Tres meses después de la entrada en vigor del Código de Autorregulación de la Publicidad dirigida a menores (PAOS), se presentan los primeros resultados. En este periodo, se han analizado un total de 232 anuncios de productos de alimentación, de los cuales 29 han sido rechazados y otros 46 han recibido recomendación de introducir modificaciones.
En 17 de los casos se ha infringido la norma 1 del código, que estipula que «la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a menores se ajustará a la legislación vigente, cualquiera que sea su contenido, el medio de difusión o la forma que adopte». En otro de los casos se ha vulnerado la norma 10, que establece que la «publicidad de alimentos o bebidas dirigida a menores no debe apremiarles a la obtención del producto anunciado ni crear un sentimiento de inmediatez o de exclusividad».
En 37 de los casos, se ha infringido la norma 11, que indica que no deberán promocionarse alimentos o bebidas a través de personajes famosos. Otros 12 casos incumplen la norma que establece que «el mensaje publicitario que incluya una promoción deberá diseñarse de forma que, además de transmitir el mensaje relativo al incentivo promocional, muestre el producto anunciado».
El objetivo del Código PAOS es disminuir la prevalencia de obesidad y sobrepeso y sus consecuencias, tanto en el ámbito de la salud pública como en sus repercusiones sociales. A través de este código, la industria se compromete a autorregularse en la publicidad de alimentos dirigida a menores. A él se han sumado las principales industrias del sector, que suponen más del 70% del volumen total de publicidad de alimentos y bebidas que se emite en España.
La publicidad de alimentos es estudiada con atención actualmente en toda Europa. En este sentido, la Unión Europea tramita en la actualidad el reglamento sobre alegaciones nutricionales y de salud, en el que se establece que éstas deberán avalarse con estudios científicos.