En España, el tamaño medio de las viviendas es de entre 60 y 75 metros cuadrados y en ellas suelen vivir un mínimo de dos personas: según el INE, hay más de 18,5 millones de hogares, con un tamaño medio de 2,5 miembros. Con este cruce de cifras, las reuniones de hasta un máximo de diez personas en un piso medio español se hace complicado. Tendremos que tomar con cautela la flexibilización de las medidas de carácter social que entrarán en vigor en gran parte de las provincias españolas con la Fase 1 el próximo 11 de mayo. ¿Qué se puede hacer y qué no? ¿Cuáles son las recomendaciones sanitarias? Te lo contamos en este artículo.
¿Qué tipos de reuniones están permitidas?
Están autorizadas las reuniones de hasta un máximo de 10 personas (excepto si ya hay una convivencia previa de más de ese número), tanto en el exterior como dentro de un domicilio. En ambos casos, «deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros o estableciendo medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y etiqueta respiratoria».
¿Podemos quedar en la vía pública?
Sí, siempre y cuando los grupos no superen las 10 personas y se mantenga la distancia de seguridad entre ellos. Los encuentros podrán producirse en las terrazas de bares y restaurantes, pues en la Fase 1 ya estará permitida su apertura a un 50 % en su actividad exterior. En las terrazas, las mesas han de estar separadas entre sí por una distancia de dos metros, no podrá haber elementos de autoservicio (como servilleteros o vinagreras, por ejemplo) y la higiene deberá extremarse por parte del establecimiento. Además, se aconseja pagar con dispositivos electrónicos, como el móvil o la tarjeta de crédito.
Si no queremos encontrarnos en un bar, podemos hacerlo en parques, plazas y jardines si el ayuntamiento correspondiente los hubiese ya abierto (cada consistorio maneja sus propios tiempos). Los encuentros en la calle o en lugares donde el tránsito no fuese fluido no son recomendables, pues se produciría un tapón de personas con el consiguiente peligro de contagio.
¿Cuántas personas podemos ir en un mismo coche?
La orden permite, a partir de la Fase 1, el uso compartido de vehículos privados limitado a un ocupante además del conductor, siempre y cuando el ocupante pueda ir en la parte trasera. Pero pone una salvedad a las personas que residan la misma vivienda, quienes «podrán compartir un mismo vehículo con la única limitación del número de plazas autorizadas para el mismo». Es decir, se normaliza el uso del vehículo privado dentro de una provincia, aunque se recomienda el uso de mascarillas al ser un espacio cerrado.
¿Hay cambios en cuanto a los velatorios y los entierros?
Sí. Los velatorios en instalaciones públicas o privadas podrían reunir hasta 15 personas si son en espacios al aire libre, y diez en espacios cerrados. En relación a los entierros o despedidas en cremación, ya se pueden reunir un máximo de 15 personas, sin incluir al sacerdote o maestro de ceremonia del rito funerario. Pero en todos los casos, las medidas de seguridad e higiene siguen siendo las mismas, con la distancia mínima de seguridad de dos metros y mascarilla recomendada.
¿Puedo acudir a un lugar de culto?
Iglesias y otros lugares de culto se abrirán en la Fase 1 para sus fieles, pero respetando un aforo no superior a un tercio. La distancia física entre las personas se hará necesaria, al menos de un metro, así como las medidas de higiene.