Para que el agua potable llegue al hogar es necesario que la instalación sea correcta. En concreto, el suministro de agua a cualquier edificio requiere una acometida, instalación interior general, contador e instalación interior particular, tal como se recoge en las Normas básicas para las instalaciones interiores de suministro de agua.
Acometida. La acometida es la tubería que une la instalación general interior de un inmueble con la tubería de la red de distribución. Sus características se fijan de acuerdo a la presión del agua, el caudal suscrito, el consumo previsible, la situación del inmueble y los servicios previstos. Además, dispone de unas llaves de maniobra, que son:
Instalación interior general. La normativa vigente establece que la instalación interior general del edificio ha de ser realizada por un instalador autorizado por el departamento correspondiente de una comunidad autónoma o por las ciudades de Ceuta y Melilla. En cuanto a las partes de la propia instalación, obliga a que ésta disponga de un tubo de alimentación que enlace la llave de paso del inmueble con los contadores o contador general.
Contadores. Cuando se instalen «contadores divisionarios» -que miden los consumos particulares de cada abonado-, estos se colocarán al final del tubo de alimentación, mientras que si se recurre a un contador general -que mide la totalidad de los consumos producidos en el edificio-, se situará «lo más próximo posible a la llave de paso, evitando, total o parcialmente, el tubo de alimentación». En ambos casos, es preferible alojar los contadores en un armario y, sólo en situaciones excepcionales, «debidamente justificadas», descansarán en una cámara, bajo el nivel del suelo.
Instalación interior particular. También ha de realizarse por un instalador autorizado. Consta de un tubo ascendente o montante, que une la salida del contador con la instalación interior particular; una llave de paso instalada sobre el tubo ascendente para que cada abonado pueda cerrar su instalación particular; una derivación particular para dificultar el retorno del agua; y una derivación del aparato, que conecta la derivación particular o una de sus ramificaciones con el aparato correspondiente.
Por otro lado, para garantizar el suministro en los aparatos domésticos, cada uno de ellos debe recibir, con independencia de los demás, unos caudales instantáneos mínimos. Estos caudales son los siguientes:
- Lavabo 0,10 l/s
- Bidet 0,10 l/s
- Sanitario con depósito 0,10 l/s
- Bañera 0,30 l/s
- Ducha 0,20 l/s
- Fregadero 0,20 l/s
- Office 0,15 l/s
- Lavadora 0,20 l/s
Por su parte, los fluxores exigen caudales comprendidos entre 1,25 y 2 l/s. No obstante, según la normativa, su aplicación en instalaciones domésticas “requiere una atención especial” por recurrir a unos caudales muy superiores a los de los restantes aparatos. También la refrigeración o acondicionamiento de aire necesita caudales elevados.
En todos los casos, es conveniente que las tuberías discurran empotradas en la pared, forradas en macarrón azul para el agua fría y en rojo para el agua caliente. No obstante, si no fuera posible, podrían instalarse en el exterior de la pared, siempre que la nueva conducción sea segura, resista posibles golpes y se coloque en un lugar discreto como, por ejemplo, la parte superior del rodapié.