El Reglamento 56/2013 autoriza el uso de piensos y proteínas animales en alimentación acuícola. La importancia de esta modificación de la legislación vinculada con las encefalopatías espongiformes bovinas (EEB) era algo esperado en función de las evaluaciones científicas de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) en los últimos años. Se ha constatado que la producción de la acuicultura no plantea ningún problema en relación con el cumplimiento de la prohibición del reciclado dentro de la misma especie, en la medida en que los requisitos vigentes para uso de harina de pescado en los piensos para animales de la acuicultura ya han demostrado su eficacia. El artículo explica las nuevas condiciones para los piensos para alimentación en acuicultura.
La Unión Europea autoriza, desde el pasado día 1 de junio, el uso de productos de origen animal en los alimentos destinados a la acuicultura en virtud del Reglamento (UE) nº 56/2013 de la Comisión, de 16 de enero de 2013, que modifica los anexos I y IV del Reglamento (CE) nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (EET). La nueva medida elimina la prohibición de alimentar animales de la acuicultura con proteínas animales transformadas procedentes de animales no rumiantes, establecida en el anexo IV del Reglamento (CE) nº 999/2001. Esta medida, actualizando el citado reglamento, contribuye a la claridad de la legislación de la UE.
Piensos para acuicultura
Se levanta la prohibición del uso de subproductos distintos de las harinas de pescado para los piensos en acuicultura
En líneas generales, la medida ha sido bien recibida por todos los agentes del sector. Permite que se levante la prohibición del uso de subproductos distintos de las harinas de pescado (PAPs, processed animal proteins) en la formulación de los piensos para acuicultura; abre una nueva vía a la reintroducción de unos subproductos que han estado prohibidos durante más de diez años en la UE, tras la crisis de las vacas locas.
La decisión que ha tomado la UE era lo normal y esperable, considerando que no existe evidencia científica de que pueda suponer ningún tipo de riesgo para la salud de los consumidores. Los distintos controles y estudios desarrollados en los últimos años permiten asegurar que no hay riesgo si se cumplen los requerimientos de la normativa en relación con el uso de PAPs de no rumiantes en cuanto al manejo y procesado de las proteínas que exige la UE en el Reglamento 1069/2009.
Déficit crónico de proteínas
En el Reglamento 56/2013 se reconoce de forma clara que en la UE hay un déficit crónico de proteínas, y no tiene sentido mantener de manera indefinida una prohibición que carece de fundamento. Esta decisión ha pasado por el tamiz de los laboratorios de referencia de piensos de la UE o el Comité Científico BIOHAZ de la EFSA. Contar con una gama lo más amplia posible de ingredientes seguros para la formulación de los piensos es un factor positivo desde todos los puntos de vista, incluido el medioambiental, rebajando la presión que ejerce la industria (todas: desde ganadera hasta la energética) sobre otras fuentes de aprovisionamiento de ingredientes, lo que contribuye al equilibrio del mercado global y su sostenibilidad.
La aplicación de la medida aprobada en el 56/2013 aporta importantes mejoras en cuanto a la sostenibilidad ya que facilita la obtención de proteínas para la acuicultura de fuentes alternativas a las vegetales. Por último, además de recordar la importancia de los controles en este tipo de productos para evitar errores producidos en el pasado, también hay que prestar especial atención a la forma y manera en que los consumidores conocen estos cambios para que no haya interpretaciones no deseadas sobre la seguridad de esas materias primas para alimentar al pescado procedente de la acuicultura.