“Si te toca el piso se lo puedes dejar a tu hermano”; “escrituramos a mi nombre para que puedas acceder tú como mi pareja a una VPO, y luego vendemos la vivienda libre”. Frases como ésta son habituales ante la posibilidad de acceder a una vivienda protegida mediante sorteo. Una práctica delictiva que supone la pérdida inmediata de la casa de protección oficial. Ceder la vivienda protegida a otra persona, utilizarla solo para disfrutar de ella varios meses al año, vender el piso sin que supere el periodo necesario para descalificarlo, o realquilarlo sin permiso a un precio superior al permitido, son algunas de las prácticas contra las que luchan desde hace años las distintas administraciones públicas. Algunas ilegalidades suponen para el infractor multas elevadas, y los fraudes o incumplimientos contractuales más graves implican la pérdida de la Vivienda de Protección Oficial.
Aumento del fraude
La subida que experimentó el precio de la vivienda durante la última década, y las diferencias entre lo que había que pagar por una casa en el mercado libre y por una de protección oficial -en ocasiones tres veces más baratas- son algunos de los factores que han provocado un aumento del fraude en la compraventa de viviendas protegidas. Las acciones ilegales en este ámbito han sido (y son) tan frecuentes que desde numerosos sectores se ven con normalidad, y se toleran en el entorno social del comprador y el vendedor.
Ante este fraude masivo, el Ministerio de Vivienda y las diferentes comunidades autónomas, que tienen transferida esta competencia, endurecieron la legislación y reforzaron los servicios de inspección. Uno de los objetivos fue poner freno a la especulación para conservar el parque de vivienda pública y favorecer a quienes de verdad necesitan esta ayuda.
Derechos y obligaciones
Las personas que optan a una vivienda de protección oficial han de cumplir una serie de condiciones, que pueden ser diferentes en cada comunidad autónoma. En general deben ser ciudadanos que no superen una determinada renta, no estén en posesión de otra vivienda, reúnan una serie de requisitos sociales o familiares y formen parte de la lista de demandantes. Es importante recordar que, a la hora de firmar el contrato de compra o alquiler de la VPO, no solo se adquiere una vivienda con los derechos que esto conlleva, sino que se ha de cumplir con una serie de obligaciones. Una persona puede, en efecto, perder su piso, pero solamente si no observa las normas establecidas en el contrato. Cada consejería o departamento de Vivienda puede actuar de manera distinta, y lo que supondría la expropiación del piso en una región, en otra podría quedar reducido al pago de una multa.
Cuando se otorga una VPO hay que pagar el 20% de su coste total porque solo se financia el 80% mediante hipoteca
Muchos de los demandantes de un piso protegido desconocen que cuando se les otorga la VPO tienen que pagar el 20% del coste total porque solo se financia el 80% mediante hipoteca, mientras que en la vivienda libre el porcentaje financiable puede ascender al 100%. Por tanto, si un piso protegido cuesta 180.000 euros, hay que pagar 36.000 euros de entrada. No hacer frente a esta cantidad es una de las causas que provocan que el piso se conceda a otra persona, la siguiente en la lista
Las infracciones
Entre los compromisos que adquiere la persona que compra una VPO se encuentra el de vivir en ella de manera habitual y utilizarla como primera residencia. Solamente se pueden pasar fuera tres meses al año, aunque según la región en que se habite este periodo puede variar. Solo en circunstancias muy especiales, y tras comunicárselo antes a la consejería o departamento correspondiente, puede incumplirse este requisito. Para ello, las comunidades autónomas hacen inspecciones periódicas.
Es más común de lo que se piensa que el titular del piso de protección oficial infractor tenga otras residencias adquiridas después -a su nombre o al de otras personas- y que utilice la primera como lugar de vacaciones, algo que se considera una falta muy grave.
También se puede dar el caso de que la vivienda permanezca vacía. Cuando se firma el contrato, las cláusulas reflejan la obligación de entrar a vivir en el piso en un periodo de tiempo determinado. Si el titular no cumple con estos requisitos, puede perder la propiedad. Es muy llamativa la cantidad de información que puede revelar una persiana bajada durante un mes, el buzón lleno de correspondencia o el contador de la luz, el agua o el gas a cero. Tirando de estos hilos, los inspectores pueden preguntar a los vecinos, y visitar en varias ocasiones la casa hasta llegar a la conclusión de que está vacía. Son numerosas las viviendas que han sido retiradas por este motivo.
Otro de los fraudes que se comete con frecuencia es vender la vivienda protegida sin estar autorizado a hacerlo. Quien adquiere una VPO sabe que no puede transferirla a otro dueño hasta que pase un periodo de tiempo determinado, que varía según la legislación de cada autonomía. Para venderla, ha de solicitar antes su descalificación y que ésta se lleve a cabo. El fraude consiste en poner a la venta la vivienda por el precio máximo que permite la comunidad autónoma y añadir un importe que el comprador paga en dinero negro. Suele ser una cantidad bastante elevada pero que, sumada a lo que cuesta el piso, no asciende a lo que se paga en el mercado libre. De este modo, tanto el comprador como el vendedor, resultan beneficiados. Las únicas que pierden son las personas que esperan obtener la vivienda protegida. Hasta hace un par de años estaba tan extendida esta práctica que hay quien asegura que los propios bancos tasaban el precio por un valor muy superior al legal. La venta del piso de forma fraudulenta es una de las prácticas más graves según la normativa.
La VPO puede ser expropiada si permanece vacía y si se cede o alquila de manera fraudulenta
Es muy común que los titulares de la vivienda protegida la cedan a familiares o amigos bien de manera gratuita o a cambio de un dinero mediante fórmulas que se alejan de la legalidad. Muchas veces esta ilegalidad se advierte a través de las facturas de la luz, el gas o la correspondencia certificada que llega al buzón con el nombre de personas que no son titulares de la casa. Cada vez más autonomías cuentan con inspectores que se dedican al control de las viviendas protegidas, y los fraudes que encuentran no son pocos.
Tampoco se puede alquilar un piso protegido sin un permiso previo. En todo caso, si el arrendamiento se permite, ha de ser a precio de VPO y no del mercado, ya que el titular no puede lucrarse con esta vivienda ni utilizarla para especular. Muchas veces, cuando el inspector visita la casa y se encuentra con el inquilino ilegal, éste finge no hablar el idioma, dice que es familiar del dueño y que se encuentra allí solo unos días. Los trucos son múltiples, pero no es fácil engañar a la inspección. Si en un momento dado el titular desea vender esta propiedad sin que se haya cumplido el tiempo estipulado para hacerlo, puede que tenga que contar con el visto bueno del inquilino porque la vivienda pasará a ser libre, y también el alquiler.
Si el solicitante ha falsificado los documentos para cumplir los requisitos de acceso a la VPO y el fraude se descubre, tendrá que devolver la vivienda. Es complicado engañar con datos como los que se extraen de las diferentes cuentas, ya que las empresas envían cada año a la Agencia Tributaria las retenciones practicadas a sus trabajadores. Incluso se investigan los datos de la unidad familiar, uno de los aspectos que más se manipula por parte de los interesados en acceder a la vivienda protegida, ya que las familias numerosas pueden acceder a este tipo de viviendas de 120 metros cuadrados, cuando el tope para el resto es de 90-. Se llega a dar el caso de solicitantes que aseguran reunir estos requisitos haciendo constar que un hijo vive en la unidad familiar cuando ya reside en otro lugar de manera independiente.
Otra obligación es pagar con puntualidad todas las cuotas, tanto si se trata de un piso de alquiler como si se ha comprado mediante un crédito hipotecario. No obstante, cuando la infracción es cometida por familias en una situación económica o social “en riesgo de exclusión”, los servicios sociales de la comunidad pueden tenerlo en cuenta a la hora de tolerar ciertos retrasos. Pero esto no se debe tomar como norma sino como algo puntual.
Asimismo, las personas que optan a una vivienda de protección oficial deben saber que ésta se compra para vivir en ella de manera habitual y, en ningún caso, el titular está autorizado a montar allí un negocio. No puede convertirse en una oficina, un comercio, o una asesoría, como se ha producido en alguna ocasión. Tampoco está permitido llevar a cabo en ella actividades que puedan resultar peligrosas, tóxicas o molestas.