Los productos que ofrecen las máquinas expendedoras de comida (en particular, las que se encuentran al alcance de los niños en los centros educativos) contienen en muchas ocasiones excesivas grasas, azúcares o sal. En consecuencia, dificultan que los pequeños “puedan tener una alimentación equilibrada y, por ello, saludable”, tal como recomienda el ‘Documento de consenso sobre la alimentación en los centros educativos’, coordinado en 2010 por los Ministerios de Educación y Sanidad. ¿Qué alimentos incluyen estas máquinas y cuáles deberían incluir? ¿Cómo se regula su contenido? ¿Qué normativas y estudios existen al respecto? El siguiente artículo da respuesta a estas preguntas.
Máquinas que venden comida: compromisos y carencias
Existen datos preocupantes. En los países donde las máquinas expendedoras se ubican de forma frecuente en las escuelas, el 20% de los niños toma más de cuatro bebidas azucaradas al día, algo que se traduce en casi un kilo de azúcar semanal. Es por ello que resulta necesario controlar la ubicación y la oferta de dichas máquinas, como bien detalló un artículo de EROSKI CONSUMER, publicado en 2009. Ahora, un nuevo estudio se suma a las evidencias que apuntan a un mayor control de este tipo de máquinas para prevenir la obesidad infantil.
El Ministerio de Sanidad y Consumo (MSC) firmó en el año 2005 un acuerdo de colaboración con la Asociación Nacional Española de Distribución Automática (ANEDA), que incluía, entre otros, los siguientes compromisos:
- Se evitará ubicar máquinas expendedoras en aquellas zonas donde puedan tener fácil acceso a ellas los alumnos de enseñanza infantil y primaria.
- Se eliminará la publicidad de las máquinas para no incitar al consumo de determinados productos, que debe ser sustituida por adhesivos con mensajes que promocionen una alimentación saludable.
- Se creará una ‘Guía de buenas prácticas’ para aquellos operadores que actúen en centros de enseñanza, que indicará qué productos se deben fomentar en las máquinas de alimentación ubicadas en los centros de enseñanza y cuáles sería bueno no fomentar.
- Se elaborará y diseminará la ‘Guía para una nutrición adecuada en los centros de enseñanza a través de máquinas vending‘.
- Las máquinas incluirán productos que favorezcan una alimentación equilibrada (agua mineral, bebidas con bajo contenido en azúcar, frutas, etc.), en detrimento de aquellos con un alto contenido en sal, azúcar o grasas.
Este tipo de compromisos se conocen como convenios de autorregulación. Varios investigadores consideran que esta clase de convenios, en el ámbito de la alimentación, son tan ineficaces y contraproducentes como los firmados por las industrias del tabaco y del alcohol. De hecho, una revisión sistemática de la literatura científica recién publicada en la revista Obesity reviews confirma que los códigos voluntarios de regulación de la publicidad dirigida a niños (firmados por la industria alimentaria), no garantizan la disminución de la propaganda de alimentos que «socavan las dietas saludables».
Sea como fuere, en 2008 (tres años después de la firma del documento), dos investigadores españoles, Miguel Ángel Royo-Bordonada y María Ángeles Martínez-Huedo evaluaron el estado de la cuestión. Para ello tomaron como punto de partida la ciudad de Madrid. Los resultados de su investigación se acaban de publicar (julio de 2013) en la revista Gaceta Sanitaria, en un artículo cuyo título habla por sí solo: «Evaluación del cumplimiento del convenio de autorregulación del sector de máquinas expendedoras de alimentos y bebidas en las escuelas de primaria de Madrid, España, en 2008».
En el estudio, los autores evaluaron todas las escuelas de Madrid. Accedieron de forma personal a todas las que tenían máquinas expendedoras de comida y anotaron sus características: grado de accesibilidad a las máquinas por parte de los niños, productos ofertados, anuncios o declaraciones de salud en las máquinas. Además, entrevistaron a los responsables de la escuela. Las principales conclusiones de su investigación son estas:
- Ninguna de las escuelas que tenía máquinas reportó conocer el acuerdo antes mencionado.
- La mayoría de estas máquinas no cumplieron con las normas del acuerdo en cuanto a su ubicación, los mensajes publicados en ellos, o el valor nutricional de las opciones ofrecidas.
- Todas las máquinas estaban en escuelas privadas. Así pues, el acuerdo se cumple en las escuelas de educación primaria, aunque solo en las públicas. No obstante, como dicho acuerdo no hizo referencia a las escuelas de secundaria (es decir, dejó abierta la puerta para que en ellas sí se pudiera ubicar estas máquinas), no extraña que una de cada tres escuelas públicas de educación secundaria sí cuente con esta clase de máquinas.
Según Royo-Bordonada y Martínez-Huedo, la firme defensa de los códigos de autorregulación por parte de la industria alimentaria no solo no aporta beneficios para la salud pública, sino que se puede interpretar como una estrategia para evitar recomendaciones legislativas más estrictas. Las ganancias económicas que reporta la venta de alimentos ricos en calorías dificulta, según estos autores, la defensa de los intereses de la salud pública por parte de las industrias de alimentos y bebidas. La lucha contra la epidemia de obesidad, concluyen, requiere regulaciones gubernamentales que exijan que todos los alimentos y todas las bebidas disponibles en las escuelas cumplan con criterios nutricionales saludables.
En esa misma línea, la Resolución del Parlamento Europeo de 25 de septiembre de 2008 recoge una importante recomendación del Libro Blanco ‘Estrategia europea sobre problemas de salud relacionados con la alimentación, el sobrepeso y la obesidad’: se debería dejar de vender en los centros educativos «alimentos y bebidas con alto contenido en grasas, sal o azúcar y con pobre valor nutricional».