La Comisión Europea ha comunicado que para minimizar los daños que la ocratoxina puede provocar a los adultos, la Unión Europea ha establecido las cotas máximas que puede haber de esta sustancia en el café, el vino y el zumo de uva.
Concretamente han dictaminado que se permita en una proporción de 0,005.gramos de la ocratoxina A en los granos de café torrefacto o café molido, en una de 0,010 g en el café soluble, y en una de 0,002 g en el vino, el zumo de uvas o de otras bebidas derivadas de esta última.
La sustancia en cuestión es capaz de contaminar los productos agrícolas antes o después de la cosecha, por lo que anteriormente la UE ya había establecido los contenidos máximos de este contaminante en productos como los cereales.
Con esta nueva normativa «sabemos que los consumidores pueden beber café y vino sin preocuparse por una eventual contaminación de estos productos», ha asegurado el comisario europeo responsable de Salud y Protección a los consumidores, David Byrne, quien también ha destacado que refuerza la seguridad alimenticia de un grupo «vulnerable» de la población, como los niños, ya que toman habitualmente zumo de uvas.