Quienes hayan tenido suerte en la Lotería de Navidad o el sorteo de El Niño podrán empezar el nuevo año con unos cuantos euros más en su cuenta corriente. Pero hay que tener cuidado en el caso de que el número agraciado se hubiera comprado entre varios compañeros, familiares o amigos. Si se han ganado más de 2.500 euros, como se explica en este artículo, es aconsejable cobrar el premio a través de las entidades bancarias e identificar a todas las personas con quien se comparta el décimo, con el fin de evitar problemas con Hacienda.
Cobran el premio todos los ganadores
Cada vez es más frecuente compartir un décimo entre varios amigos, compañeros de trabajo, peñas o familiares que juegan a partes iguales un mismo número, unas veces para ahorrar unos cuantos euros y otras para jugar más números. Si se ha tenido la suerte de resultar agraciado con un premio como el Gordo o El Niño, y este es superior a 2.500 euros, hay que llevar a cabo ciertas acciones para no verse perjudicado. No en vano, puede haber castigos fiscales si solo hay un cobrador, que luego reparte los beneficios entre los otros afortunados.
Conviene cobrar el premio a través de entidades bancarias e identificar a todas las personas con las que se comparta el décimo
En este sentido, la Asociación de Asesores y Gestores Tributarios (ASEFIGET) aconseja a quienes resulten premiados con más de 2.500 euros que cobren el premio a través de las entidades bancarias y que se identifique a todas las personas con las que se comparta el décimo, y no solo a una persona, como con frecuencia hacen los miembros de las peñas por su desconocimiento de la normativa fiscal. Si no se identifica a todos los partícipes, el responsable de depositar el billete ganador podría tener problemas de tipo fiscal.
Lo que hay que hacer es llevar el décimo al banco e identificarse con el Documento Nacional de Identidad; pero hay que hacerlo por cada una de las personas beneficiarias de ese premio. La entidad bancaria se encargará después de facilitar a la Agencia Tributaria esa información, y no puede haber ocultación sobre quiénes son los afortunados.
¿Qué pasa si esto no sucede? Si solo es cobrado por una persona, el organismo fiscal podrá entender que el reparto del premio es una donación, y podrá recaerle un impuesto adicional por este concepto, con lo que sus ganancias serían menores, mientras que sus compañeros de juego no tendrían ningún tipo de problemas en sus obligaciones fiscales.
Otros problemas en el cobro
Cuando se comparta un premio con un grupo de amigos o una peña, el importe se dividirá entre el número de personas que lo compartan. Es decir, si el premio del décimo es de 10.000 euros y está compartido por dos personas, cada uno cobrará 4.000 euros tras las oportunas retenciones.
Si el premio no llega a 2.500 euros, no hay que declararlo bajo ninguna circunstancia, ya que queda libre del impuesto, y tampoco hay que declararlo en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas.
Si el premio no llega a 2.500 euros, no hay que declararlo bajo ninguna circunstancia
Además, los ganadores de un premio deben identificarse para el cobro del mismo. Y todo ello por una razón muy sencilla: el impuesto puede tener diferentes consecuencias según se sea residente, no residente o sociedad, con un tratamiento fiscal diferente en cada caso.
Cuando el premio supere el importe exento, la entidad pagadora está obligada a identificar a los ganadores, con independiencia de que haya sido compartido o no. Se realizará a través de un documento en donde los agraciados deberán comunicar todos sus datos para que el pagador pueda declarar a Hacienda todos los ganadores (compañeros de peña) de los premios abonados superiores a 2.500 euros.
Por otra parte, para cobrar un premio solo se admitirán los documentos originales (décimos), y nunca participaciones o fotocopias del original, ya que no tienen ninguna validez.
Los afortunados que tengan premiado su décimo con más de 2.500 euros tendrán que conocer que cuando retiren sus ganancias se les descontará el importe equivalente del impuesto y le abonarán el resto del premio. Pero al llevar tan poco tiempo este impuesto en circulación, no es raro que los beneficiarios de algún premio se pregunten si tendrán que declararlos en la próxima declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas.
Al habérseles descontado las retenciones, ya no tendrán que hacerlo, ni tampoco podrá descontarse la retención del premio en sus obligaciones fiscales. Por otra parte, los premios no se incluirán en la base imponible del IRPF.
No obstante, todo ello quedará inhabilitado para los jugadores que tengan premios inferiores a 2.500 euros.