Las fechas importantes siempre se marcan en el calendario: cumpleaños, reuniones, consultas médicas, vacaciones… Por eso, ¡no se debe olvidar apuntar la cita con Hacienda! Este año hay que presentar la Declaración de la Renta correspondiente a los ingresos percibidos en 2015. La campaña comenzó el 6 de abril. Desde ese día, y hasta el 30 de junio en que termina, hay varias fechas clave que se deben tener en cuenta, pues resultarán de gran ayuda al elaborar y entregar la Declaración. En las siguientes líneas se puede consultar el calendario completo de la Renta 2015.
6 de abril: comienza la campaña de la Renta 2015
Desde que el pasado 6 de abril arrancara el plazo para presentar la Declaración de la Renta de los ingresos que cada ciudadano percibió en 2015, ha pasado más de un mes. Habrá quien ya lo haya hecho (e incluso haya recibido en su cuenta la devolución tras rendir cuentas con Hacienda) y quien aún esté en ello… ¡No pasa nada! El plazo para presentarla es hasta el 30 de junio y, hasta entonces, hay tiempo. Aunque conviene estar atentos a algunas fechas que pueden resultar de interés, como la posibilidad de entrega presencial o el fin del periodo para ingresar si sale a pagar.
Desde el 4 de mayo: petición de cita previa
Si se necesita ayuda para cumplimentar la Declaración, se puede solicitar cita previa para que el personal de la Agencia Tributaria eche una mano al contribuyente. Y es posible hacerlo desde el pasado 4 de mayo hasta el 29 de junio. La petición se puede realizar por Internet o llamando a los siguientes teléfonos: 901 22 33 44 y 91 553 00 71.
¿Quiénes pueden pedir cita previa para la Declaración de este ejercicio fiscal? La pueden solicitar los contribuyentes que no tengan rentas del trabajo superiores a 65.000 euros, ni rentas del capital mobiliario mayores de 15.000 euros. También pueden hacerlo, si no realizan actividades económicas en régimen de estimación directa y si no han hecho más de dos transmisiones patrimoniales. Si se quiere solicitar la ayuda del personal de Hacienda, tampoco se puede tener más de un inmueble arrendado ni rentas derivadas de regímenes especiales, excepto imputaciones de rentas inmobiliarias.
10 de mayo: empieza la atención presencial
Los profesionales de Hacienda que ayudan con la Declaración de la Renta comenzaron a atender a los ciudadanos el pasado 10 de mayo. Desde ese día se puede presentar la Declaración de manera presencial (en papel), con independencia de su resultado: a ingresar, a devolver o declaraciones negativas. También se puede presentar desde ese día en las entidades colaboradoras con la Agencia Tributaria (sucursales bancarias, etc.).
25 de junio: límite para las declaraciones domiciliadas
En las declaraciones que salen a ingresar (a pagar), si se opta por realizar el pago mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación de la Declaración tiene cinco días menos que el resto de declaraciones. Así pues, termina el 25 de junio.
29 junio: último día pedir cita previa
Aunque conviene no dejar las cosas para el último día, si no queda más remedio, el 29 de junio será el último día para pedir cita previa. Un día después termina el plazo de presentación de la Renta 2015.
30 de junio: fecha límite y fin de campaña
El plazo de presentación de la Declaración de 2015 finalizará el 30 de junio, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver y las negativas.
7 de noviembre: último día para pagar el segundo plazo
Quienes deban ingresar a Hacienda porque su Declaración ha salido a pagar y hayan pedido hacerlo en dos plazos, tienen un límite para efectuar el abono. El último día para poder realizar el pago del segundo plazo de la cuota del IRPF de 2015 es el 7 de noviembre de 2016.
Las devoluciones se iniciaron a las 48 horas de abrirse el plazo para presentar las declaraciones. En poco más de un mes, la Agencia Tributaria ha devuelto ya más de 1.430 millones de euros a 2.247.000 contribuyentes.
Hacienda tiene un plazo de seis meses para efectuar las devoluciones, siempre que no encuentre alguna incidencia en la Declaración que se le entregue. En general, no tarda más de un mes en completar la devolución y si los trámites se realizan por Internet o tan solo se confirman los datos que la Administración tiene en su poder, lo habitual es que las devoluciones sean muy rápidas.