Un juzgado de Madrid ha acordado embargar los bienes y derechos de una clínica de cirugía estética para cubrir la indemnización de más de 61.000 euros a la que fue condenada y que deberá abonar a una paciente, por la deformación que sufrió tras someterse a una operación para aumentar el volumen de sus pechos. Así lo establece en un auto la titular del juzgado de primera instancia número 33 de Madrid, que condenó en una sentencia dictada el pasado mes de abril a la Clínica Barragán al estimar parcialmente la demanda presentada por E.S., a quien los «nefastos resultados» de la operación le han causado «problemas no sólo a nivel estético, sino también de salud».
La sentencia detalla que la clínica acordó con la mujer rebajar el precio de la operación a cambio de la autorización para que su caso fuera utilizado con fines docentes y las fotografías de la intervención pudieran ser usadas en publicaciones médicas y seminarios. El objetivo era aumentar el volumen de sus pechos, «pero dicho resultado no sólo no se ha conseguido, sino que la paciente ha quedado con mayores deformidades de las que quería corregir», ya que resultó con «mastopatía proliferativa con hiperplasia leve y atipia celular», lo que, según indica, exige un control del estado de las mamas de forma continuada.
Por otra parte, un juzgado de Barcelona ha condenado a un cirujano plástico de Marbella a indemnizar con 263.932 euros (más de 43 millones de pesetas) a una joven de Tiana (Barcelona), por el daño moral y las secuelas, en forma de aparatosas cicatrices, que le dejó tras someterla a una liposucción para embellecer su cuerpo.
Esta indemnización es una de las más altas concedidas en España por un tribunal por una negligencia médica en el campo de la cirugía estética, según informó ayer la emisora Onda Rambla. El juzgado de Lo Penal 12 de Barcelona ha impuesto el pago de esta indemnización a José Vicente C.M., un médico de Marbella que también ha sido condenado a siete fines de semana de arresto por un delito de lesiones graves. La negligencia del médico, según la sentencia, radica en que no hizo un seguimiento en persona del proceso postoperatorio, ya que prescribió las curas por teléfono desde Marbella, y por operar a la paciente cuando se encontraba convaleciente de una herida por arma de fuego, lo que le obligaba a guardar reposo