posibles acciones judiciales que, en su caso, podrían instarle los abogados de las personas que había invitado a su casa, con las siguientes advertencias sobre la comida que se les había preparado:
- Falta proporcionar información alimenticia detallada.
- Falta advertir de la posibilidad de comer en exceso porque el alimento que prueba pueda ser demasiado bueno y se proporciona sin ningún coste.
- Falta ofrecer alternativas más sanas o vegetarianas.
- Falta información sobre otros lugares que ofrecen alternativas más sanas para el «día de acción de gracias».
- Falta advertir que la carne oscura tiene más grasa que la carne blanca.
- Falta advertir que el comer puede ser causa de obesidad.
Con el traslado de esta información, y una vez firmada, el anfitrión podía quedar tranquilo; el comensal había renunciado a cualquier reclamación que pudiera derivarse de una falta de conocimiento de estas circunstancias, especialmente, la que hacía referencia a la obesidad.