Solicitar un anticipo de la nómina en la empresa

Aunque no siempre se puede pedir un préstamo, todas las compañías cuentan con la posibilidad de anticipar parte de la nómina
Por EROSKI Consumer 11 de octubre de 2010
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Imagen: zi murg

Aunque los datos mejoran, la mejoría de la crisis aún no se nota entre los ciudadanos, por lo que son numerosas las familias que se encuentran con dificultades para llegar a fin de mes. Una buena solución para hacer más llevadero este problema puede ser solicitar a la empresa para la que se trabaja un préstamo o un anticipo del salario. En este reportaje se indica cómo hacerlo y también se señala que, aunque no siempre se puede pedir el primero, todas las compañías cuentan con la posibilidad de adelantar parte de la nómina a sus empleados.

Una solución desconocida

Llegar a fin de mes aún se hace cuesta arriba para miles de ciudadanos. Los bancos continúan sin «abrir el grifo» definitivamente, por lo que a veces es difícil salir de un apuro financiero puntual. Una posibilidad que no todo el mundo conoce es utilizar a la empresa para la que se presta servicio como fuente de financiación.

Puede hacerse de dos maneras:

  • Pedir un crédito. Ciertas compañías (no todas) conceden préstamos a sus empleados como medida para fidelizarles.

  • Solicitar un anticipo de la nómina por el trabajo que ya se ha realizado a lo largo de un determinado mes.

Solicitar un crédito

Algunas empresas, administraciones públicas u organizaciones tienen políticas de fidelización para aumentar la motivación de sus trabajadores. Y para ello elaboran paquetes de ventajas que brindan a sus empleados: guarderías, coches de empresa, etc. Entre ellas, cabe la posibilidad de otorgarles préstamos para poder hacer frente a gastos inesperados.

Según la política de cada compañía, hay diferentes parámetros para solicitar el dinero, pues no todos los trabajadores tienen las mismas facilidades para obtenerlos. En general, el importe del crédito depende de los años de servicio que tenga un empleado, de su antigüedad en la empresa. Otros factores que también son determinantes para lograr el préstamo son: el sueldo que percibe el demandante, el cargo que ocupa en la organización, el motivo para el cual va destinado y otros que considere convenientes la compañía.

El importe del crédito depende, en general, de la antigüedad del trabajador en la empresa

La empresa funciona, en estos casos, como un banco y, además de fidelizar a los empleados, su objetivo será tomar las precauciones necesarias a fin de no tener problemas para recuperar el dinero otorgado. Por ello, establece sus condiciones: límites en el número de meses en los que se debe devolver el dinero o en la cantidad que se presta (no superior a tres veces el sueldo mensual del trabajador). Si la persona cumple con los requisitos establecidos, debe rellenar un formulario que le facilitará el departamento de recursos humanos de la compañía y realizar la solicitud correspondiente.

Algunas cuestiones que se deben tener en cuenta, si se desea solicitar un crédito a la empresa son las siguientes:

  • La devolución organizada por cuotas. Una vez que la compañía concede el préstamo, hay que devolverlo a través de una serie de cuotas durante todos los meses que dure el mismo. El empleado ha tenido que pedir con anterioridad el importe total del crédito según su capacidad de pago y de acuerdo al tiempo que dispone para cancelarlo. Esta solicitud debe ser aprobada por la empresa. Las cuotas se descuentan a los trabajadores en las nóminas correspondientes a los meses siguientes.

  • ¿Cuándo se considera rendimiento en especie? Hay que tener cuidado con los préstamos que otorga una compañía a un empleado cuando el tipo de interés sea inferior al de mercado. En estos casos, la diferencia que haya entre el tipo de interés al que se firma el crédito y el de mercado, se entiende que es «rendimiento en especie». Por lo tanto, debe declararse en la correspondiente Declaración de la Renta.

  • Firma de un documento privado. Para materializar este tipo de préstamo, la empresa y el trabajador rubrican un contrato, que se formaliza a través de un documento privado entre ambas partes. En el mismo deben constar todas las condiciones del crédito. Este contrato se rige por el principio de «libertad de pactos» y en él tienen que quedar establecidas la forma de devolución del dinero prestado y los intereses correspondientes.

Anticipo a cuenta del salario

Es la segunda fórmula que tiene el empleado para obtener dinero de la compañía. Frente al crédito, que no puede solicitarse a cualquier empresa, todo trabajador tiene derecho a pedir un anticipo. Según la ley, tiene derecho a recibir, sin que llegue el día señalado para el pago, «los anticipos a cuenta del trabajo ya realizado».

No se establece la cuantía que se puede pedir, una cuestión que dependerá de lo dispuesto en los convenios colectivos de las distintas compañías o sectores. No obstante, en líneas generales, todos se rigen por una serie de características comunes:

  • Cantidad máxima que se puede solicitar: no se puede pedir el 100% del salario correspondiente al trabajo hecho, ya que ello podría causar problemas de tesorería en la empresa, si fuera una práctica generalizada entre sus empleados. La cantidad máxima es un tanto por ciento que se calcula respecto a los días ya trabajados.

    En algunos casos, se establecen unas cantidades máximas por encima de las cuales no se concederá el adelanto. Algunas compañías no otorgan anticipos por una cantidad superior a 3.000 euros.

  • Modalidad de la devolución: es habitual que los anticipos a cuenta del trabajo ya realizado se descuenten al trabajador en la nómina del mes siguiente al que se ha hecho efectivo.

    En otros casos, se establecen unas cuotas de devolución durante una serie de meses consecutivos, sin coste adicional alguno.

Limitaciones de la solicitud de anticipo

La solicitud del anticipo no puede hacerse de forma habitual por parte del empleado, ya que esta práctica supone una excepción del régimen general sobre el momento de la liquidación del salario. Por esta razón, algunos convenios determinan que la concesión de anticipos puede verse limitada por una serie de condiciones.

Puede ocurrir que los trabajadores, que en el plazo de presentación de solicitudes aún estén en proceso de devolución de otro anticipo concedido con anterioridad, no puedan pedir adelantos.

Otros convenios limitan los supuestos de petición a la realización por parte del trabajador de gastos extraordinarios o a necesidades urgentes y justificadas, como la compra de vivienda, traslado, fallecimiento de un familiar, nacimiento de un hijo, etc.

Tipos de anticipos

Lo más habitual es solicitar un anticipo a cuenta por el trabajo ya realizado. Sin embargo, hay otras dos modalidades de adelantos:

  • Anticipos a cuenta de convenio: están recogidos en los procesos de revisión de convenios colectivos de empresas o sectores. Estos anticipos se ejecutan mediante una previsión del incremento salarial que fijará el nuevo convenio o la revisión salarial del vigente, de modo que empieza a abonarlo desde que se inicia esa nueva negociación o desde que pierde vigencia el anterior convenio. Todo ello, sin perjuicio de las diferencias que deban abonarse cuando no sea idéntica la previsión de incremento salarial pagado a cuenta y el pactado al final.

  • Anticipos a cuenta de los atrasos: algunos convenios también contemplan ciertas reglas sobre el abono con efecto retroactivo de los atrasos derivados de la demora en el acuerdo sobre incremento salarial o sobre revisiones automáticas en función del crecimiento del IPC.

Modelo de formulario para pedir un anticipo

No hay un modelo de formulario único para pedir un anticipo. Cada empresa puede tener el suyo propio pero, en líneas generales, son muy parecidos al siguiente:

A LA ATENCIÓN DE LA EMPRESA …………………………………………..

A/A: Departamento de Personal

DE: …………………………………………

ASUNTO: Petición de Anticipo

Mediante el presente y como trabajador de esta empresa, con DNI……………… ………………………………….. con la categoría laboral de ……………… y reuniendo los requisitos que marca el Convenio Colectivo.

Por el presente vengo a solicitar de este Departamento, sobre la base del Art. XX del Convenio Colectivo sobre anticipos, que me sea concedida la cantidad de _______Euros.

Quedando a la espera de su contestación en los plazos legales marcados (x días) y a su disposición para cualquier aclaración.

Atentamente:

Fdo…………………

DNI………………..

Fecha:

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