De un tiempo a esta parte, algunos países del ámbito internacional han impuesto requisitos legales a quienes pretendían comercializar determinados productos de la pesca en su territorio con el fin de asegurar no sólo que sean seguros, sino que los medios utilizados para su obtención han respetado el medio donde han sido capturados, evitando la muerte innecesaria de otras especies y la sobreexplotación y estableciendo mecanismos para que esta información pueda llegar al consumidor final.
La cuestión sobre la necesidad de dotar de requisitos legales a determinadas prácticas de pesca ha llegado ahora a la UE, y así, el próximo día 9 de junio de 2005, se va a proceder al debate y votación de la propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración por la Comunidad Europea del Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), que tiene como objetivo reducir la mortalidad de los delfines capturados accidentalmente por redes de cerco con jareta, estableciendo la aplicación de cuotas de pesca sostenibles para los atunes en la zona cubierta por el Acuerdo.
Entre las medidas que se han considerado necesarias para conseguir esta causa figura la adopción de un etiquetado en el que conste expresamente la mención «pescado sin riesgo para los delfines», a fin de que el consumidor pueda diferenciar si el atún comprado ha implicado la muerte accidental de delfines durante su pesca o cualquier lesión. El etiquetado informativo sobre esta cuestión, que no afecta a la seguridad del producto final, ha ido apareciendo en los últimos años, y de una forma totalmente voluntaria por algunos productores, en algunas de las latas de conservas de atún que éstos comercializan, especialmente tras la aprobación hace cuatro años en España de la norma específica de seguimiento y verificación del atún capturado en la zona del APICD, ante la falta de una normativa comunitaria sobre la materia.
Y es que parece ser que ha llegado por fin la hora de establecer, mediante medidas estrictamente legales, un equilibrio entre el consumo seguro de atún, la conservación del medio ambiente, el respeto hacia otras especies y la sostenibilidad. No hemos de olvidar que los atunes en conserva son la primera industria del mundo de transformación de pescado, Europa es el primer consumidor de este producto y España su principal productor.
Un sector relevante
España y Francia capturan al año unas 530.000 toneladas de atúnLa importancia de la pesca, y del atún en concreto, es enorme, atendiendo a las cifras que se ofrecen, y tanto para los países desarrollados como en vías de desarrollo. Y es que el atún forma parte de la alimentación básica de muchos países del mundo y es fruto de importantes intercambios comerciales en todo el planeta, que representan una significativa fuente de divisas para los países productores. Se trata de una industria, la del atún, en la que interrelacionan dos grandes sectores que se complementan.
Por un lado, el sector extractivo (flota atunera) y, por otro, el sector transformador (sector conservero, congelador y comercializador), siendo las especies más demandadas las tropicales, capturadas en el océano Índico, el océano Pacífico y la zona Centro-Este del Atlántico, como el Yellowfin o Rabil (Thunnus Albacares), Bonito, Listado o Skipjack (Katsuwonus Pelamos) y Patudo o Bigeye (Thunnus Obesus), que se destinan principalmente a conserva.
En este sentido, cabe exponer que la industria de la transformación de atúnidos en conserva es la primera industria del mundo de transformación de pescado, siendo Europa su primer mercado mundial, con un consumo de 530.000 toneladas al año, 280.000 de ellas importadas de terceros países. A nivel comunitario, la flota está compuesta básicamente por España (60 %) y por Francia (40 %), capturando conjuntamente unas 500.000 toneladas de atún anualmente. En el año 2003, la industria conservera española produjo 284.673 toneladas por valor de 905.953 miles de euros, de las que cerca del 60% del total de conservas producidas en volumen correspondían al atún.
En el ámbito internacional, dos mercados, bien diferentes, son consumidores específicos de atún, para dos de sus preparados favoritos, el sándwich en Estados Unidos y el sashimi en Japón, en el que el atún se consume básicamente en fresco.
Tiempos de responsabilidad
La zona del Pacífico-Este constituye uno de los bancos de pesca más importantes de atúnA fin de evitar la sobreexplotación, la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) -nacida de la Convención inicialmente constituida por Costa Rica y los Estados Unidos en 1950- regula los recursos de la zona del Pacífico-Este, que conforman uno de los bancos de pesca más importantes de estas especies. Desde el decenio de 1950 y hasta la fecha se han adherido a la CIAT varios países: Panamá, Ecuador, Méjico, Canadá, Japón , Francia, Nicaragua, Vanuatu, Venezuela, El Salvador, Guatemala, Perú y España, cuya adhesión se hizo oficial en 2003.
La cuestión es que la UE no ha podido adherirse oficialmente a la CIAT como miembro de pleno derecho por falta de adaptación de los estatutos de ésta, y a pesar de que en abril de 1999 mostró su necesaria adhesión al Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), aprobado en el seno de la CIAT en 1998. Sin embargo, España participa en sus decisiones, si bien ajustándose a la posición de la Comunidad y en estrecha colaboración con la Comisión.
Algo antes, en 1976, la CIAT adquirió una gran responsabilidad y reconocimiento después de alertar a los medios de comunicación del problema planteado por la muerte accidental de delfines provocada por la pesca de atún con redes de cerco con jareta. Y es que durante los decenios de 1970 y 1980, la «captura accidental» de delfines, tortugas y otros animales acuáticos representaba un gran problema para la preservación del ecosistema de la zona del Pacífico-Este.
El Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (PICD), aprobado en febrero de 1998, tenía carácter obligatorio para los Estados adheridos, siendo su objetivo esencial el de reducir la mortalidad de los delfines capturados accidentalmente por redes de cerco con jareta (para alcanzar valores cercanos a 0) sin influir por ello sobre las capturas de atún y recursos afines en la región contemplada.
Al mismo tiempo, se trataba de promover las capturas de atún adulto. Y es que lo que se perseguía no era otra cosa que cuotas de pesca sostenibles para los atunes, definiendo zonas de pesca para el supuesto de alcanzarse dichos límites. Los datos obtenidos tras la aplicación de estas medidas por parte de la CIAT, y de nuevas innovaciones tecnológicas en materia de redes, han sido espectaculares, pues de 150.000 capturas accesorias de cetáceos debidas a la pesca de cerco con jareta en 1989, se pasaron a sólo 1.500 en 2002, lo que ha llevado a que organizaciones ecologistas internacionales apoyaran su programa y sea referencia solvente para el legislador comunitario.
El PICD, aparte de desempeñar un papel fundamental para la preservación de las comunidades de delfines en esta región, contribuye también a la preservación del ecosistema en su conjunto, en la medida en que, además de los delfines, concurre asimismo a la conservación de poblaciones de otras especies, como los tiburones, las tortugas y otros animales acuáticos sacrificados, gracias al empleo de técnicas de pesca centradas en la captura exclusiva de los atúnidos. Sin embargo, ello no ha impedido que haya algunas organizaciones no gubernamentales que se oponen frontalmente a la venta de productos procedentes de atunes capturados mediante técnicas de cerco en esta zona concreta del Pacífico-Este.
En 2001, España aprobó un Real Decreto por el que se procedía a regular el sistema de seguimiento y verificación del atún capturado por buques españoles en el Área del Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD), de todos los desembarques y transbordos de dichas capturas en puertos y aguas españolas, así como de las operaciones de procesamiento que se realicen en el territorio nacional para su comercialización interna o con destino a la exportación. Todo ello sin perjuicio de la aplicabilidad directa de los Reglamentos comunitarios que se aprueben en un futuro.
En este sentido, la finalidad no es otra que facilitar la aplicación en España, dada la ausencia de normativa europea, del programa de seguimiento y verificación del atún capturado en el Área del Acuerdo APICD. La norma en cuestión establece que no podrán comercializarse los productos derivados del atún hasta que la empresa haya obtenido un certificado en el que conste que dichos productos proceden de «atún dolphin safe» (atún capturado en lance en los que no hay delfines muertos ni gravemente heridos), o bien un certificado en el que conste que dichos productos proceden de «atún no dolphin safe» (atún capturado en lances en los que si hay delfines muertos o gravemente heridos), amén -en ambos casos- de otros datos y requisitos.
En este caso, los certificados y etiquetas de comercialización serán expedidos por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se hayan procesado los productos, habiéndose verificado el cumplimiento de los correspondientes requisitos, previo informe del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre el cumplimiento de la normativa sobre capturas, desembarque y trasbordo de los atunes.
Ahora, la idea fundamental que se recoge en la Propuesta de Decisión comunitaria de referencia es que se adopte, a nivel comunitario, el sistema de etiquetado y certificación propio del programa PICD por parte de la Comunidad Europea. El establecimiento del etiquetado ecológico en materia de pesca que se propone, en concreto del atún, pretende asegurar que se consiga y mantenga un nivel adecuado de información sobre la certificación del atún capturado para el consumidor.
La mención que debe figurar en la etiqueta «pescado sin riesgo para los delfines», sólo puede establecerse si las operaciones de captura no han dado lugar a ninguna lesión o muerte de delfines. Y es que, si se ha producido la lesión o muerte de un animal, el atún capturado no se certifica, y no puede venderse con la mención «pescado sin riesgo para los delfines». El programa PICD representa una capacidad de certificación basada en informaciones científicas probadas, así como en estructuras técnicas capaces de controlar todo el proceso.
La información adicional que podrá introducirse, en su caso, en las etiquetas de los productos de la pesca, tienen como objetivo básico resaltar el bajo impacto de la actividad extractiva y su sostenibilidad. La decisión final, como siempre, quedará en manos del consumidor final y en su capacidad de apostar por un consumo justo, responsable y sostenible.
- Real Decreto 942/2001, de 3 de agosto, por el que se establece el programa de seguimiento y verificación del atún capturado en el Área del Acuerdo relativo al Programa Internacional para la Conservación de los Delfines (APICD). BOE número 188/2001, de 7 agosto 2001.
- Propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración por la Comunidad Europea del Acuerdo relativo al programa internacional para la conservación de los delfines. (COM(2004)0764 – C6 0245/2004 – 2004/0268(CNS).