Cómo acceder al servicio de asistencia personal
El acceso al servicio de asistencia personal puede ser por dos vías: pública o privada.
▶️ Vía pública
Según la ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de 2006, los requisitos para acceder al servicio público de AP a nivel estatal son los siguientes:
- Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
- Haber vivido durante cinco años en España.
- Se tendrá en cuenta la capacidad económica procedente del patrimonio e ingresos.
En Galicia, además de estos requisitos, la persona solicitante debe reunir también los siguientes:
- Que ella misma, o mediante el apoyo de quien le representa legalmente, determine los servicios que requiere, defina el perfil de su asistente, ejerza control e imparta instrucciones.
- Comprometerse a cumplir con las obligaciones establecidas en materia de seguridad social, en el caso de que el asistente personal sea contratado directamente por la persona beneficiaria de la libranza.
- Que esté participando en actividades educativas o laborales regulares, que deben cumplir varios criterios.
▶️ Vía privada
Por la vía privada existen diferentes fórmulas de acceso: mediante contrato con una entidad sin ánimo de lucro; mediante contrato directo actuando como empleador; o mediante contrato directo a un asistente personal en régimen de autónomo.
No obstante, en España queda mucho camino por recorrer para desplegar e implantar la prestación de AP de forma homogénea, equitativa y adecuadamente definida. Una de las principales demandas y reivindicaciones del movimiento estatal de la discapacidad, organizado en torno a CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad), es una regulación que permita el ejercicio pleno y seguro de este derecho.
Asistencia personal y daño cerebral adquirido (DCA)
En el contexto del colectivo de DCA en España, organizado en torno a FEDACE (Federación Española de Daño Cerebral), se lanzó en 2022 el cuaderno ‘Promoción de la Vida Independiente a través de la Asistencia Personal en el Daño Cerebral‘. En él se recogen sus orígenes, el sistema de autonomía y la atención a la dependencia en cada comunidad autónoma, así como las funciones y tareas propias de la AP y la gestión del servicio.
Este manual es la primera aproximación consensuada de la definición de la figura de asistencia personal en DCA en nuestro país. Y, en cuanto a las principales tareas asignadas, determina la importancia de definirlas en base a las diferencias funcionales de la persona con DCA y que previamente siempre sean pactadas por el asistente y la persona que recibirá los apoyos.
Clasificación de las actividades de la vida humana a las que se dirige la asistencia personal
Como observamos en la siguiente tabla, las tareas que puede desarrollar son múltiples, versátiles y pueden abarcar cualquier dimensión de la vida de la persona en función de sus necesidades. Es fundamental que el asistente personal entienda que su función no es suplir la voluntad de la persona con DCA ni dirigir su vida, sino colaborar con ella para llevarla a cabo. Para ello, prestar apoyos flexibles y adaptados a las necesidades de la persona según su proyecto de vida deseado.
Actividades personales | Aseo, alimentación, medicación, tomar notas, atender el teléfono… |
Actividades del hogar | Limpieza, ropa, uso de electrodomésticos, cuidado de las plantas… |
Actividades de acompañamiento | En casa, al trabajo, ocio, viajes… |
Actividades de conducción de vehículos | Acompañamiento, recogida de la persona… |
Actividades de interpretación | Lengua de signos, sistemas de apoyo aumentativos… |
Actividades de coordinación | Planificación del día, ayuda en la toma de decisiones… |
Actividades excepcionales | Imprevistos, crisis… |
En Galicia, desde FEGADACE, además de haber formado parte del grupo motor de la elaboración del citado cuaderno, entre 2023 y 2024 se realizará un pilotaje, enmarcado en el ‘Proyecto Rumbo: hacia un modelo de autonomía conectada e inclusiva‘, creando un pequeño servicio de asistencia personal para un reducido grupo de personas con daño cerebral.
Para ello, FEGADACE está diseñando una formación de asistencia personal especializada en personas con DCA a partir de la cual se espera contar con AP formados en DCA, aumentar el conocimiento social acerca de esta figura y poner en marcha proyectos de vida independiente con personas con DCA para que este colectivo se beneficie de las oportunidades que brinda la figura de la asistencia personal para la autodeterminación de todas las personas con discapacidad.
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Artículo escrito por Alba Gómez Rodríguez (logopeda de FEGADACE), Inés Mosquera Costa (terapeuta ocupacional de FEGADACE), Marta García Alende (terapeuta ocupacional de FEGADACE) y Noelia Rivadas López (logopeda de FEGADACE).