Los bancos ya no podrán recibir la doble comisión que algunos cobraban a sus usuarios por utilizar el cajero automático para sacar dinero. El efecto más inmediato es que, a partir de ahora, los titulares de una tarjeta no tendrán que abonar estas tasas a las entidades propietarias de los cajeros sino que, por el contrario, podrán hacerlo a los emisores de los “plásticos”. Además, ahora también existe un tope: una cuantía máxima de la que no podrán excederse. En este artículo aporta todas las claves para comprender cómo afectará el fin de la doble comisión por retirar efectivo de los cajeros automáticos.
¡Fin de la doble comisión por sacar dinero!
Las dobles comisiones desde los cajeros automáticos ya no podrán ser cobradas a los usuarios bajo ningún aspecto. Como consecuencia de la medida que ha sido aprobada por el Gobierno español, la pantalla de los cajeros además deberá informar del importe máximo que podrán cobrar por sacar dinero. Pero, ¿esto significa que no habrá que pagar ninguna tasa por la retirada de efectivo? Por desgracia no. La entidad propietaria del dispositivo no podrá cobrarla al usuario, pero sí quien emite la tarjeta y, como resultado final, podrá cargársela al cliente.
El fin de la doble comisión es una medida que, aunque ya ha sido aprobado, cuenta con un periodo de transición que durará hasta enero de 2016, fecha en la que las entidades tendrán que indicar al cliente qué hacer con esta operación, si anotársela o no, y bajo qué cantidades.
De cualquier forma, los bancos que durante este año aplicaban la doble comisión han decidido eliminarla de su estrategia comercial (Santander, BBVA y La Caixa). Esto supondrá que a partir de ahora habrá una mayor unificación en los criterios como consecuencia de esta disposición gubernamental.
En tarjetas de crédito y débito
Ahora queda comprender cuáles son las diferencias que se tendrán que tener en cuenta para sacar dinero, en función de si se utiliza una tarjeta de crédito o de débito. Porque, en efecto, cuando se emplea la primera de ellas, se contempla que la entidad emisora del «plástico» pueda cobrar un importe adicional a la comisión, que estará vinculado con la concesión del crédito, aunque sin superar la cuantía que hasta ahora aplicaban los bancos propietarios de los cajeros.
Los titulares de una tarjeta a débito, por el contrario, saldrán más beneficiados por este cambio en la tarificación de las comisiones bancarias. Esto es así debido a que las extracciones de efectivo cargadas a cuenta solo se verán repercutidas con la comisión satisfecha al propietario del dispositivo automático, que procederá de la entidad emisora, pero en ningún caso con otra comisión o gasto adicional.
¿Cómo lo notarán los usuarios?
Este modelo supone un cambio sustancial con respecto al antiguo sistema, que se basaba en que los dueños de los cajeros se cobraban entre sí 0,65 euros por operación. Pero, al final, el cliente pagaba más por su extracción, debido a que el emisor de su tarjeta le cobraba una segunda comisión.
El principal efecto sobre los usuarios de este medio de pago es la eliminación de varias comisiones por el mismo servicio, evitando duplicidades, aunque sin fijarse un límite por la misma. Como alternativa para abonar menos dinero por estas operaciones, siempre quedará el recurso de buscar un cajero de su propia entidad financiera.
La desaparición de la doble comisión en los cajeros automáticos no supondrá la anulación de estas tasas, que se cobrarán como se venía haciendo hasta ahora en las tarjetas. No obstante, su cuantía dependerá de la red a la que pertenezca el cajero en el que se formaliza la operación. Ante esta situación, lo más aconsejable es evitar los de otras redes ajenas al “plástico” del usuario, ya que sus comisiones siempre serán más altas, y si es posible, utilizar los de la propia entidad, que permitirán que se realice de forma gratuita en las disposiciones a débito.
En la actualidad, hay tres redes de cajeros: Euro 6000, 4B y ServiRed. En cualquiera de ellas, es obligatorio que éstos informen a los usuarios de la comisión y los gastos de la operación antes de que se realice, para que pueda ser aprobada, o no, por el titular. Y, en caso de desarrollarse en cajeros pertenecientes a la entidad emisora de la tarjeta, indicarán el importe exacto de la comisión y los gastos o si no, de la comisión máxima que podría cobrar la entidad emisora de la tarjeta (la cantidad exacta depende de lo pactado en el contrato entre el cliente y la entidad emisora).