El estrés laboral es un problema creciente que cada vez afecta a mayor número de trabajadores, de ahí que estén comenzando a tomarse medidas para combatirlo como la campaña puesta en marcha la semana pasada por la Comisión Europea, la Eurocámara y la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo.
«Este problema era impensable hace cuatro años», afirma Jesús Uzkudun, responsable de Salud Laboral y Medio Ambiente del sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) de Guipúzcoa, quien asegura que no da abasto para atender todos los casos que le llegan.
Uzkudun explica el caso de una mujer que trabajaba en una empresa de informática y que afirmó ser objeto de maltrato psicológico y humillaciones por parte de la jefa del departamento. «Su autoestima quedó tan destrozada que hasta llegó a renegar de tener el hijo cuando se quedó embarazada. Tenía tal ansiedad que se sentía incapaz de ser madre». El caso terminó en despido y ahora va a juicio.
A veces el estrés no viene provocado por el jefe, sino por los propios compañeros de trabajo. Esto ocurrió, por ejemplo, en un ambulatorio del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) en el que había una especie de conspiración para fastidiar a un trabajador, según cuenta Uzkudun. «Cada vez que se iba le manipulaban el ordenador provocándole problemas, y cuando volvía le echaban las culpas a él».
En otros muchos casos, el estrés viene originado por las propias condiciones del puesto de trabajo: competitividad, precariedad, trabajo a turnos, etcétera.
Afecta al 28%
Las cifras de incidencia que se barajan son muy llamativas, así como las repercusiones en el ámbito personal, laboral y social. De hecho, la Agencia Europea de Seguridad y Salud en el Trabajo afirma que el estrés afecta al 28% de la fuerza laboral europea, a 41,2 millones de personas, lo que supone «un coste humano y una enorme carga financiera».
Según los datos recopilados por la Agencia, el estrés es responsable de más del 50% de los casos de absentismo laboral y cuesta a las empresas y organismos europeos unos 20 millones de euros al año por las horas de trabajo perdidas y el gasto sanitario. Este organismo destaca que el coste real es probablemente más alto si a esto se suma la menor productividad y la menor capacidad para innovar de los trabajadores.
Txomin Izagirre, responsable de Medicina en Guipúzcoa de la Fundación vasca para la Prevención y Salud Laboral (Osalan), aclara que todos estos datos son «estimaciones o fruto de estudios exploratorios», ya que «no existen estudios reales sobre su incidencia».
Las razones de que no existan cifras concretas se debe, según este experto, a que el estrés es «hoy por hoy un campo blando, un cajón de sastre, en el que se introducen muchas cosas, porque no está delimitado». Una de las consecuencias de esa indefinición es, según Izagirre, que se está empezando a fragmentar el estrés en subcampos, como el «mobbing» o acoso moral, el «burn-out» o síndrome quemado, o el acoso sexual, entre otras variantes.
Además, añade, no está calificado todavía como enfermedad laboral «y los casos que nos llegan como accidente o baja lo hacen bajo otros conceptos, en forma de depresión o otro tipo de patologías nerviosas. Muchos accidentes físicos también se deben al estrés, pero no están catalogados como tal por la legislación», aclara.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1997, que contempla la obligación para los servicios de prevención de las empresas de hacer una evaluación de los riesgos (uno de los cuales son los psicosociales) supone, en opinión de Izagirre, el primer paso para empezar a tener en cuenta los factores que llevan al estrés; los psicosociales y la carga mental.
El experto de Osalan apunta que el año que viene está previsto poner en marcha un sistema de información de salud laboral, Sisal. Un sistema informático centralizado en el Ministerio de Sanidad que llegaría a todas las autonomías, con los datos básicos de salud laboral y accidentes, en los que se incluiría la evaluación de riesgos psicosociales. Izagirre señala que este sistema «nos dará una aproximación fiable de la prevalencia del estrés».
Por su parte, Jesús Uzkudun señala que los sindicatos han reclamado que el estrés se incluya dentro de la lista de enfermedades profesionales, y recuerda que «el Gobierno español se comprometió en el Acuerdo de Diálogo Social a llevarlo a cabo dentro de su presidencia europea, que acaba de finalizar, sin que lo haya cumplido». Comenta que algunos países, como Holanda, ya lo han hecho. Ante este vacío legal, algunos tribunales están dictando sentencias en las que se incluye el estrés en el trabajo como accidente laboral.
Síndrome «burn-out»
En este sentido, ha sentado precedente una sentencia del Tribunal Supremo dictada el 26 de octubre de 2001, ya que reconoce por primera vez el síndrome «burn-out» como accidente laboral. El auto zanjó el vía crucis judicial y sanitario que sufría desde 1993 el jefe de un taller para disminuidos psíquicos en Guipúzcoa, que tenía síntomas claros de sufrir este estrés crónico y que demandó a la mutua, porque se negaba a reconocer la causa laboral de su enfermedad.
La definición de síndrome de «burn-out», descrita por los psiquiatras Maslach y Jackson y recogida en el estudio «Psicología del Trabajo del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo», es la del individuo que presenta «un agotamiento emocional, cansancio físico y psicológico». En su intento de aliviar esa situación, éste trata de aislarse, desarrollando una actitud fría y despersonalizada con los demás, mostrando una falta de compromiso en el trabajo. Como consecuencia, se da un sentimiento de inadecuación, incompetencia, ineficacia, de no poder atender debidamente las tareas.
Personal sanitario, profesorado, asistentes sociales y otros colectivos que trabajan con personas que son objeto de ayuda tienen muchas posibilidades de sufrir este síndrome, que afecta a aquellos profesionales vocacionales que ven frustradas sus expectativas de desempeñar su trabajo como ellos quieren.
Esto es precisamente lo que le ocurrió a este jefe de taller, que en 1973 decidió cambiar por vocación su cómodo empleo en una empresa por otro en un taller ocupacional. Con el paso de los años comenzó a sufrir problemas de sueño, ansiedad y estrés, que derivaron en varias bajas laborales. Pese a contar con informes psiquiátricos desde 1993 que asociaban su enfermedad con el trabajo, la mutua insistía en que sufría una enfermedad común, lo que llevó al jefe de taller a recurrir a los tribunales.
El Tribunal Supremo ratificó dos sentencias anteriores en las que se destacaba la «personalidad perfeccionista» del trabajador y establecía que la enfermedad «ha surgido al estar el demandante en contacto con personas con las que trabaja, cuyas mermas psíquicas han originado un desgaste anímico determinante en la incapacidad temporal».
Según diversos expertos, esta sentencia del Supremo «abre un camino para que numerosísimas asistencias sanitarias, bajas y procesos de incapacidad permanente, provocadas por el agotamiento psíquico de determinadas profesiones, sean reconocidas como accidentes de trabajo».
De hecho, esta sentencia ha provocado un aluvión de consultas de otros colectivos afectados por casos parecidos, muchos de ellos del ámbito de la enseñanza. Si el Tribuna Supremo dicta otra sentencia en este sentido, sentaría jurisprudencia.