La futura Ley se centra en la protección de las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), cuyo ámbito territorial se extiende a más de una comunidad autónoma y complementa la legislación de la Unión Europea en materia de productos alimenticios de calidad diferenciada. El objetivo de esta medida legislativa son los sistemas de control y, en consecuencia, una adecuada y veraz información al consumidor, así como el respeto a la competencia leal entre operadores. El artículo detalla la apuesta por los alimentos de calidad diferenciada y cuáles son los elementos más destacados del proyecto de ley.
El proyecto de ley debe conducirnos a un escenario en el prestigio y buen nombre de los productos de calidad diferenciada. Queda protegido y reforzado por el régimen complementario al de la Unión Europea. Solo cabe esperar que al final se apruebe y vea la luz. España cuenta con una gran diversidad de alimentos con características propias de calidad en función de su origen geográfico. Estos productos han sido protegidos de forma conveniente por Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) desde hace décadas. La evolución de estas figuras ha sido muy positiva. En la actualidad, hay más de 300 entre las reconocidas y las que están en fase de aprobación.
Apuesta por los alimentos españoles de calidad diferenciada
Los productos DOP e IGP requieren de un especial control oficial
Estos productos alimenticios contribuyen a la competitividad de las industrias agroalimentarias (IIAA) y también son elemento vertebrador del mundo rural en su desarrollo y sostenibilidad. Además, promocionan la imagen de los productos españoles en el exterior. Dadas las características, estos alimentos requieren de un especial control oficial que, una vez aprobada la Ley de DOP e IGP supra-autonómicas, será tarea de la Agencia de Información y Control Alimentarios (ICA).
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), a través de la Dirección General de la Industria Alimentaria Subdirección General de Calidad Diferenciada y Agricultura Ecológica, ha planteado el «Anteproyecto de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito supra-autonómico».
Elementos más destacados del proyecto de Ley
- Control oficial.
- Separación de la gestión y el control oficial.
- Delegación del control oficial en terceros independientes.
- Cooperación inter-autonómica.
- Régimen complementario de protección.
El nuevo escenario en esta materia incide con carácter general en el control oficial y, de forma específica para DOP e IGP, en la necesidad de un nuevo marco normativo que regule las entidades de gestión, delimite sus funciones y separe las funciones de gestión de las del ejercicio del control oficial por la autoridad competente. En la línea del control oficial, se desarrolla la competencia del MAGRAMA y, asimismo, se regula su potestad de poder delegar determinadas tareas de control en organismos terceros independientes y se sientan las bases de la colaboración de las entidades de gestión en el control, a través de un sistema de control interno.
Establece los principios de cooperación entre administraciones públicas en el ámbito de las DOP e IGP cuyo ámbito territorial se extiende a más de una comunidad autónoma. Se complementa el régimen jurídico de la UE, con una regulación complementaria aplicable a las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP), cuyo ámbito territorial supera el de una comunidad autónoma, y pone el acento en el control oficial previo a la comercialización, aplicable a los productos, operadores y actividades.