El pago de viajes, restaurantes y otra clase de consumos entran en los gastos de las tarjetas B, tan controvertidas en estos momentos, tras conocerse que numerosos directivos han abusado de este medio de pago. Como se explica en las siguientes líneas, estas tarjetas se conceden al cuerpo directivo y personal altamente cualificado de las grandes empresas, con el fin de que disponga de una línea de liquidez para gastos de representación vinculados a acciones que realice en beneficio de la compañía, y cuentan con un límite muy amplio, que puede rebasar los 100.000 euros.
Uso poco ético de las tarjetas B
La tarjetas B son concedidas por las propias empresas a su personal directivo o más cualificado para que pueda disponer de dinero para gastos de representación, pero, como ha sucedido con algunos directivos de la cúpula de Caja Madrid, a veces se utilizan para fines no vinculados con la actividad de la entidad.
Se puede hacer uso del crédito de estas tarjetas para pagar los gastos que genere el desempeño de un cargo
Se puede hacer uso del crédito generado en la tarjeta para pagar actividades que tengan que ver con su trabajo o función en la compañía u organismo público. Así, los gastos de desplazamiento, la reserva en alojamientos hoteleros, la factura de las comidas y, en definitiva, todos los desembolsos que genere el desempeño de su cargo son admitidos como parte de su representación.
Pero uno de los problemas es que los cargos titulares de estas tarjetas no tienen limitaciones. Y, de este modo, se han usado incluso para hacer la compra doméstica, adquirir artículos de lujo (joyas, ropa, obras de arte…) o viajar a destinos exóticos. Además, estas tarjetas permiten retirar efectivo en los cajeros automáticos sin ninguna clase de justificación. Todo ello puede ser el indicio real de estar ante -como mínimo- una actuación poco ética y reprobable por parte de sus usuarios. Tampoco la empresa ha creado ningún mecanismo para el control de los gastos de las personas que recibieron una tarjeta de estas características.
Sin embargo, en la mayoría de los casos, es muy complicado probar el empleo irregular de las tarjetas y, menos aún, una posible infracción o delito fiscal. El motivo principal es la dificultad para preparar una relación detallada de los gastos o disposiciones de efectivo durante los últimos años (antes de que prescriban los posibles delitos en que pudiesen incurrir sus titulares) y separar qué han sido gastos de empresa y cuáles han sido para uso particular.
¿Pago en negro?
Otro aspecto controvertido en la utilización de las tarjetas B es que puede constituirse como un pago en dinero negro, si no es declarado de manera correcta, cometiendo la consiguiente infracción fiscal. Y es que estas cantidades deben figurar como retribución en especie para que todo el proceso se desarrolle conforme a la legalidad vigente.
No conviene confundir estos diseños en B con las tarjetas de empresa, “plásticos” que tienen asignado un límite de crédito mensual, del que se resta el importe de cada operación que se efectúa con la tarjeta. Por lo general, las operaciones realizadas se liquidan cada mes contra el depósito de ahorro de la compañía. Normalmente se emplean para sufragar los gastos que tienen que ver con la propia empresa (comidas, viajes, transportes, alojamientos, etc.) y de las que pueden ser titulares los directivos o empleados que considere oportuno la dirección, desde los más cualificados hasta los escalafones intermedios.
Esta estrategia es utilizada con cierta frecuencia desde el sector privado para concentrar todos los gastos de representación en un solo instrumento de pago.