Verano, Navidad y los periodos de rebajas son las épocas del año en que más objetos se extravían. Las prisas y las aglomeraciones hacen que, en ocasiones, sea fácil dejarse olvidada, por despiste, alguna pertenencia en una estación de tren o de autobús, en el aeropuerto, en un taxi o en plena calle. Según la ley, quien encuentra un objeto extraviado tiene el deber de restituirlo a su dueño. Para poder llegar a recuperar estos artículos, hay diversos lugares donde depositarlos: las áreas de atención al cliente de las empresas de transporte, las oficinas de objetos perdidos y las dependencias de la Policía Local de cada municipio. En el siguiente artículo se indica cómo hacerlo.
Dónde se entregan los objetos encontrados
Aunque la mayoría de los objetos que se pierden van a parar a las manos de quien los encuentra, la ley no permite esta manera de proceder. De hecho, el artículo 253 del Código Penal estipula que será castigado con la pena de multa de tres a seis meses quien, con ánimo de lucro, se apropia de un objeto perdido o de dueño desconocido, siempre que su valor exceda de 400 euros. Además, según el artículo 615 del Código Civil, quien localiza un objeto debe restituirlo a su anterior poseedor. Si este no es conocido, hay que consignarlo de inmediato en poder del alcalde del municipio donde se ha producido el hallazgo.
En vacaciones, aumenta el número de objetos extraviados en aeropuertos y estaciones de tren y autobús
Los ciudadanos que, de buena fe, recogen un artículo que han encontrado, deben entregarlo a la policía o, bien, en las oficinas de objetos perdidos de la localidad de que se trate. La mayoría de estos artículos son recogidos y custodiados por los ayuntamientos, empresas de transporte y compañías aéreas. También es habitual que tanto los usuarios del transporte público como los taxistas descubran objetos extraviados.
Como norma, cuando se deja un artículo en la oficina de objetos perdidos, hay que hacer constar en un documento el nombre de la persona que lo encontró, así como la fecha y hora de la entrega, el lugar donde se halló y otros datos precisos. Además, conviene quedarse con una copia que refrende quién ha hecho el depósito.
En el momento en el que se hace la entrega un artículo perdido a una oficina municipal, se realiza un registro informático del objeto en cuestión. Si contiene algún tipo de información por la que se puede averiguar quién es su propietario, se comunica con él para que acuda a recogerlo. En caso de que el dueño sea de una comunidad autónoma distinta, si así lo desea y con los gastos de envío a su cargo, se le remite por correo. Cuando se trata de personas extranjeras, los artículos pueden mandarse a la embajada o al consulado correspondiente.
Dónde se recogen los objetos perdidos
Las estaciones de tren, autobús y metro y los aeropuertos ponen a disposición de los usuarios sus oficinas de atención al cliente donde se almacena una gran cantidad de artículos extraviados. Asimismo, los ayuntamientos cuentan con dependencias de objetos perdidos, que se encuentran en las jefaturas de la Policía Local.
Si el artículo que llega a la oficina de objetos perdidos tiene información para poder averiguar quién es su propietario, se le comunica que puede acudir a recogerlo
Guantes, paraguas, bufandas, gorros, chaquetas, abrigos, equipajes, mochilas, apuntes, teléfonos móviles, toallas, sombrillas y gafas son los artículos más comunes, según la temporada, que llenan los estantes de las oficinas de objetos perdidos, así como las numerosas bolsas con regalos que se extravían en la época navideña. Sin embargo, otras cosas más extrañas, como maletines con dinero, relojes de oro, muletas, sillas de ruedas, dentaduras postizas y hasta bombonas de oxígeno también se custodian en estas dependencias.
En función del lugar donde se haya perdido el objeto, los ciudadanos deben acudir a:
- Los departamentos de objetos perdidos de las empresas municipales de transportes o de transportes metropolitanos para los extravíos en autobuses urbanos.
Las oficinas de atención al cliente de las estaciones ferroviarias, metro, autobuses y coches de línea, cuando la pérdida se produjo en el transporte público terrestre.
La compañía aérea correspondiente o la oficina de información de AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea), cuando el extravío tuvo lugar en un avión o en un aeropuerto.
Las dependencias de objetos perdidos del ayuntamiento de que se trate, ubicadas en la jefatura de la Policía Local, donde se entregan de manera periódica los artículos no reclamados en los anteriores apartados. Allí se almacenan objetos procedentes de la vía pública, taxis, museos, almacenes, etc.
La Brigada de Extranjería de la Policía Nacional, cuando el artículo extraviado es documentación extranjera.
Requisitos para la retirada de objetos
Cuando se acude a las dependencias de la Policía Local en busca de un objeto perdido, los agentes solicitan una descripción del mismo, además de preguntar la fecha aproximada y el lugar donde se extravió.
- Para poder retirar un objeto de estas instalaciones, el dueño debe acreditar la propiedad del artículo y presentar su DNI o el pasaporte.
También puede sacarlo una persona autorizada. Para ello, debe presentar su DNI o pasaporte en vigor, además de la autorización escrita del propietario y una fotocopia del DNI o pasaporte en vigor de este.
Todos los meses, en el Tablón de Edictos o en el Boletín Oficial del ayuntamiento de cada municipio, se publica una relación genérica de los artículos que han tenido entrada en la oficina de objetos perdidos en el mes correspondiente. A modo de ejemplo, en febrero de 2012, la Oficina de Objetos Perdidos del Ayuntamiento de Madrid tenía en custodia 92.533 artículos, de los que 52.317 habían entrado en 2011 y 40.216 en 2010.
Los objetos perdidos en las dependencias
Si transcurridos dos años nadie reclama el bien, quien lo encontró tiene derecho a quedárselo
Una vez que el artículo extraviado se encuentra en las instalaciones de objetos perdidos, pueden ocurrir dos situaciones: que su propietario aparezca o que nadie se presente para recogerlo.
Si el propietario del objeto aparece
- Cuando el propietario recoge su pertenencia, se le envía una notificación a la persona que lo llevó en su día a la oficina para que sepa que el objeto se ha devuelto y se le explica que tiene derecho a una recompensa.
Según el artículo 616 del Código Civil, quien encuentra un objeto tiene derecho a ser premiado con la décima parte del valor de dicho artículo, si este se tasa en menos de 12,02 euros. Si su valor es superior a esta cantidad, la retribución será de la vigésima parte de su precio. Aunque el Código Civil recoge el derecho a recibir una recompensa por parte del propietario y a favor de quien ha encontrado el objeto, esta costumbre ya no se practica en muchos ayuntamientos.
Si su propietario no aparece
- El artículo 615 del Código Civil estipula que, cuando han transcurrido dos años y nadie ha reclamado el artículo extraviado, la persona que lo encontró y lo depositó en la oficina de objetos perdidos tiene derecho a quedárselo, si así lo desea. Aunque después aparezca su dueño, ya no podrá reclamarlo, por estar fuera de plazo.
En este sentido, una gran parte de los ayuntamientos envían una notificación oficial a la persona que encontró el objeto para que, en caso de que esté interesada, acuda a recogerlo en un plazo de 30 días, ya que la ley considera que le pertenece.
- El artículo 615 del Código Civil estipula que, cuando han transcurrido dos años y nadie ha reclamado el artículo extraviado, la persona que lo encontró y lo depositó en la oficina de objetos perdidos tiene derecho a quedárselo, si así lo desea. Aunque después aparezca su dueño, ya no podrá reclamarlo, por estar fuera de plazo.
Si nadie se persona para retirar el artículo de la oficina de objetos perdidos, se procede de la siguiente forma:
Se publica en el Tablón de Anuncios y en el Boletín del ayuntamiento correspondiente y el objeto sale a subasta pública.
El artículo se entrega a organizaciones benéficas.
Los alimentos o productos perecederos se donan a diferentes centros de beneficencia antes de que se estropeen.
Si el objeto no se puede conservar sin deterioro o requiere un mantenimiento, saldrá a subasta pública unos 22 días después de haberse entregado. Una vez vendido en pública subasta, el dinero recaudado queda en depósito a la espera de su dueño.